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I. Reforma Parcial de la Constitución.
II. Medidas Urgentes.
III. Áreas Temáticas del Plan Estratégico.
Área Nº 1: Acceso a la Justicia.
Área Nº 2: Políticas Anticorrupción, Eticidad y Transparencia en la Administración de Justicia.
Área Nº 3: Modernización del Despacho Jurisdiccional y Fiscal.
Área Nº 4: Recursos Humanos.
Área Nº 5: Gobierno, Administración y Presupuesto.
Área Nº 6: Predictibilidad y Jurisprudencia.
Área Nº 7: Reforma del Sistema Penal.
Área Nº 8: Adecuación Normativa.
I.- REFORMA PARCIAL DE LA CONSTITUCIÓN
I.1.OBJETIVO:
Resulta indispensable que el Congreso de la República reforme la Constitución Política de 1993 diseñando un nuevo modelo destinado a que la función de impartir justicia se ejerza de manera autónoma, efectiva y predecible.
I.2. PROPUESTAS (ARTICULADO APROBADO):
Los principales puntos contenidos en la propuesta aprobada por la CERIAJUS son los siguientes:
Poder Judicial
- La justicia militar se incorpora dentro del Poder Judicial para que no siga siendo una instancia judicial paralela exenta de control, evitándose así los excesos cometidos.
- El presupuesto elaborado por el Poder Judicial no podrá ser observado por el Ejecutivo, salvo que exceda del 4% del monto total del Presupuesto General de la República.
- La Corte Suprema estará conformada por una Corte única de once miembros con competencia nacional que resolverá los recursos de casación y la responsabilidad de los altos funcionarios.
- Para ser juez de la Corte Suprema se deberá acreditar una trayectoria democrática, de respeto a los derechos fundamentales y una conducta profesional acorde con los principios éticos. Los jueces pueden permanecer en el servicio hasta los setenta años y tienen derecho a mantener su especialidad jurídica durante el desempeño de su función.
- El Consejo de Gobierno del Poder Judicial será el órgano encargado del gobierno del Poder Judicial, y estará integrado por magistrados de todos los niveles y por representantes de las universidades y colegios de abogados. Los distritos judiciales tendrán su propio Consejo de Gobierno, según lo dispuesto por la Ley Orgánica.
- Quedan eliminadas las diferencias entre los magistrados, precisándose que los jueces sólo se distinguen entre sí por la diversidad de sus funciones.
- La carrera judicial se afianza para garantizar la independencia de la función jurisdiccional, los derechos de los jueces, el establecimiento de un sistema de méritos para el ingreso, ascenso y permanencia, la calidad del servicio de justicia.
Consejo Nacional de la Magistratura
- Se constituye en el órgano autónomo encargado de la selección, nombramiento, promoción y régimen disciplinario de todos los jueces y fiscales.
- Asume el control externo y permanente de los jueces y fiscales, eliminando el sistema de control interno que está en manos del Poder Judicial y del Ministerio Público.
- Elimina las ratificaciones de jueces y fiscales cada siete años, pues en la práctica se han convertido en un poder discrecional, absoluto, secreto e incuestionable.
Academia de la Magistratura
- Adquiere total autonomía administrativa, económica y académica, dejando de pertenecer al Poder Judicial.
- Está encargada de la formación y capacitación de los jueces y fiscales en todos los niveles, así como de la formación de los aspirantes a estos cargos cuando la ley lo señale.
- El Consejo Directivo es su más alto órgano, y está integrado por representantes del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Consejo Nacional de la Magistratura, de los Colegios de Abogados y de las Facultades de Derecho de las universidades.
Ministerio Público
- Sus miembros tienen los mismos derechos y prerrogativas y están sujetos a las mismas obligaciones que los del Poder Judicial en los niveles respectivos.
- Se homologa el período del cargo de Fiscal de la Nación con el del Presidente de la Corte Suprema, ambos en dos años.
- Se introduce al Consejo de Gobierno del Ministerio Público como el órgano encargado del gobierno de la entidad, el cual está integrado por fiscales de todos los niveles y por representantes de las universidades y de los colegios de abogados.
Tribunal Constitucional
- Contará con diez magistrados y se podrá designar suplentes.
- Se introduce la posibilidad de que el Tribunal pueda escoger discrecionalmente los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento resueltos por el Poder Judicial que considere necesario revisar. Además podrá resolver en instancia única los procesos de amparo interpuestos contra resoluciones judiciales dictadas por la Corte Suprema de la República y contra resoluciones dictadas por el Consejo Nacional de la Magistratura.
- La sentencia que declara inconstitucional una norma carece de efecto retroactivo, salvo en materia penal cuando sea más favorable al reo. Si la norma declarada inconstitucional afecta derechos fundamentales, el Tribunal Constitucional podrá darle eficacia retroactiva a su sentencia.
- Resolverá y adoptará acuerdos por mayoría simple de votos emitidos, salvo para dictar sentencia que declare la inconstitucionalidad de una norma, caso en que se requerirá un mínimo de siete votos del número legal de sus miembros.
- Necesidad de establecer relaciones de coordinación.
- Se introduce una norma constitucional según la cual el Poder Judicial, el Ministerio Público, el Tribunal Constitucional, el Consejo Nacional de la Magistratura y la Academia de la Magistratura establecerán relaciones de coordinación a efectos de asegurar el cumplimiento adecuado y oportuno de la función de impartir justicia.
Comunidades campesinas y nativas, rondas campesinas y pueblos indígenas
- Se reconoce que las autoridades de las comunidades campesinas y nativas, rondas campesinas y pueblos indígenas pueden resolver conflictos dentro de su ámbito territorial.
- Derecho a un debido proceso
- Se lo reconoce como un derecho fundamental, precisando sus manifestaciones más relevantes.
I. 3. PROPUESTAS ALTERNATIVAS (ARTICULADO NO APROBADO):
En el tema de la reforma parcial de la Constitución Política de 1993, hubo consenso parcial en el Pleno de la CERIAJUS. Así, por mayoría se aprobó un texto final, pero en minoría el Poder Judicial y el Ministerio Público presentaron textos alternativos que constan en el Plan Nacional como documentos no aprobados, al igual que la propuesta del Grupo Temático de Trabajo de Acceso a la Justicia.
Propuesta alternativa del Poder Judicial:
En cuanto a la autonomía del Poder Judicial (Artículo 139), el Poder Judicial postula que no solamente sea económica, administrativa y normativa, sino también disciplinaria. Obviamente, esto significa que el control funcional debe continuar al interior del Poder Judicial, pero con participación de la sociedad civil.
En cuanto al Consejo Ejecutivo (de Gobierno en ambas propuestas, Artículo 141), el Poder Judicial considera que no debe aumentarse el número de integrantes pues ello dificulta el proceso de toma de decisiones institucional, y convierte un ente que por naturaleza debe ser dinámico en uno que asemeja una asamblea permanente.
El Poder Judicial considera que la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia es “el máximo órgano de deliberación” institucional (Artículo 142), y que como órgano jurisdiccional funciona a través de salas especializadas, las necesarias para atender la carga procesal que soporta. Esto es coherente con la preparación académica que cada magistrado realiza a través de su carrera, según sus aptitudes y preferencias. Además, constituirla como corte única es aplicable para otras realidades en que se necesita un órgano que propenda a la unidad de pluralidades políticas (por ejemplo, Estados Unidos de América, en que la Corte Suprema unifica los criterios de las cortes estaduales).
Propuesta alternativa del Ministerio Público:
Constitucionalmente, la misión del Ministerio Público no se reduce a acusar ni a obtener el máximo posible de condenas, sino principalmente buscar la obtención de sentencias justas, defender la legalidad constitucional y la correcta administración de justicia. Estas características particulares exigen una estructura orgánica específica en el Ministerio Público que le permitan desarrollar, con mayor eficacia, los delicados roles que la Constitución le asigna.
De esta manera, en atención a los principios de mejor fluidez y despersonalización de decisiones, así como el espíritu democrático de la sociedad política, el Ministerio Público plantea que el gobierno de esa institución esté a cargo de la Junta de Fiscales Supremos y de un Consejo Consultivo. El Consejo Consultivo propuesto estará integrado por dos Fiscales Superiores Titulares y un Fiscal Provincial Titular. Asimismo, se establece que el Fiscal de la Nación preside y representa al Ministerio Público y es elegido por los Fiscales Supremos por dos años sin reelección.
En contraposición, el Ministerio Público considera que la creación de un Consejo de Gobierno podría suponer un retardo en la necesaria prontitud de una acción o una irresponsabilidad colectiva que diluya la eficacia de la institución.
Propuesta del Grupo de Trabajo Temático de Acceso a la Justicia
Propuesta de reforma constitucional sobre Justicia Comunal que deberá ser sometida a consulta con los Pueblos Indígenas, Comunidades Campesinas, Nativas y Rondas Campesinas, conforme el artículo 6º del Convenio 169 de la OIT:
“Artículo 138°.- El Poder Judicial ejerce la potestad de impartir justicia, de conformidad con la Constitución y las leyes. Su unidad y exclusividad no se afectan por las funciones que desarrollan el Tribunal Constitucional en materia constitucional y el Jurado Nacional de Elecciones en materia electoral.
Los miembros de las Fuerzas Armadas en actividad que cometan delitos estrictamente castrenses, serán juzgados por jueces que conforman una competencia especializada del Poder Judicial.
Las autoridades de las comunidades campesinas y nativas, rondas campesinas y pueblos indígenas, pueden resolver conflictos impartiendo justicia dentro de su ámbito territorial. Las autoridades policiales, fiscales, judiciales y en general, toda autoridad estatal, respetarán tales decisiones siempre que observen los derechos constitucionales y los derechos humanos internacionalmente reconocidos. La Ley establecerá las formas de coordinación correspondientes entre la justicia comunal y la justicia ordinaria.
Se reconocen el arbitraje y otros modos de solución de conflictos y eliminación de incertidumbres jurídicas como la conciliación y la mediación, de conformidad con las leyes sobre la materia.”
Propuesta alternativa, asumiendo el actual texto constitucional:
“Artículo 149°.- Las autoridades de los pueblos indígenas, comunidades campesinas, nativas, y rondas campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los juzgados de paz y las demás instancias del Poder Judicial.”
II.- MEDIDAS URGENTES
II. 1. ANTECEDENTES
La reforma integral del sistema de justicia, si bien tiene un sentido de corto a largo plazo, amerita de la implementación de medidas de aplicación urgente e inmediata que permitan un reencuentro de las instituciones del sistema – reunidos en el espacio de CERIAJUS – con la ciudadanía, expresado en la constatación de la existencia de una clara voluntad política por la concertación como eje esencial de la reforma.
Dentro de esta línea de acción, la CERIAJUS planteó como una de sus primeras acciones la constitución de un grupo de trabajo temático que formulara estas medidas de alcance inmediato.
Esta comisión presentó al pleno de la CERIAJUS el conjunto de su trabajo, el mismo que fue aprobado en su conjunto.
II. 2 RELACIÓN DE MEDIDAS URGENTES
La relación de Medidas Urgentes que aprobó el pleno de la CERIAJUS fue la siguiente:
1. Derogación de la exoneración de las tasas judiciales a las AFPs.
2. Sobre Justicia Anticorrupción:
2.1. Que la justicia especializada en Anticorrupción tenga carácter permanente y que los órganos competentes tomen las medidas pertinentes a tal fin.
2.2. Que, asimismo, se disponga la creación de un ente coordinador del sub sistema anticorrupción que apuntale los diversos esfuerzos de las instituciones vinculadas al tema.
2.3. Solicitar al Congreso que apruebe las partidas adicionales que han solicitado el Poder Judicial y el Ministerio Público para cubrir los gastos requeridos en el ámbito anticorrupción y antiterrorismo.
3. Sobre el acceso a la Justicia
3.1. Nombrar traductores que posibiliten la comunicación entre los pobladores que hablan idiomas originarios y los diferentes operadores del sistema de justicia.
3.2. Traducir y editar, en libros y cintas magnetofónicas, los textos normativos fundamentales a los idiomas originarios del país.
3.3. Que el Poder Judicial evalúe la posibilidad de realizar un estudio para determinar el
mecanismo a aplicarse para exonerar tasas judiciales en las provincias de extrema pobreza.
4. Sobre la gestión del Despacho Judicial y Fiscal y la celeridad de los procesos
4.1. Mesa única de partes para la distribución de denuncias y unificación del turno judicial y fiscal en turno de 24 horas.
4.2. Cambio del horario de los jueces para la atención de litigantes fuera del horario de despacho de 3 a 4 p.m.
4.3. Disponer que los jueces promuevan el uso de las cuentas bancarias para el pago de alimentos.
4.4. Restituir la notificación por nota para efectos de prescindir del gasto de tiempo y costo que su ausencia causa al proceso.
5. En el proceso civil
5.1. Modificar los artículos que regulan la contienda de competencia en el Código Procesal Civil (artículos 35-46 y 451, inciso 5 del CPC).
5.2. Modificar el artículo 625 del Código Procesal Civil en lo que se refiere a la caducidad de las medidas cautelares a fin de que esta sólo sea aplicable a los proceso iniciados con el Código de Procedimientos de 1912.
6. En el Régimen Penitenciario
6.1. Recomendar al Ministerio de Justicia que prosiga con el traslado de los internos del establecimiento penitenciario de Lurigancho hacia el pabellón industrial que se encuentra ubicado en la parte contigua al penal.
7. Gobierno Del Poder Judicial
7.1. Otorgar al Presidente del Poder Judicial instrumentos de gestión ágiles y eficientes brindándole facultades ejecutivas contenidas en los incisos 5, 14, 19, 21, 22 y 26 del artículo 82 del Texto único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial hasta el 31 de diciembre del 2004. Del mismo modo, exonerarlo de las normas de austeridad en el gasto, en tanto no se implemente la propuesta que desarrolle el Plan Nacional de Reforma Integral de la Administración de Justicia.
7.2. Modificar el artículo 236º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en lo que se refiere al criterio de antigüedad como único criterio para designar a los jueces provisionales, y que en adelante se realice teniendo en cuenta, la especialidad, el orden de méritos, la antigüedad, y que esos llamamientos se basen en razones basadas principalmente en la trayectoria moral de los Magistrados. Según propuesta que obra en anexo.
8. Supresión del término “reo” de la actual denominación de las Salas Penales por afectar la dignidad de la persona y el principio de presunción de inocencia.
III.- ÁREAS TEMÁTICAS DEL PLAN ESTRATÉGICA
III.1. ACCESO A LA JUSTICIA
Sub-Área 1: Establecimiento de una política de acceso a la Justicia y ampliación de la cobertura de servicios en el Poder Judicial, Ministerio Público e INPE.
- Contenido técnico de la 28ª Política de Estado del Acuerdo Nacional para incorporar el acceso a la justicia.
- Fortalecimiento de los Módulos Básicos de Justicia.
- Construcción y funcionamiento de Módulos Básicos de Justicia.
Sub-Área 2: Consultorios Jurídicos Populares y Defensa de Oficio.
- Reestructuración del Servicio de Defensa de Oficio.
- Uso de demandas-formato.
- Ampliación de los servicios de Defensa de Oficio.
- Ampliación de los servicios de Defensa de los Consultorios Jurídicos Populares.
Sub-Área 3: Conciliación y Arbitraje.
- Fomentar el uso voluntario de la conciliación extrajudicial.
- Desconcentración de los centros de conciliación.
- Difusión del arbitraje.
Sub-Área 4: Defensa de los Intereses Judiciales del Estado.
- Adecuación del marco normativo en materia de la Defensa Judicial del Estado.
- Capacitación y especialización de procuradores públicos.
- Implementación de un sistema de control y supervisión.
Sub-Área 5: Barreras económicas y culturales.
- Sinceramiento de costos de las tasas judiciales y aplicación para los servicios
- Exoneración del pago de tasas judiciales a personas de escasos recursos.
- Uso de intérpretes.
- Empleo del peritaje cultural.
- Designación de magistrados bilingües.
Sub-Área 6: Justicia de Paz y Justicia Comunal.
- Elección directa de jueces de paz.
- Fortalecimiento de la justicia de paz.
- Creación de juzgados de paz.
- Aspectos procesales de los juzgados de paz.
- Mejor redacción a nivel constitucional de la justicia comunal.
- Ley de desarrollo constitucional.
- Programas de sensibilización y capacitación sobre el estado pluricultural de derecho.
III. 2 POLÍTICAS ANTICORRUPCIÓN, ETICIDAD Y TRANSPARENCIA EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sub-Área 1: Lucha contra la Corrupción.
- Plan integral de prevención y sanción de actos de corrupción dentro del Sistema de Justicia y mejora de los órganos de control disciplinario, en tránsito a un único órgano de control externo.
- Reformulación de criterios para la evaluación de idoneidad del Magistrado.
- Fortalecimiento del subsistema judicial anticorrupción.
- Articulación con el plan nacional de lucha contra la corrupción del Ministerio de Justicia.
- Imprescriptibilidad de procesos administrativos disciplinarios contra Magistrados
- Reapertura de procesos administrativos a Magistrados destituidos de sus cargos repuestos por acciones de amparo.
- Inhabilitación por cinco años para desempeño posterior de cargo público alguno al servicio del Estado por magistrados destituidos por corrupción.
Sub-Área 2: Promoción de la Eticidad.
- Pacto Interinstitucional de fomento de la probidad.
- Campaña de difusión e internalización de valores.
Sub-Área 3: Transparencia de la Información.
- Capacitación sobre los alcances de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
- Portal de transparencia integrado del Sistema de Justicia.
- Implementación de los voceros judiciales.
- Curso anual de periodismo judicial.
- Organización de registro individual de cada Magistrado de carácter público y permanente.
- Carácter público de exámenes de ingreso a la carrera judicial de los Magistrados.
III. 3 MODERNIZACIÓN DEL DESPACHO JURISDICCIONAL Y FISCAL
Sub-Área 1: Modernización del Despacho Jurisdiccional.
- Plan de implantación progresiva de más juzgados, salas y fiscalías.
- Plan de descarga procesal en el Poder Judicial.
- Programa nacional de desarrollo de los despachos judiciales.
- Solución de problemas específicos de la Corte Suprema de Justicia.
- Plan de mejora de Servicios Judiciales.
- Creación de la Defensoría del Usuario del servicio Judicial.
- Potenciar la figura del juez como director del proceso y del Despacho Jurisdiccional.
- Mejoramiento de la organización y funcionamiento del Despacho Jurisdiccional.
- Registro Único de Requisitoriados, Procesados y Sentenciados.
- Programa de desarrollo de sistemas y soporte informático para los despachos judiciales.
- Programa de medidas contra el hacinamiento de los archivos de juzgados.
- Cumplimiento de la Ley 27939 para la presencia de jueces de paz en delegaciones policiales.
- Delimitación de especialidades en los juzgados de paz y creación de nuevas especialidades.
- Reorganización del sistema de notificaciones.
Sub-Área 2: Modernización del Despacho Fiscal.
- Inventario Nacional de Carga Procesal de las Fiscalías y Plan de descarga.
- Programa Nacional de Desarrollo del Despacho Fiscal de todas las especialidades.
- Visión del Ministerio Público.
- Mejora de los servicios fiscales.
- Creación e implementación de la Defensoría del Usuario del servicio fiscal.
- Mejoramiento de la organización y funciones de las Fiscalías Provinciales Penales, Fiscalías de Prevención del delito y pool de fiscales (Penal y Familia).
- Fortalecimiento del Despacho de las Fiscalías Superiores Penales.
- Fortalecimiento del Despacho de las Fiscalías de Familia.
- Fortalecimiento del Despacho de las Fiscalías Provinciales Civiles.
- Establecimiento de los plenos de los Fiscales de Familia.
- Guía de pautas metodológicas para emitir dictámenes y resoluciones.
- Capacitación de Fiscales en temas de gestión y administración del Despacho.
- Capacitación del personal del Despacho Fiscal.
- Plan de recursos humanos del Ministerio Público.
- Soporte logístico del despacho fiscal.
- Difusión del Plan de Modernización del Ministerio Público.
- Plan de medidas presupuestales para el Ministerio Público.
- Plan de medidas para el mejoramiento de la Infraestructura de las Fiscalías.
- Fortalecimiento de la función administrativa del Despacho Fiscal.
- Plan de Tecnología de la Información.
- Aplicación del principio de oportunidad en las Fiscalias Provinciales Penales a nivel nacional.
III. 4 RECURSOS HUMANOS
Sub Área 1: Carrera Judicial y Fiscal.
- Bases para la Carrera Judicial y Fiscal.
- Evaluación del desempeño y control de magistrados y fiscales.
- Bienestar e integración del personal.
Sub-Área 2: Otros Operadores del Sistema de Justicia.
- Eliminación de los Auxiliares Jurisdiccionales de la Carrera Judicial.
- Eliminación de la “Carrera Auxiliar Jurisdiccional”.
- Régimen laboral del Empleo Público: auxiliares de justicia y personal administrativo.
- Régimen de Selección, Rotación, Capacitación, Evaluación y Permanencia del Personal Auxiliar.
- Formalización de los trabajadores contratados bajo la modalidad de SNP que prestan efectivamente labores subordinadas y permanentes.
- Control y evaluación del personal administrativo y auxiliar.
- Plan de perfil deseado del Defensor Público.
- Plan de incentivos para motivar el acceso de profesionales idóneos en el cargo de Defensor de Oficio.
- Sistema de evaluación de desempeño de los Defensores de Oficio.
Sub-Área 3: Papel de las Facultades de Derecho en la Reforma de la Justicia.
- Plan para establecer controles normativos en la creación de facultades de Derecho y la acreditación de filiales universitarias.
- Plan de creación de la Junta Nacional de Decanos de las Facultades de Derecho.
- Incorporación de cursos de Ética en las currículas de las Facultades de Derecho.
- Incorporación de Pasantías anuales en las Facultades de Derecho.
- Plan de redefinición del SECIGRA- Derecho.
- Proyección social en las Facultades de Derecho.
III.5 GOBIERNO, ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO
Sub-Área 1: Gobierno y Gestión.
- Mejora de los órganos de gobierno.
- Mejora de la capacidad de gestión administrativa
- Relación Interinstitucional.
- Evaluar modalidades de aprovisionamiento alternativas.
Sub-Área 2: Presupuesto.
- Incremento en los presupuestos para destinarlos prioritariamente a inversión.
- Utilización de herramientas modernas de gestión en la formulación de los presupuestos institucionales.
- Modificación Constitucional para garantizar al Poder Judicial un porcentaje del Presupuesto de la República.
- Sinceramiento del sistema remunerativo en el Poder Judicial.
Sub-Área 3: Cooperación Técnica Internacional.
- Gestionar la Cooperación Técnica Internacional como un sistema de apoyo al Sistema de Justicia.
Sub-Área 4: Tecnología y Sistemas de la Información.
- Modernización de equipos informáticos.
- Creación del sistema de información estadística interinstitucional.
- Interconexión de los sistemas informáticos.
Sub-área 5: Infraestructura.
- Implantación de una política sobre infraestructura inmobiliaria.
- Implantación de una política sobre infraestructura mobiliaria.
III.6 PREDICTIBILIDAD Y JURISPRUDENCIA
Sub-Área 1: Mejora de la Jurisprudencia.
- Calidad de las sentencias.
- Stare Decisis en el marco de los Plenos Casatorios.
Sub-Área 2: Difusión de la Jurisprudencia.
- Creación del Centro de Información de la Jurisprudencia Nacional.
- Creación del Sistema Informático Unificado de la Jurisprudencia.
III.7 REFORMA DEL SISTEMA PENAL
Sub-Área 1: Creación de una Política Criminal con real vigencia.
- Proyecto de norma de Creación del Consejo Nacional de la Justicia Penal (CONAJUPE).
- Presentación, sustentación y aprobación de una nueva redacción de las políticas de estado 7ª y 28ª del Acuerdo Nacional.
- Preparación de la campaña mediática de difusión de las Bases del Sistema Penal.
Sub-área 2: Reforma Normativa que se adecue a una política criminal orgánica.
- Recomendaciones a la Comisión de Reforma del Código Penal sobre los lineamientos básicos del modelo por adoptarse en el nuevo Código Penal.
Sub-área 3: Transición integral hacia un nuevo modelo procesal penal.
- Metodología de transición: Creación de una comisión especial de transición.
- La reforma del sistema penitenciario desde la perspectiva del procesado o condenado, y de la víctima.
Sub-área 4: Recomendaciones de la Comisión de la Verdad y Reconciliación.
- Establecimiento de un sistema especializado temporal para procesar casos de crímenes y violaciones a los Derechos Humanos.
- Plan Nacional de Intervenciones Antropológico Forenses.
- Creación de un organismo responsable del Programa de Protección de víctimas y testigos.
III.8 ADECUACIÓN NORMATIVA
Sub-Área1: Reforma Constitucional.
Anteproyecto de Reforma Constitucional (Articulado aprobado por el Pleno de la CERIAJUS y propuestas alternativas).
Sub-Área 2: Reformas a las Leyes Orgánicas de las Entidades conformantes del Sistema de Justicia. Se deberán desarrollar las leyes orgánicas conforme a la reforma constitucional planteada.
Sub-área 3: Reformas a los códigos y normas conexas.
1. PROPUESTA NORMATIVA QUE REGULE EL PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR LA FILIACIÓN DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
2. PROCESO DE ALIMENTOS (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
- Propuesta de modificación del artículo 96 del Código de los Niños y Adolescentes referido a la competencia en los procesos de alimentos.
- Propuesta de modificación del artículo 547 del CPC referido a la competencia del Proceso Sumarísimo.
- Propuesta de modificación del artículo 57 inciso 4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre los procesos referidos al derecho alimentario.
- Propuesta que deroga el artículo 65 inciso 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial referido a la competencia de los jueces.
- Propuesta de modificación del artículo 415 del CC referido al pago de pensión de alimentos.
- Propuesta de modificación del artículo 171 del Código de los Niños y Adolescentes referido a la actuación de medios probatorios en los Procesos Únicos.
- Propuesta de modificación del artículo 566 del CPC referido a la ejecución anticipada en el pago de pensión de alimentos.
3. CONCILIACIÓN ANTE FISCALES (TÍTULO DE EJECUCIÓN).
- Propuesta de modificación del artículo 96- A de la Ley Orgánica del Ministerio Público referida a las atribuciones del Fiscal Provincial de Familia (El Plan incluye proyecto de Ley)
- Propuesta de modificación del artículo 144 del Código de los Niños y Adolescentes, que otorga al Fiscal de Familia la facultad de intervenir en la conciliación sobre asuntos de tenencia de menores, alimentos, violencia familiar y de familia en general contemplados en el Código de los Niños y Adolescentes (El Plan incluye proyecto de Ley).
- Propuesta de modificación del artículo 713 del CPC referido a los títulos de ejecución (El Plan incluye proyecto de Ley).
4. SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
- Propuesta de modificación del artículo 354 del CC referido al plazo de conversión de separación a divorcio.
- Propuesta de modificación de los artículos 575 y 580 del CPC referidos a la Separación Convencional y Divorcio Ulterior.
- Propuesta de modificación del artículo 482 del CPC referido a la variación de la pretensión de Divorcio a Separación.
5. MODIFICACIONES VARIAS AL CODIGO PROCESAL CIVIL (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
- Propuesta de modificación de los artículos 178, 178.I, 178.II, 178.III, 178.IV, 178.V, 178.VI del CPC referidos al Fraude Procesal.
- Propuesta de modificación del artículo 585 del CPC referido a la acumulación de desalojo con pago de renta.
- Propuesta de modificación de los artículos 721, 735, 739.2, 742 del CPC referidos a los procesos de ejecución de garantías.
- Propuesta de modificación del artículo 346 del CPC referido al abandono del proceso.
- Propuesta de modificación de los artículos 384, 385, 386, 388, 390, 391, 393, 393.I, 393.II, 393.III, 725, 725.I referidos al recurso de Casación y sus alcances.
- Propuesta de modificación del artículo 203 del CPC referido a la citación y concurrencia a la Audiencia de Pruebas.
- Propuesta de modificación del artículo 208 del CPC referido a la Actuación de los medios probatorios.
- Propuesta de modificación del artículo 271 del CPC referido a los Honorarios de los Peritos Judiciales.
- Propuesta de modificación del artículo 398 del CPC referido al pago de multa por recurso malicioso.
- Propuesta de modificación de los artículos 475, 486, 546 del CPC referidos a la estimación patrimonial como requisito de procedencia de los procesos de Conocimiento, Abreviado y Sumarísimo.
- Propuesta de modificación del artículo 574 del CPC referido a la intervención del Ministerio Público en los casos Separación Convencional y Divorcio Ulterior.
- Propuesta de modificación de los artículos 362, 363, 363. del CPC referidos al Recurso de Reposición.
6. MODIFICACIÓN URGENTE AL CODIGO PROCESAL CIVIL.
- Propuesta de incorporación del artículo 156 al Código Procesal Civil sobre notificación por nota y modificación del artículo 157 del Código Procesal Civil sobre notificación por cédula.
7. MODIFICACIÓN URGENTE AL CODIGO PROCESAL CIVIL.
- Propuesta que modifica el artículo 625 del Código Procesal Civil: extinción de medidas cautelares.
8. MODIFICACIONES URGENTES AL CODIGO PROCESAL CIVIL.
- Propuesta que sustituye el capítulo II, sobre cuestionamiento de la competencia, del título i: competencia, del libro primero: justicia civil, del Código Procesal Civil (artículos 35º al 46º) y la adición del inciso 6 al artículo 451º del Código Procesal Civil.
9. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 58 DE LA LEY GENERAL DE ARBITRAJE.
- Propuesta de modificación del artículo 58 de la Ley general de Arbitraje, referido al recurso de reposición.
10. MODIFICACIONES AL CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES (EL PLAN INCLUYE PROPUESTA NORMATIVA).
- Propuesta de modificación sobre la responsabilidad en materia penal de los adolescentes a partir de los 14 años.
- Propuesta referida a oralizar los procesos de familia.
- Propuesta de modificación de los artículos 84, 87 del Código de los Niños y Adolescentes referidos a la tenencia.
- Propuesta de modificación del artículo 91 del Código de los Niños y Adolescentes referido al incumplimiento del régimen de visitas.
- Propuesta de modificación de los artículos 93, 97 del Código de los Niños y Adolescentes referidos a la obligación de prestar alimentos.
- Propuesta de modificación del artículo 209 del Código de los Niños y Adolescentes referidos al internamiento preventivo del adolescente.
- Propuesta de modificación de los artículos 230 y 236 del Código de los Niños y Adolescentes referidos a las medidas socio educativas.
11. MODIFICACIONES A LA LEY QUE REGULA LA JUSTICIA DE PAZ (EL PLAN INCLUYE PROPUESTA NORMATIVA).
- Propuesta de incorporación de un artículo a la Ley Nº 27539 y su modificatoria Ley Nº 28035, que faculta a los Jueces de Paz a conciliar en materias que son de competencia de los Juzgados de Paz Letrados.
12. MODIFICACIONES A LA LEY DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (EL PLAN INCLUYE PROPUESTA NORMATIVA).
- Propuesta de modificación de los artículos 9, 25, 25.1, 25.2 de la Ley Nº 27584 referidos a la competencia, reglas y plazos del procedimiento Contencioso Administrativo.
13. ELIMINACIÓN DEL SUB-TIPO DE DELITO DE PREVARICATO EN EL DICTADO DE RESOLUCIONES JUDICIALES (EL PLAN INCLUYE PROPUESTA NORMATIVA).
- Propuesta de modificación del artículo 418 del Código Penal, referido al delito de Prevaricato.
14. MODIFICACIONES AL CODIGO PROCESAL CONSTITUCIONAL (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
- Propuesta de incorporación de artículo al Código Procesal Constitucional, referido a que el Fiscal Superior emita dictamen en segunda instancia.
15. PROYECTO DE LEY QUE CREA LA JUNTA NACIONAL DE DECANOS COMO ORGANISMO DE ACREDITACIÓN DE LAS FACULTADES DE DERECHO Y SUS FILIALES (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
16. PROPUESTA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1º DE LA LEY Nº 27504 (LEY MODIFICATORIA DE LA LEY UNIVERSITARIA) (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
17. PROPUESTA QUE FACULTA AL CNM A REABRIR PROCESOS DISCIPLINARIOS A MAGISTRADOS REINCOPORADOS POR ACCIONES DE AMPARO (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
18. PROYECTO DE LEY: MODIFICACIONES A LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA: AMPLIACIÓN DEL REGISTRO DE POSTULANTES A LA MAGISTRATURA Y ACCESO DE LA CIUDADANÍA A LA INFORMACIÓN (SE ADJUNTA FÓRMULA NORMATIVA).
19. MODIFICACIÓN DEL ARTÍCULO 12 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
20. PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 6º DE LA LEY 26872 (LEY DE CONCILIACIÓN) DEROGANDO LA OBLIGATORIEDAD (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
21. PROYECTO DE LEY QUE REGULA EL ARTÍCULO 152 DE LA CONSTITUCIÓN REFERIDO A LA ELECCIÓN POPULAR DE LOS JUECES DE PAZ (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
22. PROYECTO DE LEY QUE AMPLÍA LAS COMPETENCIAS DE LOS JUECES DE PAZ (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
23. PROPUESTAS NORMATIVAS SOBRE JUSTICIA DE PAZ QUE MODIFICAN ALGUNOS ASPECTO DE LA LEY ORGÀNICA DEL PODER JUDICIAL (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
24. PROYECTO DE ARTÍCULO PARA LA LEY DE COORDINACIÓN DE LOS ÓRGANOS DEL SISTEMA DE JUSTICIA QUE DEBERÁ SER SOMETIDA A CONSULTA CONFORME EL ARTÍCULO 6º DEL CONVENIO 169 DE LA OIT (EL PLAN INCLUYE FÓRMULA NORMATIVA).
25. REESTRUCTURACIÓN DEL SERVICIO DE LA DEFENSA DE OFICIO.
26. ADECUACIÓN DEL MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE DEFENSA JUDICIAL DEL ESTADO.
27. SINCERAMIENTO DE COSTOS DE LAS TASAS JUDICIALES Y APLICACIÓN PARA LOS SERVICIOS.
28. CREACIÓN DE CONSEJO NACIONAL DE LA JUSTICIA PENAL (CONAJUPE) COMO ENTE QUE GARANTICE UN TRATAMIENTO TÉCNICO DE LA JUSTICIA PENAL EN EL PAÍS.
29. REFORMA DE LA DEFENSORÍA DE OFICIO.
30. RÉGIMEN LABORAL DEL EMPLEO PÚBLICO: AUXILIARES DE JUSTICIA Y PERSONAL ADMINISTRATIVO.
31. PLAN DE REDEFINICIÓN DEL SECIGRA-DERECHO.
32. CARÁCTER PÚBLICO DE EXÁMENES DE INGRESO A LA CARRERA JUDICIAL DE LOS MAGISTRADOS CON POSIBILIDADES DE OPOSICIÓN.
33. INHABILITACIÓN DE MAGISTRADOS POR DESTITUCIÓN O CORRUPCIÓN.
34. PROYECTO DE LEY PARA DESJUDICIALIZAR LAS SIGUIENTES MATERIAS:
- AFP´s Obligaciones dinerarias.
- Rectificación de partidas (letras o números) RENIEC.
35. PROYECTO DE LEY QUE PROPONGA MODIFICAR EL CÓDIGO PROCESAL CIVIL A FIN DE:
- Reducir el plazo para declarar el abandono del proceso.
- Declaración de la conclusión del proceso cuando el demandante no se presente a la audiencia de conciliación, estando válidamente notificado.
36. PROYECTOS DE LEY QUE ESTABLEZCAN LA IMPOSICIÓN DE UNA MULTA POR EL USO DEL SISTEMA JUDICIAL (MP-PJ) EN MATERIA PENAL A LOS QUE INDUBITABLEMENTE DENUNCIEN O DEMANDEN DE MANERA MALICIOSA. LOS RECURSOS RECAUDADOS SE DESTINARÁN AL PJ Y AL MP.
37. MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL O INCORPORACIÓN DE UN ARTÍCULO EN LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL QUE ESTABLEZCA LA OBLIGATORIEDAD DEL USO DE CASILLAS JUDICIALES EN TODAS LAS CORTES DEL PAÍS PARA REDUCIR COSTOS Y TIEMPOS EN EL SERVICIO DE NOTIFICACIONES.
38. PROYECTO DE LEY DE UNIFICACIÓN DE LOS REGISTROS DE PERSONAS.
39. MODIFICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL PARA AUTORIZAR LA CREACIÓN POR EL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL DE ESPECIALIDADES EN LA JUSTICIA DE PAZ LETRADA.
40. MODIFICAR LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL PARA LA CREACIÓN DE LA ESPECIALIDAD EN JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Y SALAS SUPERIORES DE LA ESPECIALIDAD DE DERECHO CONSTITUCIONAL.
41. PROYECTO DE LEY QUE ESTABLEZCA ASIGNACIÓN PRESUPUESTAL PARA EL MP SOBRE LA BASE DE UN PRESUPUESTO ANALÍTICO Y NO HISTÓRICO.
42. PROYECTO DE LEY QUE DECLARE AL MINISTERIO PÚBLICO INAFECTO A LAS MEDIDAS DE AUSTERIDAD ECONÓMICA QUE SE DICTEN.
43. PROYECTO DE LEY QUE DECLARE EN EMERGENCIA LA INFRAESTRUCTURA DEL MINISTERIO PÚBLICO Y QUE OTORGUE FACULTADES A LA JUNTA DE FISCALES PARA QUE, EN COORDINACIÓN CON EL MEF, TOME DECISIONES ADMINISTRATIVAS URGENTES EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA.
44. RECONOCIMIENTO NORMATIVO DE LA ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA COMO LA ENTIDAD OFICIAL PARA BRINDAR ORGANICIDAD Y CANALIZAR LA DIFUSIÓN DE LA JURISPRUDENCIA.
45. ELIMINACIÓN DE LOS AUXILIARES JURISDICCIONALES DE LA CARRERA JUDICIAL.
46. ELIMINACIÓN DE LA CARRERA AUXILIAR JURISDICCIONAL.
47. DELIMITACIÓN DE ESPECIALIDADES EN JUZGADOS DE PAZ Y CREACIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES.
48. MEJORAMIENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LOS FISCALES PROVINCIALES PENALES, FISCALÍAS DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y POOL DE FISCALES.
49. CREACIÓN DE COMISIONES DE ESTUDIO PARA LA REFORMA INTEGRAL DE LEYES ORGÁNICAS.
50. FORMULARIOS PARA DEMANDA DE ALIMENTOS
51. FORMULARIOS PARA DEMANDA DE VIOLENCIA FAMILIAR
52. BASES PARA LA CARRERA JUDICIAL Y FISCAL
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