Lima, 23 de febrero del 2006

El Tribunal Constitucional (TC) acaba de crear el “Servicio personalizado de remisión de sentencias relevantes a los magistrados y jueces del Poder Judicial, miembros del Ministerio Público y abogados hábiles en el ejercicio de la profesión” (R.A. N° 014-2006-P/TC), medida administrativa que busca hacer conocer a los operadores del sistema de justicia los criterios vinculantes de su jurisprudencia y que, a la larga, redundará sin duda en beneficio de los ciudadanos.

Para efectivizar este servicio, la Secretaría General del TC (apoyada por la Oficina de Sistemas), organizará el Registro de los Correos Electrónicos de los señores Magistrados, Jueces y Fiscales, al que podrán acceder jueces y fiscales solicitando mediante oficio dirigido al Presidente del TC el envío, indicando nombre, cargo, distrito judicial y correo electrónico. Para la difusión entre los abogados, los decanos de los colegios de abogados podrán posteriormente inscribir a sus afiliados hábiles. Ahora, si bien no lo indica la resolución publicada, los catedráticos de todas las Facultades de Derecho de todas las Universidades también han sido considerados como beneficiarios de la medida (de acuerdo a la Nota de Prensa N° 013-2006-OII-TC).

Si bien la propuesta del TC es administrativa y al parecer sencilla, los efectos que persigue son muy importantes. Teniendo en cuenta que el Tribunal, en el ejercicio de sus funciones, realiza una interpretación especializada y diferente por la naturaleza amplia y teleológica de los preceptos que debe aplicar y hacer cumplir (los preceptos constitucionales), es necesario que dichos criterios de interpretación sean conocidos por los magistrados, quienes tienen competencia en primer grado para los procesos constitucionales, donde justamente se debate sobre derechos de naturaleza constitucional. Así, al impulsar el TC dicho conocimiento, los jueces, fiscales y abogados tendrán mayor posibilidad de actuar de acuerdo a una interpretación que garantiza la defensa de los derechos humanos y el respeto a la Constitución (no en vano los artículos VI y VII del Código Procesal Constitucional exigen que los jueces interpreten y apliquen las normas de acuerdo a los preceptos y principios constitucionales conforme a la interpretación que haga de ellos el TC).

Pero no sólo eso. Además de mejorar el ejercicio jurisdiccional (“constitucionalizándolo”), la difusión de las sentencias vinculantes incidirá en la reducción de la carga procesal y, por otro lado, al beneficiarse los catedráticos de esta difusión personalizada, en cierto modo aportará a la mejora de la educación legal actualmente deteriorada, ajena al intento de hacer prevalecer la Constitución y el resguardo de los derechos fundamentales en el aprendizaje de las diversas ramas del Derecho.

Por lo anterior, es que la iniciativa del TC es relevante. Y en este punto, si bien son claros los beneficios que aporta, también es cierto que los logros esperados de este esfuerzo no sólo está en manos del TC, ya que el medio propuesto para difundir las sentencias vinculantes  no aportará a la mejora del servicio judicial, la reducción de la carga procesal o el ejercicio adecuado de la defensa si es que los jueces, fiscales y abogados no tienen voluntad para aplicar los criterios constitucionales luego de conocerlos.
(Cruz Silva Del Carpio)