Lima, 11 de agosto del 2005

A fines de julio, el Poder Ejecutivo ha presentado un proyecto de ley sobre el “Proceso  de beneficios por colaboración eficaz y sobre el sistema de protección de colaboradores, agraviados, testigos y peritos”, el mismo que, conforme al artículo 105º de la Constitución Nacional, debe ser debatido en el Congreso con el carácter de urgente.

El proyecto de ley 13398/2004-PE apunta a modificar el ahora disperso tratamiento legal de los beneficios premiales en materia de colaboración eficaz (Ley 27378 para los casos de corrupción y violaciones a los derechos humanos; Decreto Legislativo 925 tratándose del delito de terrorismo; y Ley 28008 para el tema de los ilícitos aduaneros), intentando llenar los vacíos existentes en la legislación actual (ausencia de plazos para actuaciones del Ministerio Público y el Poder Judicial), y pretendiendo superar las deficiencias  en la aplicación del sistema (incumplimiento en el otorgamiento de los beneficios, falta de garantías para los protegidos, filtración de información, dispersión de las entidades policiales a cargo de la investigación, comprobación y protección), orientándola a resolver el problema de los recursos necesarios para el funcionamiento del sistema de colaboración.

El proyecto de ley plantea, de forma correcta, la integración en un solo cuerpo normativo de los beneficios premiales y, en consecuencia, un único tratamiento legal y un único procedimiento para la colaboración eficaz. Para ello, dispone la entrada en vigencia de determinados artículos del Código Procesal Penal, promulgado mediante el Decreto Legislativo 957.

El proyecto plantea también la ampliación de los beneficios a los condenados, básicamente a través de la disminución de la pena. Razonablemente, mantiene las prohibiciones de acogimiento respecto a los dirigentes principales de las organizaciones delictivas y las limitaciones existentes sobre beneficios a los autores de violaciones a los derechos humanos. Asimismo, precisa a las personas objeto de las medidas de protección (incluyendo, por cierto, a testigos y peritos) e introduce mejoras en el ámbito de su protección, perfeccionando el procedimiento de revocación de los beneficios.

Sería interesante que en el debate parlamentario se recojan algunas de las propuestas de la sociedad civil (como la de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, por ejemplo) y que los fondos del FEDADOI se destinen única y exclusivamente a los casos de colaboración en temas de lucha contra loa corrupción.
(Ronald Gamarra Herrera)