Lima, 20 de octubre del 2005

Las violaciones de derechos humanos son delitos que deben ser vistos por el fuero común y no por el fuero militar. Una de las razones es que los bienes jurídicos vulnerados no están dentro de la lista de los considerados “delitos de función”. Pero a pesar de la claridad y contundencia de este argumento jurídico, la justicia militar viene investigando y solicitando información a la Defensoría del Pueblo sobre casos de violación a los derechos humanos que ya se encuentran judicializados, afectando de manera grave e ilegal lo ya señalado por el Tribunal Constitucional (TC), la Corte Suprema de Justicia (CS) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

En efecto, y como bien señala el Informe Defensorial Nº 97 (cuya tercera entrega efectuamos), ya el TC, la CS y la Corte IDH se han pronunciado sobre la imposibilidad de que la justicia militar juzgue estos casos (ver los fallos). Sin embargo, y en clara contradicción con lo ya establecido, la justicia militar pretende hacerlo, mediante acciones (como pedidos de información e investigaciones por parte de instancias como la Vocalía de Instrucción del Consejo Supremo de Justicia Militar) que en su mayoría fueron iniciadas a solicitud de los presuntos responsables.

De este panorama se puede desprender que lo que se busca es la resolución rápida de los casos en el fuero militar (recordemos que lo iniciado en este fuero son “sumarias investigaciones”), “para que –posteriormente- los presuntos responsables puedan entablar una excepción de cosa juzgada, si es que se inician procesos penales en el fuero común”. Excepciones que, por cierto, jurídicamente no deben dar fruto, ya que la Corte IDH ha declarado (en el Caso Barrios Altos) que son inadmisibles las disposiciones que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables, disposiciones entre las que se encuentra, por supuesto, la cosa juzgada, “máxime cuando las investigaciones y los procesos judiciales se llevan a cabo en un fuero claramente incompetente”, como bien indica el Informe Defensorial.

Siendo ésta la situación, es imprescindible que se reafirme en todos los terrenos que los casos que se ven en el fuero civil deben continuar en él. Son 11 casos de la CVR los que el fuero militar pretende investigar, según el informe, y que, de no hacer las autoridades ahora lo pertinente (como el inicio de las respectivas contiendas de competencia), pueden terminar cayendo en la impunidad, a pesar de contar ya con fallos de naturaleza vinculante del TC y la CS. La justicia militar debe redefinirse y, sin lugar a duda, el cese en las investigaciones de casos sobre violaciones a derechos humanos dará buena cuenta de la materialización o no de tal situación.
(Cruz Silva Del Carpio)