Lima, 16 de diciembre del 2003

Tras la liberación del ex congresista, Ernesto Gamarra -político encausado por los delitos de tráfico de influencias, abuso de autoridad y cohecho pasivo propio-, el panorama de los juicios anticorrupción se torna complicado, y es que la decisión del vocal supremo, Victoriano Quintanilla Quispe, de concederle la semilibertad, podría ser usada de precedente para que otros involucrados puedan salir de la cárcel con este beneficio.

La decisión del magistrado se debió a que el ex congresista ya había cumplido un tercio de la pena privativa de libertad a la que fue sentenciado, y según la ley de Ejecución Penal, cuando se cumple ese plazo, el reo puede salir libre.

La resolución ha sido cuestionada por diferentes especialistas, pues consideran que la ley que se debió aplicar al caso Gamarra no debió ser la de Ejecución Penal sino la ley 27770, vigente desde el 29 de junio del 2002. Esta norma establece que el plazo que se debe computar para la excarcelación es un mínimo de dos tercios del cumplimiento de la pena.

Según la edición del diario La República (6/12/2003), con el fallo del Dr. Victoriano Quintanilla "se abre las cárceles a los corruptos", pues según declaraciones de miembros de la Procuraduría ad hoc, si se tiene en cuenta que "la mayoría de detenciones de la red de corrupción fujimontesinista se produjo entre enero y abril del 2001, para fines de julio del 2004 todos ellos habrán cumplido los requisitos para el beneficio de semilibertad, pues sobrepasarán los 40 meses de reclusión".

Algunas de las personas que a futuro se estarían beneficiando con esta interpretación serían: Blanca Nélida Colán, Alejandro Rodríguez Medrano, Luis Bedoya de Vivanco, Luis Duthurburu Cubas, Jacqueline Beltrán Ortega, Walter Chacón Málaga, Nicolás de Bari Hermosa Ríos, Agustín Mantilla Campos, Roberto Huamán Azcurra, Manuel Aivar Marca, Tomás Gonzáles Reátegui, entre otros.

Ante esta situación la Procuraduría ha apelado el fallo, bajo los argumentos de que la ley que se debe aplicar es la que estuvo vigente al momento de establecerse el beneficio. El procurador, Ronald Gamarra, indicó que al ex congresista aún "le falta veinte meses para salir en libertad".

Es verdad que no hay claridad respecto a la normatividad, pues existen dos leyes que podrían ser aplicadas al caso concreto, pero igualmente es verdad que los beneficios penitenciarios no son derechos del sentenciado (en el sentido de inmodificables), sino que son una potestad del legislador (es decir, están sujetos a las variaciones de la política penitenciaria).

Por lo demás, sería irrazonable que se premie a miembros de la mafia fujimontesinista con una temprana excarcelación, dada la gravedad de sus ilícitos. Hay que considerar, por último, que ciertas leyes fueron elaboradas sin tener en cuenta la naturaleza y envergadura especiales de los crímenes involucrados en los casos de corrupción, lo que exige adaptaciones en vía de interpretación a fin de lograr una justicia real.