Lima, 11 de agosto del 2005

El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha publicado un comunicado en relación al caso de los magistrados no ratificados, precisando que –según el Ministerio de Justicia– el Estado peruano aún no ha enviado a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ningún acuerdo de solución amistosa sobre el particular. Lo hace para desmentir una supuesta negativa del CNM a acatar una recomendación de la CIDH. Sin embargo, el comunicado finaliza señalando que el CNM “reitera su voluntad de esperar la comunicación oficial sobre el resultado final del proceso, para los fines de implementar los acuerdos que hayan sido aceptados tanto por el Estado peruano como por los peticionarios y homologados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”.

En buen romance, el CNM ha aceptado, después de tanto batallar, que la solución definitiva al problema de los magistrados no ratificados –problema que el anterior CNM fue el responsable de generar– será el eventual acuerdo de solución amistosa al que arriben los peticionarios y el Estado peruano ante la CIDH. Sin duda, esta actitud es un cambio positivo que hay que saludar pero que no debe dejar pasar por alto que pudo evitarse si es que el anterior CNM hubiese escuchado en su momento todas las voces (de la Defensoría del Pueblo, prestigiosos medios de comunicación, líderes de opinión, expertos, ONGs, etc.) que le pidieron que corrigiera este error que, ahora, finalmente están reconociendo. El propio Congreso le enmendó la plana al aprobar el año pasado el Código Procesal Constitucional que, indirectamente, dispone que las resoluciones de ratificación deben respetar el debido proceso.

En Justicia Viva Mail Nº 95, del 17 de febrero del 2004, advertimos –una vez más– de esta situación señalando que “en el ámbito judicial una verdadera ‘bola de nieve’ es la cuestionada no ratificación de magistrados que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha venido llevando a cabo desde el año 2001; impugnada ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos por los magistrados afectados, tarde o temprano, puede reventar… Desde varios sectores se le advirtió al CNM lo incompatible que resulta el procedimiento de ratificación con los estándares internacionales del debido proceso y de independencia judicial. No sólo las opiniones de diversos juristas apuntaron en esa dirección sino también la Resolución Defensorial Nº 038-2002/DP de fecha 28 de noviembre del 2002 emitida por la Defensoría del Pueblo, señaló que la no ratificación –tal y como se venía aplicando– resultaba incompatible con la Convención Americana de Derechos Humanos”.

Planteadas así las cosas, el anterior CNM debe una explicación al país y a los nuevos consejeros que han asumido el cargo en el presente año. Como señalamos también en su momento, “cuesta trabajo creer que los consejeros están ‘atados de manos’ por la Constitución y la ley y que no les queda otro camino que el de una ratificación inmotivada que impide el derecho de defensa del magistrado. Creemos, más bien, que si el CNM se anima a enfrentar el problema y a rodear el procedimiento de ratificación de garantías como la motivación de sus decisiones y el derecho de defensa por parte del magistrado, no sólo nadie cuestionará esta decisión sino que contará con respaldo ciudadano”. Así que el problema pudo solucionarse internamente, pero el anterior CNM no quiso; ahora el Estado peruano está intentando con los peticionarios una solución amistosa ante la CIDH, camino aún nada seguro. ¿La bola de nieve seguirá creciendo?
(David Lovatón Palacios)