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Lima, 28 de abril del 2005 |
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Es
realmente revelador y lamentable lo que el Informe
Nº 91 de la Defensoría del Pueblo ha
hecho público este mes: los actores del sistema
de justicia obstaculizan el acceso a un proceso
debido y justo en casos alarmantes y de primerísimo
orden como los de muerte, presunta tortura y
tratos crueles, inhumanos o degradantes. Y sin
que ello bastase, descubre (o redescubre) que
la Policía Nacional del Perú (PNP), un actor
más del sistema, es incluso el presunto autor de
estos casos. Con
el título de “Afectaciones a la vida y
presuntas torturas, tratos crueles, inhumanos o
degradantes atribuidas a efectivos de la Policía
Nacional”, la Defensoría señala con cifras y
casos (un total de 434), que la PNP, el
Ministerio Público (MP), el Instituto de
Medicina Legal y el Poder Judicial, entre marzo
de 1998 y agosto del 2004, afectaron directa
e indirectamente los derechos de hombres y
mujeres entre 22 y 40 años de edad, la mayoría
estudiantes (22% de los casos) y agricultores (10.4%). Es inconcebible que efectivos de la PNP sean los presuntos autores de estas violaciones, sobre todo cuando su rol es resguardar nuestra seguridad. Un dato alarmante es que la incidencia de estos casos se ha dado en distintos lugares del país y, generalmente, en un contexto de detención arbitraria. Además, el Informe revela que los órganos de inspectoría de la PNP investigaron sólo el 48% de los casos, encontrando en algunos responsabilidad (43%) y en otros (20%), afectación que no constituía violación a la vida o la integridad personal. Según
el Informe, el Ministerio Público, el Instituto
de Medicina Legal y el Poder Judicial, refuerzan
esta lamentable situación. El documento revela
que mientras el Instituto no cuenta con los
medios para determinar y visibilizar todas las
agresiones, el Ministerio Público rehuye a su deber de
investigar y formular denuncia, a pesar de
contar, en algunos casos, con un certificado médico
que indica la existencia de lesiones o
“circunstancias reveladoras de
responsabilidad”. Y cuando
éste formula denuncia, define la mayoría de
los casos como “abuso de autoridad” o
“lesiones leves” y no como “tortura”, a
pesar de la claridad del caso. El
Poder Judicial en vez de corregir los errores
del Ministerio Público y devolver la denuncia
para que sea ampliada, les da paso y, con ello,
el cerco del acceso a la justicia crece mucho más.
Traducido en cifras, de 434 casos investigados
por la Defensoría, 122 fueron conocidos por el
Poder Judicial. De este total sólo 9 han sido
condenados, siendo sólo uno por tortura. El
Informe (que por cierto, ha pasado casi
desapercibido), nos demuestra que necesitamos
combatir y desterrar prácticas policiales y
jurisdiccionales, antes que el cambio o renovación
de locales. Para ello se debe evaluar
de manera permanente a estos operadores; y,
sancionar penalmente a quienes retardan con
malicia casos como estos. La tragedia que viven
las víctimas y sus familiares, plasmada
someramente en el Informe, lo justifican
plenamente. |