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Lima, 23 de febrero del 2006 |
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El
Tribunal Constitucional (TC) acaba de crear el
“Servicio personalizado de remisión de
sentencias relevantes a los magistrados y jueces
del Poder Judicial, miembros del Ministerio Público
y abogados hábiles en el ejercicio de la
profesión” (R.A.
N° 014-2006-P/TC), medida
administrativa que busca hacer conocer a los
operadores del sistema de justicia los criterios
vinculantes de su jurisprudencia y que, a la
larga, redundará sin duda en beneficio de los
ciudadanos. Para
efectivizar este servicio, la Secretaría
General del TC (apoyada por la Oficina de
Sistemas), organizará el Registro de los
Correos Electrónicos de los señores
Magistrados, Jueces y Fiscales, al que podrán
acceder jueces y fiscales solicitando mediante
oficio dirigido al Presidente del TC el envío,
indicando nombre, cargo, distrito judicial y
correo electrónico. Para la difusión entre los
abogados, los decanos de los colegios de
abogados podrán posteriormente inscribir a sus
afiliados hábiles. Ahora, si bien no lo indica
la resolución publicada, los catedráticos de
todas las Facultades de Derecho de todas las
Universidades también han sido considerados
como beneficiarios de la medida (de acuerdo a la
Nota
de Prensa N° 013-2006-OII-TC). Si
bien la propuesta del TC es administrativa y al
parecer sencilla, los efectos que persigue son
muy importantes. Teniendo en cuenta que el
Tribunal, en el ejercicio de sus funciones,
realiza una interpretación especializada y
diferente por la naturaleza amplia y teleológica
de los preceptos que debe aplicar y hacer
cumplir (los preceptos constitucionales), es
necesario que dichos criterios de interpretación
sean conocidos por los magistrados,
quienes tienen competencia en primer grado para
los procesos constitucionales, donde justamente
se debate sobre derechos de naturaleza
constitucional. Así, al impulsar el TC dicho
conocimiento, los jueces, fiscales y abogados
tendrán mayor posibilidad de actuar de acuerdo
a una interpretación que garantiza la defensa
de los derechos humanos y el respeto a la
Constitución (no en vano los artículos VI y
VII del Código Procesal Constitucional exigen
que los jueces interpreten y apliquen las normas
de acuerdo a los preceptos y principios
constitucionales conforme a la interpretación
que haga de ellos el TC). Pero
no sólo eso. Además de mejorar el ejercicio
jurisdiccional (“constitucionalizándolo”),
la difusión de las sentencias vinculantes
incidirá en la reducción de la carga procesal
y, por otro lado, al beneficiarse los catedráticos
de esta difusión personalizada, en cierto modo
aportará a la mejora de la educación legal
actualmente deteriorada, ajena al intento de
hacer prevalecer la Constitución y el resguardo
de los derechos fundamentales en el aprendizaje
de las diversas ramas del Derecho. Por
lo anterior, es que la iniciativa del TC es
relevante. Y en este punto, si bien son claros
los beneficios que aporta, también es cierto
que los logros esperados de este esfuerzo no sólo
está en manos del TC, ya que el medio propuesto
para difundir las sentencias vinculantes no aportará a la mejora del servicio judicial, la reducción
de la carga procesal o el ejercicio adecuado de
la defensa si es que los jueces, fiscales y
abogados no tienen voluntad para aplicar los
criterios constitucionales luego de conocerlos. |