|
Lima, 25 de noviembre del 2004 |
|
Con
fecha 23 de abril de 2004 el Tribunal
Constitucional (TC) sentenció el proceso de
cumplimiento promovido por el rector de la
Universidad Nacional San Antonio de Abad del
Cuzco contra el Ministerio de Economía y
Finanzas (Expediente Nº 1951-2003-AC/TC)
solicitando se cumpla con lo dispuesto en el artículo
53º de la Ley Universitaria (Ley Nº 23733),
norma que señala que las remuneraciones de los
profesores de las universidades públicas se
homologan con las correspondientes a las de los
magistrados judiciales. La
sentencia bajo comentario, siguiendo la línea
de lo establecido al resolver el proceso de amparo promovido por Juan Pestana Uribe
(Expediente Nº 256-2002-AA/TC), destacó que el
mencionado artículo señala “de manera clara, expresa e inobjetable la homologación de las
remuneraciones de los profesores de las
universidades públicas con las correspondientes
a los magistrados judiciales” (Fundamento
2), agregando
que su incumplimiento vulnera derechos
fundamentales del demandante en su calidad de
trabajador reconocidos en el artículo 24º de
la Carta Política, por lo que ordenó su
cumplimiento Precisó también que para tal
efecto deberá contemplarse lo dispuesto en el
Presupuesto General de la República para el
ejercicio fiscal respectivo, así como los
lineamientos establecidos en el Decreto de
Urgencia Nº 114-2001. Según
informa el diario El Comercio (25 de
noviembre), la decisión del TC habría
motivado que la universidad demandante dirija un
oficio al Ministerio de Economía y Finanzas en
el cual, además de comunicar el sentido del
fallo comentado, le exige considerar una
asignación especial en el presupuesto del próximo
año para dicho centro de estudios. Si
bien las decisiones del TC en procesos
constitucionales dirigidos a tutelar derechos
fundamentales ante su vulneración o amenaza, así
como en aquellos procesos en los que solicita el
cumplimiento de lo dispuesto en una norma legal
o acto administrativo, tienen efecto sólo entre
las partes involucradas, quienes se encuentran
en situaciones similares pueden exigir el mismo
tratamiento ante los órganos jurisdiccionales.
Por ello, es necesario que el TC evalúe las
posibles consecuencias de sus decisiones, aunque
también resulta innegable que este tipo de
situaciones exige la actuación conjunta de
otros órganos del Estado, como el Legislativo y
el Ejecutivo, a partir de la emisión de normas
legales que pueden ser verdaderamente eficaces,
así como mediante la implementación de
mecanismos para su cumplimiento progresivo. |