Lima, 17 de marzo del 2005

El domingo 13 de marzo pasado, el diario El Peruano informó de los presuntos castigos propinados por un grupo de ronderos de Piura al ingeniero José Arrieta, jefe de asuntos socio-ambientales de la empresa minera Majaz, en Ayabaca (Piura). Nuestra primera reacción tiene que ser de rechazo a estos excesos. Los hechos deben ser investigados, y de encontrarse efectivamente responsabilidad penal, sancionados sus autores, para que no se repitan.

Ciertamente, estamos ante lamentables excesos (en el caso que sean ciertas las denuncias), pues las rondas no han sido creadas para torturar y delinquir. Como muy bien lo sugiere entre líneas el título de la noticia comentada, desde el momento en que han torturado, dejan de ser ronderos y se convierten en vulgares delincuentes. Definitivamente, las rondas campesinas no nacieron para violar los derechos humanos, sino, muy por el contrario, para proteger los derechos fundamentales de la población rural campesina ante el abuso y la crueldad sobre todo de las bandas de abigeos que roban el escaso patrimonio de los campesinos, como es su ganado; y ante la dificultad del sistema de administración de justicia (jueces, fiscales, policías) para proteger los derechos fundamentales de la población campesina.

En momentos en que se discute en la Comisión de Justicia y Derechos Humanos del Congreso de la República dos proyectos que buscan desarrollar el artículo 149º de la Constitución Política, es importante reconocer el aporte de las rondas campesinas a la paz y a la tranquilidad pública en el campo. De alguna manera, las rondas campesinas constituyen una respuesta organizada y democrática de la población rural ante la ausencia del Estado, a diferencia de los linchamientos, que no son otra cosa que una reacción autoritaria, desesperada y cruel de sectores de la población que perdieron la confianza en el sistema de justicia.
(Juan Carlos Ruiz Molleda)