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Lima, 11 de mayo del 2006 |
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El
pasado martes 9 de mayo se llevó a cabo ante el
Tribunal Constitucional (TC) la audiencia pública
sobre la demanda de inconstitucionalidad
interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima
(CAL) contra la Ley Nº 28665, ley de organización
y funciones de de la justicia militar
(Expediente Nº 0006-2006-PI/TC). Como
se recordará, recientemente el TC se pronunció
sobre la inconstitucionalidad de diversos artículos
de dicha norma, mediante sentencia de fecha 29
de marzo del 2006 (Expediente Nº
0004-2006-PI/TC), a propósito de similar
demanda de inconstitucionalidad que interpuso la
Fiscal de la Nación y que contó con el
respaldo de la Corte Suprema de la República
–que se negó a juramentar a los vocales
supremos militares– y el Consejo Nacional de
la Magistratura. La Defensoría del Pueblo también
se sumó a este casi unánime cuestionamiento y
publicó el Informe Defensorial Nº 104, que se
pronuncia también por la inconstitucionalidad
de la Ley Nº 28665. La
inconstitucionalidad de diversos artículos de
la Ley Nº 28665 es, pues, hoy en el Perú un
consenso entre las principales instituciones del
sistema de justicia y de la sociedad civil; y así
ha quedado patentado con la sentencia de fecha
29 de marzo del TC, que no hace otra cosa que
ratificar, ampliar y precisar la línea
jurisprudencial que sobre esta materia ya había
establecido con sus sentencias del año 2004.
Por ende, es previsible que la sentencia que
resuelva la demanda del CAL confirme esta
jurisprudencia. Pero
este consenso no le gusta, no es del agrado del
Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM) ni
del abogado del Congreso. Así, el actual
Presidente del CSJM, General Ramos Espinoza,
declaró ante la prensa que “no
aceptará” la sentencia del TC y que “vamos
a hacer frente a esta sentencia… Nosotros no
aceptamos la resolución del Tribunal
Constitucional porque es inconstitucional… y
en ese sentido, acudiremos al Congreso de la República
para tratar de hacer respetar la norma” (Perú.21,
21/04/06). A pesar que el General Ramos, siendo
además abogado, sabe que la última palabra
sobre la constitucionalidad o no de una ley la
tiene el Tribunal Constitucional, no el Consejo
Supremo de Justicia Militar ni el Congreso de la
República... |