Lima, 13 de julio del 2006

El 5 de julio pasado, el Congreso de la República aprobó la autógrafa de la Ley de Coordinación entre el Poder Judicial y el Poder Ejecutivo para la programación y formulación del presupuesto institucional del Poder Judicial (ver autógrafa), en virtud de la exhortación que le hiciere en diciembre de 2004 el Tribunal Constitucional, mediante la sentencia emitida en el sonado proceso de competencia signado con el Expediente Nº 004-2004-CC/TC.

La norma, luego de indicar su finalidad, y siguiendo lo señalado en la sentencia antes mencionada, soporta al tema presupuestal en el Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial, en el que se fijan políticas de corto, mediano y largo plazo, que deben servir de guía para avanzar en materia de reforma.

A partir de ello, crea el Comité de Coordinación y determina sus funciones. Este comité está conformado por el Presidente del Poder Judicial, dos vocales supremos, el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Justicia, y tiene por encargo incentivar la fluidez de la información entre las instituciones, consensuar posturas y difundir las iniciativas tomadas.

Por último, la autógrafa señala que el 31 de julio de cada año el Poder Judicial debe entregar su propuesta de presupuesto, dentro de los lineamientos por ella previstos, y siguiendo los aplicativos informáticos remitidos por el Ejecutivo.

Como puede advertirse, se trata de una autógrafa somera, que regula el camino del consenso para elaborar el presupuesto del Poder Judicial, sin marcar un procedimiento establecido, límites progresivos de ampliación de presupuesto, plazos de presentación de información, etc.

A manera de opinión inicial, consideramos que esta norma, de ser promulgada y publicada, difícilmente podrá cumplir tal función y tener un impacto relevante en la formulación del presupuesto del Poder Judicial para el ejercicio fiscal 2007, habida cuenta de la parquedad de su regulación y del pasado reciente de desencuentros entre el Judicial y Ejecutivo en esta materia, lo que hace difícil que el espacio de diálogo abierto llegue a ser fructífero.

En ese orden de ideas, ante la circunstancia de contar con una ley poco útil para el sistema, sería importante que el Ejecutivo evalúe la posibilidad de observar la autógrafa, a fin de permitir que se debata y apruebe por consenso una norma que regule con idoneidad la materia que nos convoca.
(César Bazán Seminario)