Lima, 20 de abril del 2006

Durante los últimos días, distintos diarios han informado sobre la inminente reposición del grupo de 52 jueces y fiscales no ratificados por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) con quienes el Estado peruano ha suscrito un acuerdo de solución amistosa, bajo los auspicios de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (La República, 14 y 18/04/06; Perú.21, 19/04/06).

A la vez, sin embargo, han vuelto a expresarse suspicacias sobre los criterios que han guiado a las autoridades gubernativas al seleccionar la lista de quienes se beneficiarán de inmediato con la reposición, puesto que un elevado número de magistrados (alrededor de 100) han sido excluidos de la misma, pese a hallarse en idéntica situación que aquéllos. Así, según informa un diario, uno de los afectados ha dicho que “el Gobierno parece querer escoger a jueces afines al toledismo, pues su reingreso alterará la actual composición de juzgados, salas y fiscalías desde la primera instancia hasta la Corte Suprema” (La República, 14/04/06).

¿Cuál es la cuestión que se plantea ahora, tras la homologación por la CIDH de los 52 acuerdos de solución amistosa ya celebrados? Muy simple: es una cuestión de transparencia y razonabilidad en la actuación del Gobierno, que afecta seriamente su credibilidad. En primer lugar, hay un problema de transparencia, por cuanto el Gobierno no ha dado a conocer los criterios seguidos para elaborar la lista de los jueces y fiscales hasta ahora beneficiados. Bajo democracia y régimen constitucional, la autoridad estatal se halla obligada a actuar a la luz pública, exponiendo a la ciudadanía los principios y razones que dotan de legitimidad a sus decisiones.

La Administración del presidente Toledo viene incumpliendo este deber en el presente caso de los magistrados no ratificados con proceso abierto ante la CIDH. A pesar que la Comisión Interamericana señaló un plazo de 30 días para que el Estado cumpla con informar sobre las citadas razones, tanto al órgano regional de control de los derechos humanos como a los peticionarios (IDL patrocina, junto con CEJIL, a tres magistrados no ratificados), el plazo acaba de vencer el 8 de abril, sin que se conozca respuesta o manifestación por su parte.

En segundo lugar, hay también un problema de razonabilidad, en la medida que la decisión de suscribir los acuerdos de solución amistosa debe estar sustentada en consideraciones razonables y objetivas, a fin de no incurrir en prácticas discriminatorias o, en general, arbitrarias. Es, pues, de lamentar que el Gobierno no pueda hasta ahora exhibir razones suficientes para la decisión adoptada, dando lugar a las suspicacias antes referidas, máxime cuando entre los beneficiados por los acuerdos se encuentra el Dr. Elmer Siclla, abogado de los familiares del presidente Toledo (ver: Magistrados no ratificados ante la CIDH: ¿el gobierno decide?).

Todo esto produce, por último, un problema de credibilidad, dañando la imagen del Gobierno y, por extensión, la del propio sistema de justicia (el cual, sin embargo, no ha reaccionado de manera adecuada en defensa de sus fueros). ¿Es que, acaso, el Gobierno manipula el retorno de los magistrados no ratificados por motivos políticos que intenta ocultar o disfrazar? ¿Hay de nuevo en el país un intento de control político de un sector de la justicia por parte del Gobierno?

Es claro que este problema, creado por la errática y poco transparente actuación del Ejecutivo, termina afectando también a las instituciones de justicia peruanas, ya que está de por medio el principio de independencia del Poder Judicial y del Ministerio Público, así como el principio de autonomía del CNM. Estas instituciones deberían pronunciarse públicamente en defensa de dichos principios, coadyuvando a fijar la correspondiente posición del Estado peruano ante el sistema interamericano.

En fin, el Gobierno del Perú debe rectificar de inmediato la actitud que hasta ahora mantiene y proceder a suscribir acuerdos de solución amistosa con todos los jueces y fiscales no ratificados que se encuentran en la misma situación objetiva que los ya firmantes. No hacerlo expone al país –a todo el país, no sólo al Gobierno del presidente Toledo– a un nuevo pronunciamiento adverso del sistema interamericano de derechos humanos. En particular, debe tenerse en cuenta el precedente establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la reciente sentencia emitida en el caso Acevedo Jaramillo, donde ha indicado, invocando el principio internacional del estoppel,  que el reconocimiento de responsabilidad realizado por un Estado ante la CIDH no puede luego ser desconocido ante la propia Corte.

Así, pues, los líderes de las instituciones de justicia, la sociedad civil y la prensa deben aunar esfuerzos para evitar que se lesione la independencia de la justicia nacional y que se declare, una vez más, la responsabilidad internacional del Perú por violación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
(Abraham Siles Vallejos)