Lima, 02 de junio del 2005

Este martes 31 de mayo venció el plazo para que la ciudadanía presentara sus comentarios y aportes a la propuesta de nuevo Reglamento de Evaluación y Ratificación publicada por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). Justicia Viva ha cumplido con presentar sus observaciones, las mismas que incluyen propuestas de modificación normativa y que pueden consultarse en este portal (ver: Propuesta CNM de Reglamento de Evaluación y Ratificación).

Como se recuerda, los cuestionamientos a los procesos de ratificación desarrollados por el CNM comenzaron a menos de un año de su implementación, con las recurrentes quejas de los magistrados cesados ante la Defensoría del Pueblo, lo que concluyó con un pronunciamiento de ésta exhortando al CNM a suspender estos procedimientos hasta que respeten el derecho fundamental al debido proceso y, sobre todo, el derecho de motivación (Resolución Defensorial 038/2002/DP, 28/11/02). Por la misma fecha, el Congreso aprobó, aunque sólo en primera votación, modificar la Ley Orgánica del CNM en lo que se refería a las ratificaciones; los magistrados no ratificados iniciaron sendos procesos de amparo; y otras instituciones de la sociedad civil (como Justicia Viva) también se pronunciaron en contra.

Por lo tanto, si bien ahora resulta saludable la propuesta del CNM de modificar su Reglamento de Evaluación y Ratificación, así como su prepublicación para recibir las opiniones de la ciudadanía, ello no subsana el que esta institución llevara a cabo, afectando derechos fundamentales, cerca de 900 procedimientos de ratificación con un saldo de más de 300 magistrados no ratificados, de los cuales casi 100 han llegando hasta la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, instancia que ha promovido un acercamiento que hasta la fecha no resulta claro si ha sido o no aceptado por el CNM.

En lo que se refiere a la propuesta de Reglamento del CNM, debe advertirse en ella un positivo esfuerzo por objetivar en cierta medida el procedimiento de ratificaciones (se establece qué aspectos serán los evaluados y, en algunos casos, con qué criterios). No obstante, manteniendo la concepción de que, al final de cuentas, la evaluación es un voto de conciencia de cada magistrado, se permite aún criterios subjetivos (no se señala el valor de cada aspecto evaluado en la decisión final, ni cuándo satisface la evaluación y en consecuencia procede la ratificación) que pueden, a pesar de los esfuerzos realizados, terminar haciendo de la ratificación y no ratificación actos arbitrarios.

Por eso, Justicia Viva considera, sin perjuicio de que lo ideal es la eliminación constitucional de las ratificaciones, que el cambio que requiere el régimen de ratificaciones es convertirse en un verdadero sistema de evaluación del desempeño de la función judicial o fiscal, sustentado en principios y en criterios que le den carácter objetivo y transparente. Uno de los puntos positivos de este sistema de evaluación, tal como recoge el proyecto de Ley de Carrera Judicial (12980-2004/CR) que se encuentra actualmente en debate en la Comisión de Justicia del Congreso (que Justicia Viva impulsó desde el inicio), es que plantea varios temas, a saber: i) qué aspectos deben  ser evaluados, ii) con qué criterios, iii) cuánto pesa cada aspecto evaluado en la decisión final y donde además esta decisión no sólo contemple la posibilidad de separar al magistrado o mantenerlo en su cargo, sino también la de recomendar algunas medidas para superar los defectos identificados y algunas restricciones (por ejemplo, prohibición de ascenso) que así se ameriten.

Por ello, consideramos que la propuesta de Reglamento del CNM debería reestructurarse, tratando de realizar un mayor intento por separar a las ratificaciones de la subjetividad y arbitrariedad a la que todavía se encuentran expuestas en este planteamiento.
(Sara Esteban Delgado)