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Lima, 06 de octubre del 2005 |
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Según
reciente Informe de la Defensoría del Pueblo,
dado a conocer con motivo de cumplirse el segundo
año de la presentación del Informe Final de
la Comisión de la Verdad y Reconciliación (CVR)
(ver nota),
muchos (demasiados en realidad) han sido los
factores que han favorecido la demora de la
justicia en la investigación de los casos presentados
tanto por la CVR como por la Defensoría del
Pueblo. Uno de ellos, realmente alarmante, es
la determinación de los órganos judiciales y
fiscales (así como de sus competencias) llamados
a cumplir el encargo, sin tener un diseño previo
del subsistema de derechos humanos que se requería
(ver: capítulo
Nº 1 del informe). Es
decir, el proceso de implementación ha sido
“paulatino, desarticulado e incluso
superpuesto”, haciendo pensar que no habría
existido una previa coordinación entre el
Ministerio Público y el Poder Judicial,
actuando entonces guiados tan sólo por la
urgencia de los casos y sin tener en cuenta que
tal proceso de implementación ponía, desde un
inicio, trabas al proceso de judicialización.
Asombra sin embargo aun más que, detectadas
tales deficiencias, las autoridades no hayan
actuado de inmediato. Es
necesario subsanar una serie de fallas
identificadas por la Defensoría, a fin de
contar con un real subsistema especializado,
cuyas principales características son las
siguientes:
Los
primeros tres puntos son básicos y tratan del
juez y fiscal que tienen a cargo el caso. Ahora,
¿cómo asegurar que lleguen tales cargos los
magistrados más competentes, dada la
complejidad jurídica y social de los casos de
violación de derechos humanos? No nos
engañemos:
para ello ha sido y es necesaria la solidez de
todo un proceso de preparación, selección y
nombramiento de jueces y fiscales; es decir, un
proceso previo cuya responsabilidad compete a
las facultades de derecho, el Consejo Nacional
de la Magistratura y los responsables de diseñar
una adecuada carrera judicial que garantice la
presencia de magistrados eficientes, capaces y
titulares, calidad esta última que incide
directamente en la seguridad de tener un
magistrado independiente (por cierto, hace un
año,
entre 41 fiscales provinciales y adjuntos, sólo
14 eran titulares; y de 8 jueces, sólo 3). Los
cuatro últimos puntos tienen relación directa
con la capacidad de gestión y coordinación
propias de cada magistrado en su despacho, así
como de las autoridades administrativas y de
gobierno. En
cuanto a las competencias asignadas a ciertos órganos
jurisdiccionales y fiscales, y que deben ser
corregidas a fin de no dificultar el desarrollo
del proceso, está (entre otras) la posibilidad
de que “un mismo proceso sea conocido por un
juez y un fiscal de distintos distritos
judiciales”, al no estar definido el criterio
de “extraordinaria complejidad” presente en
la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº
1602-2005-MP-FN, sobre las instancias que
investigan la violación a derechos humanos. Punto
aparte, es necesario indicar que el Informe
Defensorial en comentario, es de primera calidad: el seguimiento a los casos por
violaciones a derechos humanos permite señalar
con cierto detalle la actuación judicial,
fiscal y policial, de donde se puede desprender
la mala praxis del sistema en el día a día. De
esta forma, no sólo se encuentran las razones
pomenorizadas por las que los deudos y la
ciudadanía perciben una escasa mejora del
servicio de justicia (la errada práctica de los
operadores del sistema y la inacción de sus
autoridades en proponer directivas de solución),
sino que además pone en agenda de las
autoridades el resolver las diversas
deficiencias del sistema que el mismo Informe da
a conocer y su voluntad política para
materializarlas. ¿Pero
cuáles son dichas deficiencias? En Justicia
Viva nos hemos comprometido a dar a conocer,
mediante sucesivas notas en este portal, las
principales que señala el Informe, con el afán
de contribuir a la publicidad del mismo y, sobre
todo, precisar la equivocada praxis de los
operadores de justicia que, por sí solas y en
conjunto, han impedido en estos dos años hacer
realidad el subsistema especializado de
judicialización de los casos de derechos
humanos y el avance de los presentados por la
CVR y la Defensoría. Esto último servirá para
que quienes están a cargo de estos casos pongan
cuidado en su labor y, principalmente, recordar
a las autoridades las medidas que el Informe ya
señala. |