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Lima, 11 de agosto del 2005 |
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El
Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha
publicado un comunicado en relación al caso de
los magistrados no ratificados, precisando que
–según el Ministerio de Justicia– el Estado
peruano aún no ha enviado a la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ningún
acuerdo de solución amistosa sobre el
particular. Lo hace para desmentir una supuesta
negativa del CNM a acatar una recomendación de
la CIDH. Sin embargo, el comunicado finaliza señalando
que el CNM “…reitera su voluntad de esperar la comunicación oficial sobre el
resultado final del proceso, para los fines de
implementar los acuerdos que hayan sido
aceptados tanto por el Estado peruano como por
los peticionarios y homologados por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos”. En
buen romance, el CNM ha aceptado, después de
tanto batallar, que la solución definitiva al
problema de los magistrados no ratificados
–problema que el anterior CNM fue el
responsable de generar– será el eventual
acuerdo de solución amistosa al que arriben los
peticionarios y el Estado peruano ante la CIDH.
Sin duda, esta actitud es un cambio positivo que
hay que saludar pero que no debe dejar pasar por
alto que pudo evitarse si es que el anterior CNM
hubiese escuchado en su momento todas las voces
(de la Defensoría del Pueblo, prestigiosos
medios de comunicación, líderes de opinión,
expertos, ONGs, etc.) que le pidieron que
corrigiera este error que, ahora, finalmente están
reconociendo. El propio Congreso le enmendó la
plana al aprobar el año pasado el Código
Procesal Constitucional que, indirectamente,
dispone que las resoluciones de ratificación
deben respetar el debido proceso. En
Justicia
Viva Mail Nº 95, del 17 de febrero del 2004,
advertimos –una vez más– de esta situación
señalando que “en el ámbito judicial una
verdadera ‘bola de nieve’ es la cuestionada
no ratificación de magistrados que el Consejo
Nacional de la Magistratura (CNM) ha venido
llevando a cabo desde el año 2001; impugnada
ante el Sistema Interamericano de Derechos
Humanos por los magistrados afectados, tarde o
temprano, puede reventar… Desde varios
sectores se le advirtió al CNM lo incompatible
que resulta el procedimiento de ratificación
con los estándares internacionales del debido
proceso y de independencia judicial. No sólo
las opiniones de diversos juristas apuntaron en
esa dirección sino también la Resolución
Defensorial Nº 038-2002/DP de fecha 28 de
noviembre del 2002 emitida por la Defensoría
del Pueblo, señaló que la no ratificación
–tal y como se venía aplicando– resultaba
incompatible con la Convención Americana de
Derechos Humanos”. Planteadas
así las cosas, el anterior CNM debe una
explicación al país y a los nuevos consejeros
que han asumido el cargo en el presente año.
Como señalamos también en su momento,
“cuesta trabajo creer que los consejeros están
‘atados de manos’ por la Constitución y la
ley y que no les queda otro camino que el de una
ratificación inmotivada que impide el derecho
de defensa del magistrado. Creemos, más bien,
que si el CNM se anima a enfrentar el problema y
a rodear el procedimiento de ratificación de
garantías como la motivación de sus decisiones
y el derecho de defensa por parte del
magistrado, no sólo nadie cuestionará esta
decisión sino que contará con respaldo
ciudadano”. Así que el problema pudo
solucionarse internamente, pero el anterior CNM
no quiso; ahora el Estado peruano está
intentando con los peticionarios una solución
amistosa ante la CIDH, camino aún nada seguro.
¿La bola de nieve seguirá creciendo? |