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Lima, 11 de agosto del 2005 |
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El
miércoles 10 de agosto la Fiscal Suprema Penal,
doctora Gladys Echaíz, presentó su dictamen en
el caso de los hermanos Wolfenson y otros
empresarios de los diarios denominados
“chicha” (lo hizo después de seis meses de
que éstos interpusieron recurso de nulidad en
contra de la sentencia que los condenaba). El
dictamen fue presentado a la Primera Sala Penal
Transitoria de la Corte Suprema, presidida por
el vocal Robinson Gonzáles. En el documento la
doctora Echaíz se pronunció a favor de
ratificar las penas impuestas, en primera
instancia, a los hermanos Alex y Moisés
Wolfenson y a otros ex directivos de los diarios
chicha (La República, 11/08/2005). Se espera que en los próximos días la
referida Sala Penal de la Suprema confirme o no
lo dictaminado por la Fiscal Suprema. A
pesar de que la representante del Ministerio Público
ha demorado en dar su opinión respecto del
pedido de nulidad planteado, es importante
reconocer que la contundencia de las pruebas y
los hechos demostrados en juicio han permitido
que la doctora Echaíz plantee la confirmación
de la sentencia emitida por la Sala Superior Anticorrupción “A” el 26 enero del 2005. Con
este dictamen la doctora Echaíz, de alguna
manera, contesta también a los cuestionamientos
planteados por el congresista Heriberto Benítez
del cual dimos razón la semana pasada (ver
nota: Supuesta
vinculación de abogado de los Wolfenson con
Fiscales Supremos Echaíz y Peláez),
demostrando con
ello imparcialidad e independencia, valores que
deben inspirar siempre la labor de los
representantes del Ministerio Público.
Asimismo, el dictamen presentado supone también
una toma de postura, tal y como lo hizo el
Tribunal Constitucional en su momento, que trata
de revertir el daño ocasionado por la situación
de impunidad generada a raíz del fallo que en
julio del año en curso otorgó la libertad a
los hermanos Wolfenson, al equiparar
inconstitucionalmente la figura del arresto
domiciliario con la de detención efectiva. Solamente
nos queda realizar un pedido final a
los integrantes de la Primera Sala Penal
Transitoria de la Corte Suprema, para que al
momento de fallar en el caso tratado en esta
nota sean consecuentes con los principios de
imparcialidad, transparencia, equidad,
legalidad, entre otros, que deben guiar a los
magistrados en su calidad de representantes de
un Poder Judicial integrante de un Estado
constitucional y democrático de Derecho. |