|
Lima, 17 de febrero del 2005 |
|
En un claro ejemplo de
transparencia, la Corte Superior de Ica ha
convocado a concurso público la selección de
abogados que integrarán la nómina de
magistrados suplentes de esta Corte (El
Peruano, 17/02/05) (ver la convocatoria aquí). Proceso de selección que es regulado
por la Resolución Administrativa N°
264-2004-P-CSJIC/PJ, a la que lamentablemente no
se ha podido tener acceso por no estar
publicada. Según la convocatoria el
proceso tendrá tres etapas muy similares a las
del proceso de selección de magistrados
titulares que realiza el Consejo Nacional de la
Magistratura (CNM): (i) una primera etapa para
evaluar el nivel de conocimiento de los
candidatos por medio de un examen escrito; (ii)
una segunda de evaluación curricular; y (iii)
las entrevistas personales. Sin embargo, hay un
elemento que haría que este proceso supere en
calidad al que organiza el CNM, y es el simple
hecho de que la prueba de conocimientos es la
primera y no la segunda etapa de evaluación. En
efecto, si la prueba escrita de conocimientos es
eliminatoria, ello permitiría que la comisión
encargada del concurso pueda revisar de manera más
cuidadosa los currículos y además impida que
lleguen hasta la última etapa, e incluso sean
nombrados, quienes no tienen el nivel de
conocimientos suficiente. Lo segundo positivo en este
proceso es que el plazo para tachar es de 10 y
no de 5 días como sucede en el proceso de
selección organizado por el CNM, permitiendo así
mayor participación de la ciudadanía. Sin
embargo, podría mejorarse el proceso si es que
el currículo vitae presentado por los
postulantes fuese publicado en una sección de
la página web del Poder Judicial, para que
todos puedan acceder a estos o si se proporciona
copias a los ciudadanos que así lo soliciten, o
si se establecen otros mecanismos de
transparencia que permitan conocer la intención
o ambición del postulante para magistrado,
replicando la experiencia de audiencias públicas
realizadas el año pasado en varias regiones del
país. Esta medida tiene el gran mérito
de romper con una nociva práctica judicial
largamente asentada, de designar un poco en
secreto y un poco sin criterios objetivos a los
magistrados suplentes, desconociendo la
importancia de las funciones que desempeñan. En
efecto, no podía entenderse por qué por años
los magistrados suplentes son nombrados, a
diferencia de los magistrados titulares, casi
sin exigencias, si al final para el litigante
ambos tienen y ejercen exactamente las mismas
funciones. Por eso, estamos seguros que otras
Cortes, incluso con mayor presupuesto, como, por
ejemplo, la Corte Superior de Lima, estarán
dispuestas a imitar esta medida. Sobre el tema, Justicia Viva
ha presentado la propuesta de eliminar la figura
de los jueces suplentes y reemplazarla por un
grupo de magistrados titulares que tengan esa
calidad, propuesta recogida en el informe final
de la Ceriajus. A pesar de lo cual y mientras se
lleva a la práctica la medida, es importante
resaltar lo que se viene haciendo para mejorar
la selección de los magistrados a nivel
regional. |