Lima, 17 de febrero del 2005

En un claro ejemplo de transparencia, la Corte Superior de Ica ha convocado a concurso público la selección de abogados que integrarán la nómina de magistrados suplentes de esta Corte (El Peruano, 17/02/05) (ver la convocatoria aquí). Proceso de selección que es regulado por la Resolución Administrativa N° 264-2004-P-CSJIC/PJ, a la que lamentablemente no se ha podido tener acceso por no estar publicada.

Según la convocatoria el proceso tendrá tres etapas muy similares a las del proceso de selección de magistrados titulares que realiza el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM): (i) una primera etapa para evaluar el nivel de conocimiento de los candidatos por medio de un examen escrito; (ii) una segunda de evaluación curricular; y (iii) las entrevistas personales. Sin embargo, hay un elemento que haría que este proceso supere en calidad al que organiza el CNM, y es el simple hecho de que la prueba de conocimientos es la primera y no la segunda etapa de evaluación. En efecto, si la prueba escrita de conocimientos es eliminatoria, ello permitiría que la comisión encargada del concurso pueda revisar de manera más cuidadosa los currículos y además impida que lleguen hasta la última etapa, e incluso sean nombrados, quienes no tienen el nivel de conocimientos suficiente.

Lo segundo positivo en este proceso es que el plazo para tachar es de 10 y no de 5 días como sucede en el proceso de selección organizado por el CNM, permitiendo así mayor participación de la ciudadanía. Sin embargo, podría mejorarse el proceso si es que el currículo vitae presentado por los postulantes fuese publicado en una sección de la página web del Poder Judicial, para que todos puedan acceder a estos o si se proporciona copias a los ciudadanos que así lo soliciten, o si se establecen otros mecanismos de transparencia que permitan conocer la intención o ambición del postulante para magistrado, replicando la experiencia de audiencias públicas realizadas el año pasado en varias regiones del país.

Esta medida tiene el gran mérito de romper con una nociva práctica judicial largamente asentada, de designar un poco en secreto y un poco sin criterios objetivos a los magistrados suplentes, desconociendo la importancia de las funciones que desempeñan. En efecto, no podía entenderse por qué por años los magistrados suplentes son nombrados, a diferencia de los magistrados titulares, casi sin exigencias, si al final para el litigante ambos tienen y ejercen exactamente las mismas funciones. Por eso, estamos seguros que otras Cortes, incluso con mayor presupuesto, como, por ejemplo, la Corte Superior de Lima, estarán dispuestas a imitar esta medida.

Sobre el tema, Justicia Viva ha presentado la propuesta de eliminar la figura de los jueces suplentes y reemplazarla por un grupo de magistrados titulares que tengan esa calidad, propuesta recogida en el informe final de la Ceriajus. A pesar de lo cual y mientras se lleva a la práctica la medida, es importante resaltar lo que se viene haciendo para mejorar la selección de los magistrados a nivel regional.
(Sara Esteban Delgado)