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Lima, 20 de abril del 2006 |
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Durante los últimos días, distintos diarios han informado sobre la inminente reposición del grupo de 52 jueces y fiscales no ratificados por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) con quienes el Estado peruano ha suscrito un acuerdo de solución amistosa, bajo los auspicios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (La República, 14 y 18/04/06; Perú.21, 19/04/06). A
la vez, sin embargo, han vuelto a expresarse
suspicacias sobre los criterios que han guiado a
las autoridades gubernativas al seleccionar la
lista de quienes se beneficiarán de inmediato
con la reposición, puesto que un elevado número
de magistrados (alrededor de 100) han sido
excluidos de la misma, pese a hallarse en idéntica
situación que aquéllos. Así, según informa
un diario, uno de los afectados ha dicho que
“el Gobierno parece querer escoger a jueces
afines al toledismo, pues su reingreso alterará
la actual composición de juzgados, salas y
fiscalías desde la primera instancia hasta la
Corte Suprema” (La
República, 14/04/06). ¿Cuál
es la cuestión que se plantea ahora, tras la
homologación por la CIDH de los 52 acuerdos de
solución amistosa ya celebrados? Muy simple: es
una cuestión de transparencia y razonabilidad
en la actuación del Gobierno, que afecta
seriamente su credibilidad. En primer lugar, hay
un problema de transparencia, por cuanto el
Gobierno no ha dado a conocer los criterios
seguidos para elaborar la lista de los jueces y
fiscales hasta ahora beneficiados. Bajo
democracia y régimen constitucional, la
autoridad estatal se halla obligada a actuar a
la luz pública, exponiendo a la ciudadanía los
principios y razones que dotan de legitimidad a
sus decisiones. La
Administración del presidente Toledo viene
incumpliendo este deber en el presente caso de
los magistrados no ratificados con proceso
abierto ante la CIDH. A pesar que la Comisión
Interamericana señaló un plazo de 30 días
para que el Estado cumpla con informar sobre las
citadas razones, tanto al órgano regional de
control de los derechos humanos como a los
peticionarios (IDL patrocina, junto con CEJIL, a tres magistrados
no ratificados), el plazo acaba de vencer el 8
de abril, sin que se conozca respuesta o
manifestación por su parte. En
segundo lugar, hay también un problema de
razonabilidad, en la medida que la decisión de
suscribir los acuerdos de solución amistosa
debe estar sustentada en consideraciones
razonables y objetivas, a fin de no incurrir en
prácticas discriminatorias o, en general,
arbitrarias. Es, pues, de lamentar que el
Gobierno no pueda hasta ahora exhibir razones
suficientes para la decisión adoptada, dando
lugar a las suspicacias antes referidas, máxime
cuando entre los beneficiados por los acuerdos
se encuentra el Dr. Elmer Siclla, abogado de los
familiares del presidente Toledo (ver:
Magistrados
no ratificados ante la CIDH: ¿el gobierno
decide?). Todo
esto produce, por último, un problema de
credibilidad, dañando la imagen del Gobierno y,
por extensión, la del propio sistema de
justicia (el cual, sin embargo, no ha
reaccionado de manera adecuada en defensa de sus
fueros). ¿Es que, acaso, el Gobierno manipula
el retorno de los magistrados no ratificados por
motivos políticos que intenta ocultar o
disfrazar? ¿Hay de nuevo en el país un intento
de control político de un sector de la justicia
por parte del Gobierno? Es
claro que este problema, creado por la errática
y poco transparente actuación del Ejecutivo,
termina afectando también a las instituciones
de justicia peruanas, ya que está de por medio
el principio de independencia del Poder Judicial
y del Ministerio Público, así como el
principio de autonomía del CNM. Estas
instituciones deberían pronunciarse públicamente
en defensa de dichos principios, coadyuvando a
fijar la correspondiente posición del Estado
peruano ante el sistema interamericano. En
fin, el Gobierno del Perú debe rectificar de
inmediato la actitud que hasta ahora mantiene y
proceder a suscribir acuerdos de solución
amistosa con todos los jueces y fiscales no
ratificados que se encuentran en la misma
situación objetiva que los ya firmantes. No
hacerlo expone al país –a todo el país, no sólo
al Gobierno del presidente Toledo– a un nuevo
pronunciamiento adverso del sistema
interamericano de derechos humanos. En
particular, debe tenerse en cuenta el precedente
establecido por la Corte Interamericana de
Derechos Humanos en la reciente sentencia
emitida en el caso Acevedo Jaramillo, donde ha
indicado, invocando el principio internacional
del estoppel, que el reconocimiento de responsabilidad realizado por un
Estado ante la CIDH no puede luego ser
desconocido ante la propia Corte. Así,
pues, los líderes de las instituciones de
justicia, la sociedad civil y la prensa deben
aunar esfuerzos para evitar que se lesione la
independencia de la justicia nacional y que se
declare, una vez más, la responsabilidad
internacional del Perú por violación de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos. |