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Lima, 22 de septiembre del 2005 |
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La
Procuraduría Ad Hoc solicitó que el
presidente de la Sala Penal Transitoria de la
Corte Suprema, vocal Robinson Gonzáles, se
aparte del proceso que se les sigue a los
hermanos Moisés y Alex Wolfenson. El Procurador
Juan Carlos Portocarrero presentó una recusación
contra Robinson Gonzáles, con el fin de que no
se pronuncie sobre el recurso de nulidad
interpuesto contra la sentencia de cinco años
de prisión, impuesta a los hermanos Wolfenson
por el tema de la denominada “prensa
chicha”. Portocarrero argumentó en su escrito
que el citado magistrado ha adelantado opinión
al insistir en que Moisés y Alex Wolfenson
debieron continuar en libertad amparados en la
Ley Nº 28658, conocida como la “ley
Wolfenson” (La
Primera, 20/09/05). Para
el doctor Víctor Cubas, “la recusación es el
acto procesal mediante el cual una de las partes
solicita que un funcionario judicial, se aparte
del conocimiento de un proceso, porque duda de
su imparcialidad” (El
proceso penal, teoría y práctica, Lima,
2003, p. 126). Ese es precisamente el argumento
esgrimido por la Procuraduría Ad Hoc, a la cual
no le faltarían razones para dudar de la
imparcialidad del vocal Robinson Gonzáles con
relación a la situación jurídica de los
hermanos Wolfenson. No olvidemos que después de
que el Tribunal Constitucional (TC) declaró la
inconstitucionalidad de la Ley Nº 28568 (ver:
Histórica
sentencia del TC: ¡Basta ya de corrupción!),
la Segunda Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema ordenó, por mayoría, el nuevo
encarcelamiento de los hermanos Wolfenson,
correspondiendo el voto discrepante al vocal
Robinson Gonzáles (ver:
La
sentencia del TC y la rebeldía del vocal
Robinson Gonzáles), quien señaló
que no existía incompatibilidad entre la Ley Nº
28568 y la Constitución, con lo cual inaplicaba
la sentencia del Tribunal y se desvinculaba de
la misma. Con
esta actitud, el vocal supremo Gonzáles se situó
fuera del ordenamiento jurídico, que impone a
los magistrados una sujeción inexcusable a lo
interpretado por el Tribunal Constitucional. La
recusación, según la prensa, ha sido rechazada
por el magistrado cuestionado. Le corresponde a
la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema
emitir una resolución al respecto. Esperemos
que la recusación sea declarada procedente y
que el vocal Robinson Gonzáles sea apartado del
proceso judicial, para que así no exista
ninguna duda de la imparcialidad de los
magistrados que en última instancia resolverán
la causa. |