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Lima, 24 de noviembre del 2005 |
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Hace
exactamente 60 años, en la ciudad alemana de
Nuremberg, se
celebró el
primer juicio a 21 ex jerarcas nazis bajo los
cargos de crímenes
contra la paz (planificación,
inicio y desarrollo de la guerra), crímenes
de guerra (violaciones de las leyes de la
guerra, contenidas en la Convención de Viena y
reconocidas por los ejércitos de las naciones
civilizadas), y crímenes contra la humanidad. El tribunal encontró
responsabilidad en 19 de ellos, rechazando sus
alegaciones en el sentido que sus conductas no
estaban definidas con antelación como crímenes
en Derecho Internacional, o que habían
procedido obedeciendo órdenes superiores. Por
cierto, Nuremberg no fue la primera propuesta de
creación de un tribunal internacional -pues ya
en 1872 Gustave Moynier, presidente del Comité
Internacional de la Cruz Roja, recordando los
horrores de la guerra franco-prusiana, había
vislumbrado la creación de un tribunal penal
internacional-, pero sí el primer tribunal en
funciones. Además, el primer tribunal
internacional en juzgar a individuos por delitos
de lesa humanidad en conflicto armado. Con
el tiempo, el Estatuto de Nuremberg y la propia
sentencia dictada por el tribunal militar
internacional iluminaron el desarrollo del
Derecho Internacional: hoy en día, inclusive,
los crímenes de lesa humanidad no sólo son
pasibles de juzgamiento cuando se cometen
durante un conflicto armado, sino también si se
perpetran en tiempos de paz; sirvieron de
antecedente y guía para la creación de otros
tribunales, avocados cada uno de ellos a un caso
especial y específico, con competencia en la
misma materia, lugar, persona y tiempo: así
vieron la luz, los tribunales Ad Hoc para el
territorio de la ex Yugoslavia,
Ruanda y Sierra Leona; y alentaron la
cristalización de una Corte Penal Internacional
(CPI): su Estatuto, dictado en Roma, entró en
vigor el 1 de julio de 2002. Es
difícil pensar en la Corte Penal Internacional
sin relacionarla inmediatamente a Nuremberg. Lo
que en Nuremberg se inició, la Corte ahora lo
continúa y desarrolla. Esta es una institución
judicial, de carácter permanente,
que ejerce
competencia universal y que juzgará a las
personas por la comisión de graves ilícitos
establecidos en el Estatuto (genocidio, crímenes
contra la humanidad y crímenes de guerra). Por
supuesto, la Corte representa un avance en el
largo camino por garantizar el respeto a los
derechos fundamentales de las personas, de los
pueblos y de las minorías; y actúa, como no
podía ser de otro modo, con total observancia
de las reglas del debido proceso. Igualmente,
cómo no recordar Nuremberg cuando vemos los
afanes de jueces, juristas y activistas de
derechos humanos sosteniendo el principio de
jurisdicción universal para perseguir a los
autores de crímenes contra la humanidad. Estuvo
presente en la decisión del juez Garzón, de
iniciar proceso a los militares argentinos
culpables de un sinnúmero de desapariciones
forzadas, asesinatos y torturas; y en la Cámara
de los Lores cuando se decidía la suerte de
Augusto Pinochet. El espíritu de Nuremberg, por
cierto, está detrás de la reciente orden de
detención contra el ex dictador de Chad,
Hissene Habré, y acompañará el destino de su
extradición a Bélgica. También Nuremberg
acompañó a la Audiencia Nacional española
cuando escribió para la historia esa sentencia
ejemplar que hundió a Scilingo. Lamentablemente,
hoy en día, en estos momentos, a pesar de los
instrumentos jurídicos elaborados para impedir
y sancionar las violaciones a los derechos
humanos, los crímenes de guerra y de lesa
humanidad, éstos continúan perpetrándose
(Guantánamo, Abu Ghraib) y, en no pocos casos,
quedan cubiertos con la impunidad que concede el
poder sin límites. Quienes así proceden van
contra el espíritu de Nuremberg, que alguna vez
alentaron. |