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Lima, 17 de agosto del 2006 |
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La
propuesta de retiro de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos (Corte IDH) como solución
para salvar el impedimento internacional, a fin
de reimplantar la pena de muerte para los casos
de violación a menores de edad, es algo
preocupante. Los principales motivos son tres:
en primer lugar, resulta grave que luego de la
evolución que se viene produciendo en nuestro
país en materia de derechos humanos, se vuelva
a plantear un tema que debería estar superado
(ver: Pena
de muerte: populismo penal).
En segundo lugar, la idea del
retiro de esta jurisdicción viene del
fujimorismo, una organización que durante toda
la campaña política defendió, de graves
acusaciones de violación de derechos humanos, a
su fundador: Alberto Fujimori. Recordemos que la
Corte IDH está por emitir dos fallos, uno por
el caso La Cantuta y otro por lo sucedido en el
Penal Castro Castro, ambos acontecimientos
ocurridos, en 1992, durante el mandato de
Fujimori. Es de esperar que de ambas
resoluciones se pueda derivar nuevos argumentos
para que las denuncias que pesan contra el
ex-presidente se vean reforzadas y, con ello, el
trámite de su extradición se acelere. Por
último, nos preocupa la respuesta afirmativa
desde algunos sectores del partido de gobierno a
tal propuesta, haciendo temer que exista un eco
y se tenga en cuenta tan desacertada idea como
solución a la reinstauración de la pena de
muerte en casos de violación de niños, niñas
y adolescentes. Basta mencionar las
declaraciones del congresista Javier Velásquez
Quesquén, señalando que no es un
“cataclismo” si nos retiramos de la Corte
IDH, e indicando la cantidad de dinero que hacen
perder al Estado las resoluciones de esta
instancia internacional de justicia (La
República, 15/08/06). Es
lamentable que nuevamente se sugiera esta
posibilidad y que nazca nada menos que desde la
presidencia de la Comisión de Relaciones
Exteriores. Rolando Souza, presidente de tal
Comisión y ex abogado de Fujimori, días después
de afirmar que no utilizaría la presidencia de
la Comisión para tratar algún tema relacionado
con su ex patrocinado, establece la necesidad de
iniciar un debate nacional sobre el tema, debido
a que las resoluciones de esta instancia “no
son acordes a la realidad jurídica peruana” (Perú.21,
14/08/06). A modo de recordatorio Dichos
argumentos recuerdan lo que sucedió en 1999, año
en que el gobierno de Alberto Fujimori, usando
como excusa la emisión del fallo en el caso
Castillo Petruzzi –la Corte IDH ordenó
la realización de un nuevo proceso a cuatro
terroristas chilenos condenados a cadena
perpetua y el pago de una indemnización de 10
mil dólares a cada uno de ellos- inició
un vergonzoso trámite de retiro de la
competencia de la Corte IDH. Los
argumentos, en el fondo, son los mismos
utilizados por el congresista Souza, aunque algo
más melodramáticos. Durante esa época se
mencionó que la Corte Interamericana quería
liberar a todos los terroristas (es más, que
existía un supuesto plan para esto); razón por
la que sus resoluciones estaban fuera de la
realidad y afectaban nuestra soberanía. El
tiempo descubrió lo que realmente quería el
gobierno de Alberto Fujimori con una salida de
este tipo. El gobierno buscaba evitar a toda
costa sentencias condenatorias y contundentes
contra el Estado peruano por violaciones a los
derechos fundamentales. Y no sólo de presuntos
integrantes de grupos terroristas, sino también
por casos como el retiro de la nacionalidad del
empresario televisivo Baruch Ivcher Bronstein
(febrero del 2001), y la resolución a favor de
los magistrados del Tribunal Constitucional ilegítimamente
destituidos (enero del 2001). Felizmente
con la salida-fuga del gobierno fujimorista, el
Perú reasumió su papel de Estado garante de
los derechos fundamentales y, a su vez, descartó
la propuesta de retirarse de la competencia
contenciosa de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos. El retiro de la competencia de la Corte IDH: inadmisible Empero
estos argumentos, la Corte Interamericana en su
momento indicó que la intención del Estado
peruano de retirar la competencia de este órgano
internacional era inadmisible. En dos
resoluciones emitidas, a propósito de los casos
Ivcher Bronstein y Magistrados del Tribunal
Constitucional, la Corte IDH estableció que
“La Corte Interamericana, como todo órgano de
competencia jurisdiccionales, tiene el poder
inherente de determinar el alcance de su propia
competencia”
(Corte I.D.H., Caso
Ivcher Bronstein. Competencia. Sentencia de
24 de septiembre de 1999. Serie C No. 54, párrafo
32; Caso
del Tribunal Constitucional. Competencia.
Sentencia de 24 de septiembre de 1999. Serie C
No. 55, párrafo 33). Así,
en dichas las resoluciones, esa instancia
instituyó que “la única
vía de que dispone el Estado para desvincularse
del sometimiento a la competencia contenciosa de
la Corte, según la Convención Americana, es la
denuncia del tratado como un todo”, añadiendo
que “[n]o
existe en la Convención norma alguna que
expresamente faculte a los Estados Partes a
retirar su declaración de aceptación de la
competencia obligatoria de la Corte, y tampoco
el instrumento de aceptación por el Perú de la
competencia de la Corte, de fecha 21 de enero de
1981, prevé tal posibilidad”.
Es
decir, el Estado peruano tendría que denunciar
toda la Convención Interamericana sobre los
Derechos Humanos (CADH). Sí, 82 artículos que
norman y expanden nuestras garantías
fundamentales en materia de derechos humanos, ya
que un Estado puede pronunciarse en torno a una
reserva de este tipo al momento de la ratificar
o aprobar un tratado, de acuerdo a los
establecido en el artículo 75 de la CADH, y el
artículo 19 de la Convención de Viena de 1969. Por
esta razón, con esta propuesta no sólo está
en juego la competencia de la Corte IDH, que de
por sí es un asunto importante, sino también
nuestra sujeción a la CADH, por lo que resulta
gravísimo. Tanto
el Pacto de San José como la jurisprudencia de
la Corte IDH son de obligatorio cumplimiento en
nuestro sistema jurídico (cuarta disposición
final y transitoria de la Constitución, artículo
V del título preliminar de nuestro Código
Procesal Constitucional y un sin número de
resoluciones del Tribunal Constitucional lo
establecen), y como tal se han convertido en una
garantía adicional que tenemos todos los
peruanos y peruanas de nuestros derechos
fundamentales. Qué
señal se emitiría si el Perú, en vez de
buscar solucionar sus problemas de seguridad y
una mejora en administración de justicia, opta
por retirarse de la CADH y con eso de la Corte.
Sin duda sería un total retroceso. Si
tenemos problemas de violaciones de derechos
humanos, ya sea porque nuestros niñas y niños
están indefensos, o porque se ha violado el
debido proceso a acusados por terrorismo, o
porque a los pensionistas no les pagan lo
debido, o porque no se ratificó a magistrados
de manera adecuada, es porque algo no anda bien
en nuestro sistema de justicia. No atribuyamos
problemas que se han creado dentro del Estado,
por falta de implementación políticas
adecuadas, a un órgano internacional que sólo
está haciendo su trabajo. Los derechos humanos
los tenemos todos y todas: seamos del primer
mundo o del tercer mundo. Que no nos digan que
la adecuada defensa de los derechos humanos no
se ajusta a nuestra realidad. |