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Lima, 16 de diciembre del 2004 |
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Antero
Flores-Aráoz, presidente del Congreso de la República,
en compañía de un grupo de parlamentarios, se
dirigió a la sede del Poder Judicial para hacer
entrega de un
documento en el cual exhortan a dicho
poder del Estado a acelerar el pedido de
levantamiento de inmunidad parlamentaria del
legislador puneño Leoncio Torres Ccalla, a
quien se le imputa la comisión del delito de
actos contra el
pudor en agravio de una adolescente que
laboraba en su despacho legislativo. Ciertamente,
la exhortación realizada por los referidos
congresistas no puede asimilarse a un acto de
injerencia política en el ejercicio de la función
jurisdiccional, pues éstos tienen entre sus
principales funciones el velar por el respeto de
la Constitución y las leyes (Constitución, artículo
102, inciso 2), estando legitimados para
dirigirse a los órganos jurisdiccionales
ante infracciones a la legalidad. Dicha facultad
es más nítida aun en el caso bajo comentario,
pues es precisamente uno de sus miembros, quien
abusando de su posición, habría cometido un ilícito
penal. En
tal sentido y siguiendo lo establecido en el artículo
93º de la Constitución y el artículo 16° del
Texto Único Ordenado del Reglamento del
Congreso de la República, corresponde a la
Corte Suprema de Justicia presentar la petición
al Congreso para que éste decida el
levantamiento de inmunidad del citado
parlamentario y autorice la tramitación del
respectivo proceso penal en su contra. |