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Lima, 15 de diciembre del 2005 |
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Sin
duda es una buena noticia, el día domingo 11 de
diciembre se publicó el Decreto
Supremo N° 017-2005-JUS, que aprueba el
Plan Nacional de Derechos Humanos (ver Plan),
documento que busca unificar, homogenizar e
interrelacionar las políticas nacionales en sus
distintos niveles y sectores, para reforzar los
medios de promoción y protección de los
derechos humanos. Este
documento, elaborado por integrantes del Estado
junto a las instituciones de la sociedad civil,
pese a las omisiones que contiene −se han
escuchado numerosas críticas sobre el retroceso
que se habría producido en referencia al
proyecto inicial, en lo que se refiere a las
garantías de los derechos de las personas con
diferente orientación sexual− constituye
un gran logro ya que reconoce un conjunto de políticas
para el fortalecimiento de los derechos
fundamentales en cuatro lineamientos: (i)
Institucionalización del enfoque de derechos
humanos en las políticas públicas; (ii)
contribución a la difusión del enfoque de
derechos humanos en las instituciones del estado
y la sociedad civil; (iii) asegurar la plena
vigencia de los derechos humanos integrales; y,
(iv) implementación de las políticas
afirmativas a favor de los derechos de los
sectores de la población en condiciones de
mayor vulnerabilidad, a fin de obtener igualdad
de trato y sin discriminación. En
estos cuatro ejes el Estado se está planteando
conseguir más de setenta resultados, a fin de
que se ejecuten 16 objetivos específicos, entre
los que se encuentran: (i) la implementación de
las recomendaciones de los sistemas
internacionales de protección de los derechos
humanos; (ii) la implementación de las
recomendaciones del Informe Final de la Comisión
de la Verdad y Reconciliación; (iii) la
articulación de planes de igualdad de
oportunidades y otros planes sectoriales
relacionados con los derechos humanos; (iv)
garantizar la plena realización de los derechos
civiles, políticos, económicos, sociales y
culturales; (v) garantizar la plena realización
del derecho a un medio ambiente sano y
protegido; (vi) garantizar los derechos de las
mujeres; (vii) garantizar los derechos de los
pueblos indígenas y afro peruanos; (viii)
garantizar los derechos de las personas con
discapacidad; ix) garantizar los derechos de la
niñez y la adolescencia; (x) garantizar los
derechos de los adultos mayores; (xi) fomentar
acciones a favor del respeto a las personas con
diferente orientación sexual; (xii) garantizar
los derechos de los migrantes; y (xiii)
garantizar los derechos de las personas con
VIH/SIDA, entre otras. El
marco que nos presenta este nuevo Plan de DDHH
es el mínimo, es decir, el que todo Estado debe
garantizar, por lo que las instituciones tienen
el deber de velar por su cumplimiento. Empero,
también es factible que la mayoría de estos
derechos, sobre todo los económicos, sociales y
culturales y también las políticas afirmativas
a favor de los sectores con mayor vulnerabilidad
(mujeres, discapacitados y personas de diferente
orientación sexual) estén sujetas a una
ampliación y a un mejor desarrollo. Ahora,
después de la celebración por este Plan, es
necesario empezar a cuidar su implementación y
corregir las insuficiencias, que, de acuerdo a
un sector, éste tiene. |