|
Tras 185 años de vida republicana, y con la reforma del sistema de justicia como asignatura pendiente, se ha abierto una nueva oportunidad para empezar los cambios estructurales que nos conduzcan hacia una justicia eficiente y confiable. Más allá del motivo que dio origen a esta situación, lo que importa en el camino de la reestructuración es el nuevo contexto generado, en el que los tres poderes del Estado expresan reiteradamente su compromiso con el abordaje de las nuevas vigas maestras sobre las que debe construirse la impartición de justicia. Tomémosle la palabra y exijamos que la ausencia de voluntad política de los tres poderes vivida en los últimos tiempos se convierta en un sincero y coordinado esfuerzo por llevar adelante los cambios requeridos.
Hay que tener en cuenta que estamos ante un tema de gran complejidad, que involucra a una pluralidad de instituciones (Congreso, Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Nacional de la Magistratura, Tribunal Constitucional, Justicia Militar, Justicia Interamericana, Justicia Comunitaria y Nativa, Ministerio de Justicia -Penales, Policía, Defensa de Oficio-, Colegios Profesionales, Facultades de Derecho, etc), alrededor del cual giran intereses muy poderosos, que han venido usufructuando sus debilidades.
En tal sentido, reseñamos, a continuación, un conjunto de acciones que consideramos imprescindibles para emprender el cambio requerido. Como no se trata de inventar la rueda, partimos del Plan Integral de Reforma aprobado por la CERIAJUS y nos concentramos en las referidas a los tres poderes del Estado. Finalmente, por la entidad del empeño, no hemos querido quedarnos sólo en las medidas que consideramos urgentes, pero para diferenciarlas las resaltamos en negritas.
I. A nivel del Poder Legislativo
1) Reforma constitucional de los capítulos del Poder Judicial (órganos de gobierno y papel de la Corte Suprema) y del Consejo Nacional de la Magistratura (composición y funciones referentes a selección, evaluación y control disciplinario de los magistrados).
2) Leyes de carrera judicial y fiscal, que garanticen que el ingreso, la permanencia, los ascensos y la salida de los magistrados responda únicamente a sus méritos.
3) Leyes orgánicas del Poder Judicial, el Ministerio Público y el Consejo Nacional de la Magistratura.
4) Leyes sustantiva y procesal vinculadas a la competencia especializada en materia penal militar.
5) Ley de creación de instancia interinstitucional de coordinación del subsistema anticorrupción.
6) Ley de protección a denunciantes de actos de corrupción en el sector público.
7) Ley de imprescriptibilidad de los delitos de corrupción.
8) Ley de coordinación entre justicia ordinaria y justicia comunal (norma que desarrolla el artículo 149° de la Constitución).
9) Ley que ordena las competencias de jueces de paz, incorporando dentro de la ley orgánica del poder Judicial un capítulo completo de sus atribuciones y competencias, actualmente dispersas en varias normas.
10) Ley que deroga la obligatoriedad de la conciliación extrajudicial por haberse convertido en una traba para el acceso a la justicia de la población que debe pagar una tasa adicional para poder presentar una demanda en materia civil patrimonial, además que no ha servido para descongestionar los despachos judiciales.
11) Ley de protección a testigos para casos de corrupción, violaciones a los derechos humanos, bandas criminales organizadas y violación sexual.
II. A nivel del Poder Judicial
1) Elaboración del cuadro de méritos que permita que la cobertura de plazas provisionales (que las hay notoriamente en la Corte Suprema) responda al desempeño de los magistrados.
2) Publicación de las sentencias de la Corte Suprema y realización de Plenos Casatorios para la Unificación de la Doctrina Jurisprudencial, para dotar de mayor previsibilidad al sistema de justicia.
3) Plan integral de prevención y sanción de actos de corrupción en el Poder Judicial y puesta en marcha de nueva regulación sobre órganos de control de la magistratura (con integración de la sociedad civil).
4) Nombramiento de comisión de máximo nivel para monitorear e impulsar la reforma procesal penal, en los distritos judiciales piloto para cumplir con el cronograma de manera eficiente.
5) Plan de descarga procesal (que en el plan de CERIAJUS tiene siete acciones).
6) Programa Nacional de Desarrollo de los despachos judiciales (que en el plan de CERIAJUS tiene 16 acciones).
7) Plan de Mejora de los Servicios Judiciales en los siguientes campos: recaudación de tasas, multas, depósitos judiciales y notificaciones; propuesta legal para utilización obligatoria de casillas judiciales; reforzamiento de lista de peritos judiciales; e, integración nacional de la base de datos del Registro Nacional de Condenas.
8) Aprobación de Reglamento de Ley de Elección de Jueces de Paz. El cual tiene quince meses esperando ser reglamentado, permitiéndose con ello asegurar la legitimidad de los jueces de paz.
9) Nombramiento de intérpretes en los Distritos Judiciales donde la población de escasos recursos habla en idioma distinto al castellano.
10) Ampliación del número de distritos pobres exonerados del pago de la tasa judicial. En el resto de distritos replantear el “beneficio de pobreza” para los litigantes que no pueden pagar por ser el actual mecanismo poco conocido y difícil de obtener.
11) Consolidación del Subsistema Anticorrupción, para enfrentar eficientemente a fenómenos delictivos complejos.
12) Consolidación del Subsistema Penal de Derechos Humanos, para garantizar justicia y reparación a las víctimas de estos crímenes.
13) Cumplimiento riguroso y oportuno de las obligaciones establecidas por la Ley de Transparencia y acceso a la información pública.
14) Creación de la Defensoría del Usuario.
15) Culminación del proceso de ejecución del programa de desarrollo de soporte informático para los despachos judiciales.
16) Incorporación en el presupuesto del Poder Judicial de una partida para Justicia de Paz que solvente sus gastos de oficina y de traslados, evitándose que sean los propios ciudadanos quienes tengan que asumir estos gastos.
17) Regularización progresiva de trabajadores contratados bajo la modalidad de servicios no personales, que prestan servicios en labores permanentes.
18) Mejora de la capacidad de gestión administrativa: revisión de mecanismos de formulación y ejecución presupuestal, diseño de herramientas de medición de la eficiencia y administración por resultados.
III. A nivel del Poder Ejecutivo
1) Impulso de la reforma del sistema de justicia desde el Consejo de Estado (presidentes de los tres poderes).
2) Fortalecimiento de la Procuraduría Anticorrupción ad-hoc, que debe ejercer la defensa de los intereses del Estado en los casos de alta corrupción, con autonomía e independencia de la adscripción de sus autores a determinada administración pública.
3) Apoyo a los temas presupuestales vinculados con la reforma del sistema de justicia y con la implementación del nuevo Código Procesal Penal.
4) Reorganización del Servicio Nacional de Defensa de Oficio, ampliándolo a lugares de extrema pobreza, asegurando que dichos abogados conozcan el idioma local.
5) Reestructuración del funcionamiento de la conciliación extrajudicial, permitiendo que el Ministerio de Justicia desempeñe un óptimo rol de regulador de los centros de conciliación, fomentando un uso voluntario de este mecanismo.
6) Evaluación del funcionamiento de los juzgados de paz letrados en comisarías, corrigiendo las imperfecciones actuales y reforzando los mecanismos de penas alternativas con participación de los comités de seguridad ciudadana.
7) Difusión de leyes, procedimientos y manuales que fomenten un mejor acceso a la justicia de la población de escasos recursos, preferentemente, en el idioma local.
8) Reestructuración del sistema penitenciario: personal, infraestructura y procedimientos, a partir del Plan Nacional Penitenciario.
9) Dotar a la Policía Nacional de mayores recursos y personal para su labor de apoyo a la investigación fiscal y de resguardo a la seguridad ciudadana.
|