Lima, 11 de agosto del 2005

El miércoles 10 de agosto la Fiscal Suprema Penal, doctora Gladys Echaíz, presentó su dictamen en el caso de los hermanos Wolfenson y otros empresarios de los diarios denominados “chicha” (lo hizo después de seis meses de que éstos interpusieron recurso de nulidad en contra de la sentencia que los condenaba). El dictamen fue presentado a la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, presidida por el vocal Robinson Gonzáles. En el documento la doctora Echaíz se pronunció a favor de ratificar las penas impuestas, en primera instancia, a los hermanos Alex y Moisés Wolfenson y a otros ex directivos de los diarios chicha (La República, 11/08/2005). Se espera que en los próximos días la referida Sala Penal de la Suprema confirme o no lo dictaminado por la Fiscal Suprema.

A pesar de que la representante del Ministerio Público ha demorado en dar su opinión respecto del pedido de nulidad planteado, es importante reconocer que la contundencia de las pruebas y los hechos demostrados en juicio han permitido que la doctora Echaíz plantee la confirmación de la sentencia emitida por la Sala  Superior Anticorrupción “A” el 26 enero del 2005.

Con este dictamen la doctora Echaíz, de alguna manera, contesta también a los cuestionamientos planteados por el congresista Heriberto Benítez del cual dimos razón la semana pasada (ver nota: Supuesta vinculación de abogado de los Wolfenson con Fiscales Supremos Echaíz y Peláez), demostrando con ello imparcialidad e independencia, valores que deben inspirar siempre la labor de los representantes del Ministerio Público. Asimismo, el dictamen presentado supone también una toma de postura, tal y como lo hizo el Tribunal Constitucional en su momento, que trata de revertir el daño ocasionado por la situación de impunidad generada a raíz del fallo que en julio del año en curso otorgó la libertad a los hermanos Wolfenson, al equiparar inconstitucionalmente la figura del arresto domiciliario con la de detención efectiva.

Solamente nos queda realizar un pedido final a  los integrantes de la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, para que al momento de fallar en el caso tratado en esta nota sean consecuentes con los principios de  imparcialidad, transparencia, equidad, legalidad, entre otros, que deben guiar a los magistrados en su calidad de representantes de un Poder Judicial integrante de un Estado constitucional y democrático de Derecho.
(Natalia Torres Zúñiga)