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Lima, 10 de noviembre del 2005 |
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El
año pasado el Tribunal Constitucional y la
Corte Suprema de Justicia resolvieron
definitivamente que la competencia de la
justicia militar era exclusiva para los
denominados delitos de función militar y que
bajo ninguna circunstancia el fuero castrense
tenía competencia para juzgar delitos contra
los derechos humanos o crímenes de lesa
humanidad. A
pesar de ello, en una evidente afrenta al Estado
de Derecho, el fuero militar, más precisamente
la Vocalía de Instrucción del Consejo Supremo
de Justicia Militar, tiene en la actualidad 21
procesos judiciales derivados de casos
presentados por la Comisión de la Verdad y
Reconciliación. Es decir, muy a pesar de las
sentencias con carácter vinculante del TC y de
la Corte Suprema, el fuero castrense persiste en
seguir conociendo casos de violaciones contra
los derechos humanos. Todo
indica que se ha puesto nuevamente en marcha la
estrategia que la justicia militar desplegó en
el pasado, cuando sirvió de instrumento para
garantizar impunidad a los perpetradores de
estos crímenes, impidiendo que la justicia
ordinaria investigue los hechos y aplique las
sanciones que corresponda a aquellos militares
que han perpetrado ejecuciones, torturas y
desapariciones de personas. Por ello, ahora
resulta que muchos casos que actualmente están
siendo investigados por el Poder Judicial también
están siendo “investigados” en el fuero
militar. Esta
es la situación del caso de la matanza de Pucará
(Junín) ocurrida en noviembre de 1991, fecha en
la que un destacamento del Ejército ejecutó
sumariamente a Paulino Cabezas Condor, Raúl
Cabezas Cueva, Leoncio Orihuela Medrano, Isaura
Valdez Rojas, Nilo Castrillón Laureano, Máximo
Pérez Ureta, Gladis Poma y Medeleni Poma Vila,
todos ellos pobladores de la referida localidad.
Desde abril de 2004 el caso estaba siendo
investigado por el Cuarto Juzgado Penal de
Huancayo. Por
tal razón el Instituto de Defensa Legal (IDL),
la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
(CNDDHH), la Asociación pro Derechos Humanos
(APRODEH) y la Comisión de Derechos Humanos
(COMISEDH) han presentado denuncia penal contra
el Contralmirante CJ Hernán Ponce Monge, Vocal
Instructor, y los vocales de la Sala de Guerra
del Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM)
que resulten responsables, por la comisión del
delito contra la función jurisdiccional en su
modalidad de encubrimiento personal, delito
tipificado en el artículo 404° del Código
Penal. La denuncia ha sido presentada ante la
Fiscalía de la Nación. Los
fundamentos de la denuncia destacan que los
hechos materia de la investigación judicial son
en estricto crímenes de lesa humanidad y por
ende de exclusivo conocimiento de la justicia
ordinaria y que los actos para sustraer de esta
competencia a los militares procesados no son
sino un intento para ayudar a evadir su
responsabilidad penal y dejar en la impunidad
este grave hecho. |