Lima, 01 de diciembre del 2005

El cese por jubilación del vocal supremo Andrés Echevarría agrava una situación de excesiva provisionalidad en la Corte Suprema de Justicia, si tenemos en cuenta que el funcionamiento de siete salas conlleva la presencia de 35 magistrados en funciones jurisdiccionales. A la fecha, el cuadro de integrantes del máximo órgano de la judicatura es el siguiente:

 

Vocales titulares

Puesto

1

Walter Vásquez Vejarano 

Presidente PJ

2

Antonio Pajares Paredes

CEPJ

3

Javier Román Santisteban

CEPJ

4

Francisco Távara Córdova

OCMA

5

Javier Enrique Mendoza Ramírez

JNE

6

Hugo Sivina Hurtado

En funciones jurisdiccionales

7

César San Martín Castro

En funciones jurisdiccionales y AMAG

8

Robinson Gonzáles Campos

En funciones jurisdiccionales y presidente de la AMAG

9

Manuel Sánchez Palacios Paiva

En funciones jurisdiccionales

10

Víctor Ticona Postigo

En funciones jurisdiccionales

11

Elcira Vásquez Cortés

En funciones jurisdiccionales

12

Javier Villa Stein

En funciones jurisdiccionales y AMAG

Fuente: www.pj.gob.pe
Elaboración: Justicia Viva

Sobre estos datos, si miramos la composición de las Salas nos encontramos, como se ve en el cuadro siguiente, que de los 35 involucrados en la tarea jurisdiccional 28 son provisionales (80%), situación que se convierte en una amenaza sobre la independencia con que debería actuar la magistratura suprema (ver al respecto la presentación de Justicia Viva y otras organizaciones ante la CIDH).

VOCALES SUPREMOS EN FUNCIONES JURISDICCIONALES

Vocales en funciones jurisdiccionales

35

100%

Titulares

7

20%

Provisionales

28

80%

Fuente: www.pj.gob.pe
Elaboración: Justicia Viva

A esta situación vienen contribuyendo decisivamente dos factores: el primero y principal está vinculado a la incongruencia entre el diseño legal de una Corte Suprema que debe operar con 3 Salas Permanentes y la carga procesal que tiene que tramitar, de modo que se requiere echar mano, de manera ya permanente, a cuatro Salas Transitorias. Y el segundo está referido a que los últimos dos concursos para vocales supremos han sido declarados desiertos, de modo que ni siquiera se puede contar con la totalidad de magistrados titulares que se derivarían del diseño legal.

Frente a este estado de cosas, hay que insistir nuevamente en que resulta imprescindible emprender el camino de la reforma constitucional de la Corte Suprema, en los términos planteados por la CERIAJUS, de manera que lleguen a ella solamente los casos más importantes, de suerte que, a partir de ellos, pueda establecer el sentido de actuación del resto de órganos jurisdiccionales. De otra parte, también es imprescindible que el Congreso apruebe la suspensión del PROFA (ver: Comisión de Justicia dictamina por la suspensión del PROFA) y la modificación de la evaluación para vocales supremos planteadas por el CNM, de manera que se pueda atraer a juristas de gran talla que le permitan cumplir sus altos roles.
(Alfredo Villavicencio Ríos)