El 18 de Agosto de 2009, el Colegio de Abogados de Lima presentó un proyecto de ley que busca regular el funcionamiento de las facultades de derecho de nuestro país. La preocupación fue inmediata ante la viabilidad de este proyecto, ¿es posible restringir la creación de facultades de derecho, entre otras medidas?
Dentro de la propuesta inicial elaborada por el CAL se tomaban en cuenta los siguientes puntos, principalmente: la suspensión de autorizaciones para la creación y funcionamiento de nuevas facultades de derecho, y la acreditación para las facultades que estaban vigentes. Tal como se planteó, la propuesta parecía interesante, no solo porque exigía una mayor regulación de las facultades de derecho, el CAL manifestó de alguna manera el interés por el problema de la educación legal en nuestro país.
No obstante, el proyecto pasó a ser preocupante cuando se añadió una modificación, donde se propone limitar el acceso a las facultades de derecho por un tiempo determinado por parte de quienes quieran seguir la carrera. Esta modificación resulta incompatible con el ordenamiento constitucional de nuestro país, donde se reconoce a la libertad y a la educación como dos derechos fundamentales de las personas. En efecto, se tiene derecho a la elección de una carrera universitaria que se acomode a sus necesidades, intereses y proyectos de vida; y por otro lado se limita el derecho a la educación al restringir el ingreso a las distintas facultades de derecho en el país para quienes tengan dentro de sus intereses esa carrera.
El problema por el que atraviesa la educación superior en nuestro país, y para estos efectos la educación jurídica, es grave y tiene sus antecedentes en el año 1996 con la promulgación de la Ley de Promoción de la Inversión en Educación[1], que introdujo una serie de cambios que modificaban el sistema de educación, “privatizándolo” de cierta manera. Es importante señalar que esta ley permite que el sector privado pueda invertir y promover el sector educativo, se crea la posibilidad de generar beneficios a favor de la entidad educativa y también se permitió la creación de filiales de las universidades en todo el país-los cambios mencionados no se encontraban regulados por la Ley Universitaria[2]-. El sector privado se benefició con el decreto de ley, lo que permitió la rápida proliferación de universidades en nuestro país, que en la mayoría de casos no brindaron una educación de calidad.
Cuando nos referimos a una enseñanza de calidad, esperamos que las facultades de derecho permitan el acceso al estudiante a la construcción básica conceptual básica e indispensable de información sobre cada una de las disciplinas que conforman el derecho (…) permitan crear las competencias profesionales para que el alumno se procure del universo que constituir la cultura jurídica, el método más idóneo para acceder a lo mejor de ella; en otras palabras enseñar a aprender. La transmisión de conocimientos normativos debe ser entonces instrumental respecto de la responsabilidad formativa principal: enseñar a encontrar soluciones a los conflictos que el derecho encuadra normativamente, esto es hallar maneras creativas de resolver problemas, evaluar y valorar sus logros y dificultades[3].
Restringir el acceso a las facultades de derecho no soluciona el problema de fondo de la educación legal en nuestro país, creemos que la disminución en la calidad de la educación universitaria (jurídica específicamente) y el crecimiento desmesurado de las facultades de derecho en el país no se solucionan con una restricción de este tipo, sino con un adecuado control por parte de las autoridades que se encargan del tema, como era la primera pretensión de la propuesta en cuanto a la acreditación.
La Asamblea Nacional de Rectores debe encargarse de supervisar y crear mecanismos más efectivos de control como: exigir las acreditaciones (supervisadas por la CONEAU)[4] donde las facultades de derecho certifiquen estar en las condiciones de ofrecer una educación adecuada a sus alumnos, contar con infraestructura, currícula académica de calidad, profesores capacitados, controlar mejor los servicios de educación a distancia, fiscalizar las sedes de provincia, entre otros. Todas estas medidas deben ser realizadas respetando la autonomía universitaria. Es correcto expandir la educación y que mas persona tengan acceso a ella, pero no a costa de brindar servicios que están por debajo de un estándar mínimo, lo que justamente da pie a medidas radicales como las que propone el proyecto.
Actualmente el proyecto se encuentra en las manos de la Comisión de Educación del Congreso, presidida por Werner Cabrera. Para discutir el proyecto se esta convocando a distintos decanos de las facultades de derecho de nuestro país, al actual Ministro de Justicia Víctor García Toma, miembros del Colegio de Abogados, entre otros. Esperamos que la reflexión sea dirigida por el afán de atacar los problemas de fondo y se superen propuestas que por extremas pueden afectar el derecho de miles de ciudadanos, postulantes universitarios y la autonomía de las propias universidades.
[1] Decreto Legislativo 882, promulgado en el año 1996 durante el segundo gobierno de Alberto Fujimori.
[2] Ley 23733 emitida durante el segundo gobierno de Fernando Belaúnde y modificada por la Ley 17437 emitida en el gobierno de Juan Velasco Alvarado.
[3] Véase: Luis Pásara. La enseñanza de l derecho en Perú: su impacto sobre la administración de justicia. Lima, Junio 2004. pp.68-69.
[4] Consejo de evaluación, acreditación de la educación universitaria.
agosto 7th, 2010
[...] [16] Ver http://www.justiciaviva.org.pe/blog/?p=201 [...]
junio 30th, 2010
Es una lástima que tengas una opiniòn tan errada de la universidad alas peruanas, no hay duda que ni siquiera te has informado conscientemente de la calidad de educación que allí se brinda, pero la falta de información crea o difunde las especulaciones de algunos incautos como tu.
junio 4th, 2010
Es muy preocupante la proliferacion de universidades-institutos, que por cumplir con el objetivo del giro de su negocio, venden titulos, mas a siniestra que a diestra, haciendose y protegiendo a pseudo alumnos que ingresan sin ningun deseo de querer estudiar, ni que decir de la educacion “via internete” cuya unica obligacion de sus alumnos es solo acudir a dar el examen (cuando ellos quieran) y con calificaciones mas altas que las del mejor alumno de una universidad seria, (caso de alas peruanas y otras de la misma calanya).
solo las universidades nacionales deben tener la carrera de DERECHO.