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La
violencia contra la mujer, así como sus consecuencias en la
vida de quienes la presencian y en la formación de una
sociedad sana, es una realidad que muchas veces hemos
constatado.
Tenemos conocimiento de muchas cifras de denuncias (que por
cierto no reflejan la real cantidad de los hechos de
violencia) tanto a nivel nacional como internacional, y sobre
diversas formas de agresión, ante las que debe de
planificarse una estrategia que incluya a todas las mujeres:
las del ámbito urbano y rural, teniendo en cuenta las
barreras para acceder a la justicia de tipo económicas, geográficas,
culturales, lingüísticas, etc.; es decir, que las medidas a
apuntar no perjudiquen a unas de otras, y que por el
contrario, beneficien a cada mujer desde la situación en la
que está.
Ahora,
sabiendo lo complejo y extendido de este fenómeno, así como
las indicaciones para su erradicación, es que no se comprende
la persistencia del mismo: hay, pues, que reforzar y
reconducir la política estatal sobre el tema; en materia de
proyectos de prevención de la violencia, estudios científicos
sobre las causas de la violencia (es decir, trabajar con los
agresores),
educación sobre los derechos y los medios para hacerlos
valer, sobre la tutela judicial efectiva de las víctimas y
las particularidades del debido proceso en estos casos –el
carácter interdisciplinario del tratamiento del trato-, etc.
Sobre esta acotación de puntos para una política, quisiéramos
visibilizar en este artículo dos realidades a las que debe
“guiar sus ojos”, para así tener en cuenta las “nuevas
manos” que existen para hacer frente al problema estructural
de la violencia contra la mujer y así, trabajando en conjunto
con ellas, reforzarse con sus experiencias y aportes: primero,
las iniciativas ciudadanas en proyectos contra la
violencia contra la mujer; y segundo, la falta de compromiso
y voluntad de las autoridades, factores imprescindibles
para impulsar los cambios que son necesarios.
Sobre
las estadísticas
Del
Boletín
estadístico del sector justicia, primer semestre del 2006,
tenemos que en relación a las atenciones de violencia
familiar y violación de la libertad sexual, “los defensores
de oficio asignados en los juzgados de familia
brindaron 4,646 atenciones en casos de violencia familiar y
1,093 en violación de la libertad sexual...”. En estas
atenciones se incluyen tanto causas nuevas como el seguimiento
de antiguas. El distrito judicial en que se atendió más
casos por violencia familiar fue el de Lima (1,058), seguido
por el de Arequipa (600). Y el distrito judicial en que se
atendió más violaciones de libertad sexual,
es el de Lima (270) seguido por el del Cono Norte (195).
Sobre
las atenciones que brindaron los consultorios
jurídicos populares (integrados por los
Consultorios Jurídico Popular propiamente dichos, los
Consultorio Jurídico Popular ubicados en los Módulos Básicos
de Justicia y el
programa ALEGRA), en el primer semestre del 2006: 2,829
atenciones en casos de violencia familiar y 416 de violación
sexual. De estas atenciones, 225 y 43 casos fueron
judicializados; y 348 y 79 fueron de seguimiento de casos.
De
acuerdo al Programa
Nacional contra
la violencia familiar y sexual (MIMDES), los casos atendidos por los Centros de Emergencia Mujer
(CEM) a causa de violencia familiar y sexual, desde enero a
septiembre del 2006 y a nivel nacional, fueron 22,194 (todo el
año pasado fueron 28,671). Los lugares en que se consignaron
la mayor cantidad de atenciones fueron: Comas (Lima, 894), Huánuco
(Huanuco, 889), Piura (Piura, 850), Cusco (Cusco, 831). Es
preciso mencionar que a lo largo de los últimos 4 años, los
CEMs han atendido una alta carga de consultas que sobrepasan
las 28,000 al año;
y el grupo de edad más afectado es el que se encuentra entre
los 25 y los 35 años, siendo en total, las mujeres las más
afectadas.
De lo anterior,
y de acuerdo a lo señalado por la ministra de la Mujer y
Derechos Humanos, Virginia Borra (La
República, 21/11/06), la cifra habría aumentado al mes
de noviembre, toda vez que informó que el MIMDES recibió 30
mil llamadas pidiendo ayuda. De acuerdo a ello, la ministra ha
expresado que de estas llamadas sólo el 30% de los casos se
judicializa. ¿Qué quiere decir esto? No todos los hechos de
violencia, lamentablemente, se llevan al Poder Judicial para
que los agresores reciban una justa sanción. Conocidas son
las razones relacionadas al temor mismo de la víctima por
hacer valer sus derechos, pasando desde la vergüenza por
haber sido agredida, hasta la incomprensión de una sociedad
machista y con errada perspectiva de género, en la que de víctima
pasa a ser provocadora de su propia desgracia.
El
sistema de justicia como barrera
Pero lo anterior no es todo. La poca diligencia con que
generalmente estos casos son tratados (luego de pasar la
barrera de la decisión personal de las víctimas para
denunciarlos) por el Poder Judicial y la Fiscalía, es sin
duda una desmotivación para la denuncia. Desmotivación
grave, toda vez que la institución obligada legal y
constitucionalmente de repartir justicia resulta ser un motivo
más de que los casos no lleguen a sus fueros. Ciertamente, no
lo dudamos, magistrados han intentado ir contra la corriente
de esta mala praxis, pero bien sabemos que unas cuantas
estrellas no hacen el cielo. ¿Resulta exagerada esta
apreciación o el constante señalamiento de las deficiencias
del sistema de justicia? Si las deficiencias existen (así lo
ha señalado la Defensoría del Pueblo en diversos informes),
y si las propuestas para subsanarlas con un trabajo constante
y efectivo están, la población no se explica cómo es que no
se ha comenzado a notar un cambio esencial, sobre todo si los
casos de violencia familiar y sexual (en los que se encuentra
mayormente comprometida la mujer) comprometen gravemente la
dignidad y la autoestima de la persona. ¿Cómo es posible,
entonces, esta resultante indiferencia del sistema?
La
última propuesta de la Defensoría del Pueblo
La Defensoría del Pueblo, como señalamos, ha indicado
los obstáculos existentes del sistema, y ha hecho ya
anteriormente propuestas (ver: Informe
“La protección penal frente ala violencia familiar en el
Perú”), y ahora acaba de emitir un nuevo pronóstico
que las autoridades deben tomar seriamente en cuenta. Mediante
Resolución Defensorial N° 0053-2006/DP (El Peruano,
24/11/06), ha aprobado el Informe Defensorial N° 110 titulado
“Violencia familiar: un análisis desde el derecho penal”,
donde una vez más señala algunos de los caminos a seguir
para adaptar los mecanismos legales a una efectiva defensa de
la integridad de las mujeres en el ámbito de la judicatura
penal. Para ello, se estudió la investigación y el
juzgamiento de las denuncias sobre faltas contra la persona
por violencia familiar, correspondiente a cinco distritos
judiciales (Lima Centro, Lambayeque, Junín, Cusco y Loreto;
analizándose un total de 193 expedientes registrados).
Luego de un resumen de las normas internacionales y
nacionales que regulan la materia,
la Defensoría del Pueblo pasa a analizar la realidad de su
judicialización, siendo las siguientes algunos de sus
hallazgos:
(i)
En un 64.3% de la muestra analizada, se consigna
denuncias por agresiones físicas; siendo probable que no se
consigne eficazmente las agresiones psicológicas. Cabe
precisa que la mayoría de los casos trata de violencia
infringida entre cónyuges, convivientes o ex convivientes y
cuando el agresor no estaba en estado de embriaguez.
(ii)
A pesar de señalar la ley la posibilidad de que las
autoridades soliciten evaluación de violencia psicológica,
ésta es poco solicitada, y cuando ello fue indicado, el
examen no se efectuó. Asimismo, está la dificultad de que se
exija criterios cuantitativos para consignar esta violencia
(por lo que sólo los casos más graves acceden), cuando por
su naturaleza no debe ser así.
(iii)
Sólo en 2 de los 227 casos de víctimas de faltas
contra la persona por violencia familiar, se han otorgaron
medidas de protección a favor de la víctima; a pesar de
analizarse que el 68.7% de los casos estudiados necesitaban de
protección debido al peligro de agresión.
(iv)
La conciliación en los procesos de faltas por
violencia familiar no está permitida, no obstante, se sigue
dando: el 14 % de los casos la presentó, y en una cantidad no
pequeña de este porcentaje fue el propio juez quien la
promovió.
(v)
Sólo en 23% de los casos investigados se otorgó
reparación civil, y de éstos, sólo uno superó el monto de
los 300 soles, existiendo incluso de 41 soles. Otra
deficiencia es que no se motivas adecuadamente cómo es que se
establecen dichos montos (motivación que por cierto, y por lo
general, dejó de lado los conceptos de lucro cesante y daño
moral).
De ahí, algunas recomendaciones que realiza son las
siguientes:
a.
Debido a la insuficiente penalización de los actos de
violencia, la Defensoría del Pueblo recomienda al Congreso
penalizar la violencia familiar como “un supuesto delito autónomo,
para cuya configuración
no debe exigirse como elementos del tipo ni la
cuantificación del daño (físico o psicológico) ni la
habitualidad del acto de violencia familiar.” Debemos
precisar que, para que este cambio tenga éxito, no sólo se
depende de los jueces y fiscales en cuanto una debida aplicación
de las normas, sino que además (y previamente) dependerá de
cuánto acceso puedan tener las víctimas a un
juez o una fiscalía, situación que se complica
sobretodo a quienes se encuentran en el espacio rural.
b.
Para la Corte Suprema de Justicia: recordar a los
jueces de paz letrados la prohibición de las conciliaciones
en esta materia.
c.
Para la Fiscalía de la Nación: elaborar un protocolo
o guía de atención a victimas de violencia psicológica, sin
tener en cuenta criterios cuantitativos.
d.
Para el Ministerio del Interior: recordar a los policías
que no tienen potestad para impulsar conciliaciones en estos
casos y que están obligados a brindar protección.
Un
“nuevo”
actor: la sociedad civil
Algo que queremos destacar esta vez (como hemos señalado
al inicio), luego de comprobar nuevamente que la violencia
contra la mujer es una realidad existente contra la que hay
que trabajar, y que la Defensoría ha realizado nuevas
recomendaciones,
es la actuación que ha realizado la sociedad civil en esta
tarea. ¿Por qué? Es cierto que es el Estado quien tiene, en
principio, la obligación de impulsar la maquinaria estatal a
fin de recortar esta realidad de violencia, ¿pero qué
hacemos cuando el Estado incumple su misión; es decir, cuando
los cambios necesarios no se dan? Imposible quedarse con los
brazos cruzados, y es por eso que pequeños sectores la
sociedad civil, impulsados por la indignación de la violencia
ajena o propia, han investigado y enfrentado el tema en la
medida de sus posibilidades.
Es muy interesante ver cómo es que a la par de la norma
que busca reducir la violencia, del Poder Judicial encargado
de sancionar y del Ministerio de Justicia a cargo de plantear
políticas que afronten el problema, la sociedad civil se
convierte en un actor que permite a hacer realidad los
objetivos de aquellos (que en realidad son los de todos). Y su
acción es doblemente necesaria: (i) porque a través de ésta,
que es la que presencia directamente el problema de la
violencia, se pueden conocer con exactitud los problemas de la
ineficacia del derecho a la defensa, de la exigencia de la
celeridad procesal, de la corrección de la errada mirada de género
de los magistrados, etc.; y así plantear soluciones concretas
y (ii) porque la participación de la sociedad civil es una
forma muy efectiva de que conozcan y hagan valer sus derechos
(esto sin tener en cuenta además que se entiende mejor la
problemática del sistema, convirtiéndose cada vez menos en
un ente extraño).
Así, tales iniciativas ciudadanas (muy diversas) realizan
el necesario aporte para que la maquinaria estatal corrija sus
deficiencias, teniendo a sus observaciones como un nuevo
criterio. De esta actividad ciudadana, hay que destacar dos
puntos: primero, que la conclusión a la que llegan estos
participantes es que urge la reforma del sistema de justicia;
es decir, si bien
en la problemática de la violencia familiar (como en otras)
la sociedad civil se han convertido en un importante actor,
ello no quiere decir que excluye o quieran excluir al Estado
en su función, sino que por el contrario, reafirma la
necesidad de que éste supere sus trabas, no sólo porque es
el principal obligado jurídicamente, sino porque es quien
puede hacerlo. Segundo punto a destacar: que este nuevo actor
tiene como motor de su iniciativa la no indiferencia por lo
que padecen las víctimas de violencia; es decir, que en estos
ciudadanos el dolor compromete. Una no indeferencia que se
exige al sistema de justicia con su humanización.
¿Qué tan cierto es el aporte de estas iniciativas?
Podemos mencionar los resultados obtenidos por una experiencia
concreta: las del proyecto de las Defensorías Comunitarias
del Cusco, integradas en su mayoría por mujeres y que
recientemente ha ganado un premio internacional.
Cabe mencionar, sin embargo, que iniciativas para enfrentar el
estado de indefensión en que se encuentran las víctimas
comienzan a despertar en espacios como los estudiantiles, como
por ejemplo, la iniciativa de un grupo de universitarios
estudiantes de Derecho de la Pontificia Universidad Católica
del Perú (PUCP), integrantes de la Comisión de Desarrollo
Social de la asociación civil Themis, a fin de concretar el
proyecto “Defensorías Urbanas frente a la defensa
familiar” en la búsqueda capacitar a un grupo de mujeres
del Asentamiento Humano José Boterín (Callao) y así ellas
promuevan la denuncia y la solución de casos de violencia
familiar, coordinando con las entidades estatales
correspondientes (ver reportaje).
Sobre
las Defensorías Comunitarias
(que vienen laborando ya cinco años en el Cusco, y reciben el
apoyo de diversas instituciones
personas), se puede decir que las defensoras (pues la
mayoría son mujeres) hacen el acompañamiento y el
seguimiento de cada caso, cuando luego de acudir a otras
instituciones las víctimas eran enviadas a otros sitios y no
eran atendidas adecuadamente.
Esta actividad, sumada a la de charlas y talleres, les ha
servido a ellas mismas para aprender a respetar a los demás y
conocer mejor sus derechos; es decir, se han hecho más
ciudadanas. A su vez, han logrado un cambio en la indiferencia
rutinaria de la gente para con estos casos: “han conseguido
sensibilizar a la comunidad para que tome conciencia de que no
se trata de problemas “de otros”, sino también suyos”.
Con estos resultados generales es que han atendido alrededor
de 7000 casos. Es preciso mencionar que en el caso de la
Comisión estudiantil de Desarrollo Social de Themis, lo
resaltante es el compromiso de sus integrantes, de quienes los
apoyan en el Callao y el impacto que ha tenido en la PUCP: ha
aumentado la cantidad de postulantes a dicha asociación lo
que significa que se está, en palabras de su actual director
Fernando del Mastro, “mostrando otra opción de modo serio y
con resultados”.
Pero
la importancia de la labor de las Defensorías Comunitarias no
queda ahí: como mencionamos, se han percatado de las
deficiencias del sistema de justicia al que acuden, y tienen
una serie de requerimientos que muy bien se pueden seguir como
receta de cura. ¿Por qué no se hace justicia? Para estas
defensoras, las razones son:
(i)
los
ciudadanos no están bien informados
(generalmente se desconoce por falta de educación o el alto
índice de analfabetismo –he aquí la llamada “pobreza
legal” que estamos llamados a reducir-), lo que hace pensar
a las víctimas de violencia que el efecto nocivo contra la
justicia ocasionado por la inadecuada investigación y
judicialización de estos casos en manos de sus propios
agentes del sistema, es el efecto normal de la ley. “Así
serán la leyes”, piensan, acrecentando el sentimiento de
que el Estado es uno ajeno a ellos;
(ii)
la
mala actitud de las autoridades para con los casos:
no son diligentes, no saben la normatividad, no tienen en
cuenta que estos problemas de violencia no pueden ser
resueltos sólo con el saber jurídico sino que es necesario
una mirada interdisciplinaria, muchas veces las autoridades se
dejan sobornar, las autoridades son cambiadas con frecuencia
dificultando así la celeridad del proceso; y como
consecuencia de lo anterior:
(iii)
el
tiempo inadecuado que demoran los procesos,
“A veces la Policía hace esperar a la víctima un montón
de tiempo, sin tener en cuenta que esta víctima es madre de
familia, que tiene niños a quienes debe atender, para los que
debe cocinar y a quienes debe llevar al colegio. Ocurre también
a veces que estas mujeres tienen que escaparse de sus casas
para poner la denuncia, con el riego de que su esposo, al
volver y ver que no está, la vuelva a maltratar.”
(iv)
la
falta de dinero,
toda vez que (por ejemplo) las mujeres del campo no cuentan
con los recursos económicos suficientes y los abogados dejan
de continuar a la mitad del proceso (sobre este tipo de
barreras de acceso a la defensa, ver: Las
mujeres del campo, víctimas de violencia familiar, no tienen
acceso a abogado de oficio). Esta situación se agrava si
tenemos en cuenta que por lo general las mujeres agredidas
dependen económicamente del agresor.
(v)
el
machismo
de las autoridades del sistema de justicia, quienes (de
acuerdo a la experiencia de las defensoras del Cusco) son
convencidos fácilmente más por los varones, o tienen dichos para la mujer como “Tú
tienes la culpa; como mujer deberías atender”,
y
(vi)
la
ausencia de medidas de protección para las víctimas.
Como bien señalan, uno de los problemas es que no hay cómo
separar a la víctima del agresor: no hay una casa hogar donde
se pueda estar y no pueden
salir de casa por ausencia de recursos.
Como
se puede observar, los problemas relatados coinciden, por lo
general, con los señalados otras veces (como los
recientemente acotados por la Defensoría del Pueblo), pero qué
duda cabe que la manera en que los propios ciudadanos los señalan
y tratan, hace ver con más claridad que estos problemas son
de carne y hueso. No es lo mismo tener en nuestro imaginario
que “en la judicialización de los casos en la violencia
familiar se vulnera el debido proceso de las víctimas”, a
concebir que “en un caso en que el esposo agredía a su
esposa y le causó graves heridas constantemente, en presencia
de sus menores hijos a quienes también golpeaba y causó daño
psicológico, la esposa tuvo que estar parada horas para
sentar la denuncia, en una cola que tuvo que hacer más de una
vez porque los guachimanes tenían horas restringidas de
atención... lo tuvo que hacer a escondidas porque ya en una
vez anterior el esposo la golpeó por ello, todo para que al
final el juez señalara que ella había causado el problema
porque le hizo enojar”.
El
punto en sí no es la dicción del relato, sino, la
deshumanización en la que hemos hecho caer a la aplicación
del Derecho en estos casos, hecha en general por los jueces,
policías, fiscales, autoridades del sistema. No se explica de
otra manera el que, existiendo cierto conocimiento del
problema de la violencia contra la mujer, quejas como las
anteriores sigan existiendo. Percibir este problema como
rotundamente ajeno es uno de las trabas estructurales, además
de la consecuente falta de voluntad para adentrarse más a
ello y solucionarlos. ¿Es la falta de dinero un problema
esencial? De acuerdo al propio dicho de las defensoras: “no
quiere decir que el dinero no nos haga falta. Si hemos hecho
tanto en cinco años sin dinero, cuánto más podríamos hacer
si tuviéramos para los gastos que ocasiona el trabajo en la
Defensoría.”
Como
bien lo han señalado las defensoras del Cusco, “Todo
comienza por la voluntad...”, y eso es lo que le falta en
general a nuestras autoridades, una voluntad férrea que abra
pasos a la coordinación con nuevos actores que aparecen en el
camino (como la sociedad civil, cuya existencia y trabajo en
este campo hemos tratado de evidenciar ahora), que acepte de
buen ánimo las observaciones que se hace a la manera de
gestionar estos casos y que vea en real proporción el drama
humano que encierra el problema estructural de la violencia
contra la mujer, a fin de logre efectivamente comprometerse.
Estas acciones son fundamentales para contrarrestarla, y luego
de ya conocerlas se puede optar por seguir como estamos, o dar
un avance cualitativo a favor de la dignidad humana y el
desarrollo social.
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