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Lima, 02 de junio del 2005 |
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Esta
semana diversos medios de comunicación
informaron que, por cuatro votos a uno (el del
doctor José María Balcazar Zelada), la Primera
Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema habría
resuelto favorablemente la excepción de
prescripción deducida por los directivos de la
empresa Lucchetti, presentada en el proceso
penal que se les sigue en el sistema
anticorrupción, junto a Vladimiro Montesinos
Torres, por la comisión del delito de tráfico
de influencias. En una rápida reacción, el
presidente del mencionado tribunal, doctor
Robinson Gonzáles Campos, desmintió la
existencia del fallo, agregando que por la
complejidad del caso éste aún se encontraba en
estudio y pendiente de la emisión del voto de
los vocales supremos. En
Justicia Viva nos hemos ocupado ya ampliamente
del mencionado proceso penal, mostrado nuestra
conformidad con las resoluciones emitidas por el
juzgado y la Sala Penal Especializada en la
tramitación del incidente y, por cierto,
expresado las razones jurídicas por las que
consideramos que la excepción debe ser
desestimada (tanto por cuestiones formales
cuanto en atención a argumentos de fondo) ((Ver
notas: Estrategia
Lucchetti: excepción tras excepción;
Caso
Luchetti podría prescribir ¿adivinen por culpa
de quién?) En
Justicia Viva, ahora, estamos pendientes de la
resolución que debe emitir la Corte Suprema, y
alerta frente a cualquier intento de algunos
cuestionados magistrados encaminado a impedir la
prosecución del proceso y la determinación
judicial de las responsabilidades a que haya
lugar. La Corte Suprema debe resolver este caso
conforme al derecho y saber que la ciudadanía
se halla atenta a sus decisiones. |