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Lima, 25 de noviembre del 2004 |
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Al
cierre de este informativo, no se conocía aún
la decisión de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos sobre el caso Lori Berenson,
anunciada precisamente para el día de hoy. Así,
se alarga la incertidumbre acerca de un fallo
que, antes de ser emitido, ha desatado ya una
acalorada polémica en el país (e inclusive
fuera de nuestras fronteras), a causa de las
consecuencias que podría producir una eventual,
aunque improbable, orden de excarcelación. Al
respecto, debe recordarse que la demanda
interpuesta por la Comisión Interamericana
contra el Estado peruano no solicita la temida
liberación de Berenson, sino solo la realización
de un nuevo juicio. En realidad, la más
importante controversia jurídica que el caso
Berenson plantea está referida al valor legal
que se le puede conceder, conforme a los estándares
internacionales de derechos humanos, a las
pruebas recopiladas y actuadas en el marco de
los procesos judiciales anteriores, llevados a
cabo bajo la vigencia de leyes luego
descalificadas por colisionar con las normas de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos,
así como con la misma Constitución peruana. ¿Es
correcto sostener, como hace la Comisión
Interamericana, que el material probatorio
actuado en los procesos anteriores, bajo una
legislación más tarde anulada, queda por solo
ello contaminado e invalidado? Esto parece
discutible, si se trata de pruebas que luego son
presentadas y debatidas por la acusación y la
defensa, con pleno respeto de garantías, ante
una corte civil que goza de los atributos básicos
de independencia e imparcialidad y que actúa en
el marco del restablecimiento del Estado de
Derecho en que se halla empeñado el Perú desde
el inicio de la transición democrática. La
Corte Interamericana habrá de tener en cuenta, además, los serios esfuerzos que viene realizando el país por
respetar los estándares de derechos humanos y
por corregir las graves vulneraciones de éstos
cometidas por el régimen dictatorial de
Fujimori. Precisamente el segundo juicio a
Berenson, hoy en discusión ante la Corte
Interamericana, se produjo con el propósito de
enmendar los abusos del Fujimorato contra la
encausada. Desde
Justicia Viva confiamos en que la sentencia de
la Corte Interamericana, cuya autoridad y valor
vinculante no deben ser en ningún caso
desconocidos, tendrá la sabiduría y el
equilibrio necesarios para reafirmar el
irrestricto respeto de los derechos
fundamentales de la persona y a la vez
contribuir al proceso de reinstitucionalización
que vive en la actualidad el Perú. |