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Lima, 14 de setiembre del 2006 |
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El
pasado miércoles 13 de setiembre, se reunieron
en Palacio de Gobierno, Francisco Delgado de la
Flor, presidente del Consejo Nacional de la
Magistratura (CNM) y Francisco Távara, jefe de
la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA)
con Alan García, Presidente de la República, a
fin de estudiar y plantear medidas concretas
para enfrentar sucesos bochornosos como el
ocurrido recientemente con el vocal supremo
Palacios Villar. Como
resultado de dicha reunión, y a modo de expresión
de medidas concretas, Alan García dio un
espaldarazo a los integrantes de la OCMA
nombrados por la sociedad civil –quienes
hasta el momento no han podido ejercer sus
funciones (ver: Renovación
de miembros de la sociedad civil en la OCMA)–,
y anunció que la bancada parlamentaria aprista
presentaría iniciativas para que el CNM sea
competente para imponer sanciones de toda índole
a los vocales supremos (no sólo destitución,
como viene siendo), se reduzca el plazo de
ratificaciones a 5 años y puedan realizarse
investigaciones de oficio sobre el desempeño de
los magistrados. Desde
luego, el rol que juegan tanto el CNM como la
OCMA en la reforma del Poder Judicial es
sumamente relevante, habida cuenta que el
primero marca la pauta en cuanto a la selección,
evaluación y separación del factor humano, léase
de jueces; mientras que el segundo, se encarga
de investigar disciplinariamente e imponer las
sanciones de apercibimiento, multa y suspensión
a los magistrados y también la de destitución
para los auxiliares de justicia. Por
ello, la importancia del CNM y la OCMA es
estructural, lo que determina además el nivel
de responsabilidad que tienen sobre el estado
actual de la justicia y el papel que juegan en
su reforma. De ese modo, en la hora de
definiciones de la reestructuración judicial,
es momento de repensar el rol de ambas
instituciones y plantear cambios de fondo en
ellas, así como en sus funciones: el sistema de
selección, evaluación y control disciplinario,
tal como lo propuso CERIAJUS, se discutió en el
Congreso y los actuales impulsos reformistas han
reabierto. Nos referimos a las propuestas de ley
para regular la carrera
judicial y fiscal. Sin
lugar a dudas, los tres ejes centrales de la
carrera a cargo del CNM: selección, evaluación
de desempeño y control disciplinario, son
algunos de los grandes consensos logrados por la
CERIAJUS, a los que se han plegado las
propuestas de ley en debate, y por los que deben
canalizarse los liderazgos de la OCMA y el CNM,
mostrados a la ciudadanía el miércoles pasado
y durante los últimos meses (ver: OCMA
y CNM presentan avances en materia disciplinaria).
En consecuencia, y sin aspavientos, impulsar la
carrera judicial y fiscal significa romper con
la mala costumbre nacional de poner la carreta
por delante de los bueyes y apostar, en
definitiva, por un verdadero cambio (ver: Bases
para la regulación de la carrera judicial y
fiscal). Ahora,
más allá del innegable e imprescindible
impulso a la aprobación de estas normas –que
implican el rediseño de las instituciones en
mención–, sobre el CNM y la AMAG se
encuentran varios temas pendientes que es
importante reseñar, puesto que, en su pronta y
debida resolución, encontraremos muestras
claras de voluntad política a favor del cambio
al que aspiramos. En
efecto, actualmente estamos en las postrimerías
de la ratificación de una importante decisión
del CNM en cuanto a la destitución de dos
vocales supremos provisionales que, en el caso
Roxi, vulneraron flagrantemente la cosa juzgada
(ver: Destituyen
a magistrados supremos provisionales por nuevo
caso de afectación de la cosa juzgada)
y cuya separación ya fue decidida en febrero.
Un retroceso del CNM en esta materia, no sólo
atentaría contra la contundente lógica de lo
ya resuelto, sino que, carente de argumentos jurídicos,
encresparía los ánimos ciudadanos, colocando a
la institución en el ojo de la tormenta.
Mostraría un serio retroceso en el meritorio
camino de fiscalización de la Corte Suprema,
que se iniciara auspiciosamente con la renovación
de los representantes de la sociedad civil a
comienzos del año pasado. Desde
luego, otro caso especialmente sensible es el
del vocal supremo Palacios Villar, en el que, más
allá de los avances del proceso penal –que
corre por cuerda separada– la claridad de los
hechos, impone un cuidado y celeridad apropiados
por parte del Consejo, a fin de que se le
sancione por la falta cometida. Asimismo,
es difícil desatender la percepción ciudadana
respecto a que la Corte Suprema es factor clave
en el problema de la justicia, y por tal, de su
solución. De manera, que el CNM tiene en su
campo, el deber de cubrir los puestos de esta máxima
instancia con profesionales de primer orden.
Entonces, a pesar de los infructuosos esfuerzos
anteriores –entre otras razones por falta de
candidatos idóneos–, la modificación en
marcha de su reglamento de selección es muy pertinente,
permitiendo, entre otras cosas, la utilización
más adecuada de los instrumentos de evaluación. En
lo que respecta a la OCMA, la implementación de
la participación de la sociedad civil en su órgano
decisorio requiere de la respectiva adecuación
reglamentaria, la cual viene demorada por
razones que escapan a la propia oficina de
control. Ella presentó a inicios de año la
propuesta normativa correspondiente, pero todavía
está pendiente de aprobación. En ese sentido,
es imprescindible que los órganos de gobierno
del Poder Judicial aprueben un nuevo reglamento
adecuado a los principios del derecho
disciplinario, en los que se encuentra el debido
proceso, a fin de levantar el corsé normativo
actual. En
conclusión, el liderazgo de la OCMA y el CNM
debe apuntar a los cambios estructurales que
requiere la administración de justicia, es
decir un adecuado sistema de selección,
evaluación de desempeño y control
disciplinario de magistrados, como componentes
de la carrera judicial y fiscal. Empero, en ese
camino, hay muestras inmediatas de voluntad política
en el campo de ambas instituciones que deben
servir de escalones para arribar finalmente a la
referida regulación integral. |