Lima, 15 de diciembre del 2005

Con las vacaciones de los funcionarios públicos encima, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) convocó al concurso N° 003-2005-CNM, dirigido a nombrar a 250 fiscales superiores, adjuntos superiores, provinciales y adjuntos provinciales (ver: plazas vacantes y formato de currículo).

Partiendo de reconocer que la lucha contra la provisionalidad todavía no ha concluido y hay que caminar en la dirección de darle fin, debemos señalar también que los avances en la misma son bastante significativos, lo que sumado a los problemas del actual Reglamento de Selección y Nombramiento de los magistrados, que reseñamos en el cuadro adjunto, debería llevar a que el CNM centre sus esfuerzos en mejorar cualitativamente sus instrumentos de evaluación, de modo que se consiga seleccionar a quienes se encuentran verdaderamente preparados para cumplir tan señalada labor.

El actual reglamento para concursos de selección y
nombramiento
de jueces y fiscales

Lo positivo

(i)     Se reduce el peso o el valor de la entrevista personal, disminuyendo con ello la subjetividad del concurso.

(ii)    Se establece previamente el peso de cada una de las evaluaciones en la calificación final.

(iii)   Se eliminan algunas barreras para la transparencia y participación ciudadana.

(iv)    Se elimina la posibilidad de que un postulante pueda, en la última etapa del proceso de selección, cambiar de especialidad a la cual postula.

(v)    Se establecen algunas con- diciones de mayor exigencia para registrar méritos en el currículo.

 

Lo negativo

(i)    Aún no se cuenta con un perfil previo del juez o fiscal que se busca.

(ii)   El orden de las evaluaciones no es apropiado. En primer lugar debe realizarse la evaluación escrita para luego pasar al análisis curricular (para ello no es necesaria una modificación legal).

(iii)  Evaluación escrita y currículo se promedian, cuando debían ser etapas cancelatorias, ya que en ambos rubros se debe superar la nota mínima.

(iv)   No se ha reducido la discrecionalidad de los consejeros en la elección final de los candidatos, por lo que pueden dejar de lado a quienes obtuvieron los mejores puestos y nombrar a aquellos que se encuentran en un escalón más bajo del cuadro de méritos.

(v)   No se evalúa de manera diferente a los candidatos según la condición en que postulan, lo que genera, por ejemplo, que un libro tenga el mismo peso para un docente que para un magistrado, cuando todos sabemos que los primeros se dedican primordialmente a la actividad académica y los últimos tienen muy poco tiempo para ella.

Elaboración: Consorcio Justicia Viva

No olvidemos que el factor humano es determinante en el ejercicio de las funciones atribuidas al Ministerio Público, por lo que tras cada concurso hay que tomarse el tiempo necesario en repensar los diversos componentes del sistema de selección y darles los ajustes necesarios.

De otro lado, también en este concurso rondará el fantasma del PROFA, cuya aprobación debería suspenderse, como ha solicitado el propio CNM y ha aprobado ya la Comisión de Justicia del Congreso. A la vista de este último avance, hubiese sido mejor que el CNM centrase sus esfuerzos en conseguir que el pleno del Congreso apruebe la ley que lo suspende, para empujar decididamente en tal dirección y no ingresar en el incierto camino de tener que dejar de lado los concursos en trámite una vez que se vuelva a dejar sin efecto tal requisito. 
(Alfredo Villavicencio Ríos)