JUEZ DE DDHH ORDENA DETENCIÓN DE FUJIMORI
 

El Segundo Juzgado Supraprovincial Penal de Lima acaba de dictar una orden de detención contra Alberto Fujimori Fujimori, en el proceso que se le sigue por el asesinato de por lo menos 42 internos vinculados a Sendero Luminoso en mayo de 1992.

En este proceso judicial, abierto hace algunos meses atrás por el mencionado juzgado supraprovincial penal, se encuentran comprendidos varios efectivos de la Policía Nacional y miembros del Servicio de Inteligencia Nacional, por su participación en calidad de autores materiales del delito de homicidio calificado en agravio de un grupo de internos que, en mayo de 1992, se resistieron al traslado de penal que el gobierno había dispuesto. Alberto Fujimori está considerado como instigador.

En el curso de las investigaciones preliminares desarrolladas por el Ministerio Público, se acopió diversos elementos de prueba que determinaron que el ex Presidente no sólo estuvo en el lugar de los hechos, sino que impartió órdenes para que los internos, especialmente aquellos identificados como dirigentes del grupo terrorista Sendero Luminoso, sean ejecutados luego que habían iniciado negociaciones con la policía.

Como se recuerda, este proceso fue formalizado por la 5ª Fiscalía Supraprovincial Penal de Lima ante el sub sistema penal de derechos humanos, toda vez que la denuncia se presentó luego de haber transcurrido más de cinco años del término del mandato presidencial, que es el plazo constitucional establecido para que los hechos presuntamente delictivos cometidos por Alberto Fujimori sean investigados y juzgados únicamente por la Corte Suprema de Justicia.

Si bien el proceso judicial instaurado contra Fujimori Fujimori se inició sólo con mandato de comparecencia, el hecho de que este procesado no haya asistido a las reiteradas citaciones para rendir su declaración instructiva determinó al juez Omar Pimentel disponer el mandato de detención en su contra.

Inmediatamente, la prensa ha dado cuenta que el mencionado juez supraprovincial penal, en ejercicio de sus atribuciones legales, ha dispuesto que la Policía Nacional y la INTERPOL ubique y capture al procesado Alberto Fujimori.

Ahora bien, todo el Perú sabe perfectamente que el procesado Fujimori Fujimori vive en el barrio Las Condes, de Santiago de Chile, razón por la cual el Ministerio Público o los abogados de los agraviados deberán hacer conocer con todas las formalidades de ley al juez Pimentel ese dato elemental; ello con la finalidad de que el segundo juzgado supraprovincial penal inicie los procedimientos de extradición sobre la persona de Alberto Fujimori ante las instancias judiciales de Chile. Inclusive existen todas las posibilidades de que se solicite -nuevamente- a Chile la detención del procesado Fujimori para fines de un nuevo proceso de extradición.

La otra posibilidad es que el juzgado espere pacientemente la resolución del proceso de extradición, actualmente en trámite en la Corte Suprema chilena.

Sea cual fuere la estrategia que el juzgado y la fiscalía supraprovincial penal definan para el presente, no cabe duda que este nuevo proceso penal y la orden de detención emitida recientemente se convertirán en un problema judicial grave y muy complejo que el procesado Fujimori y su defensa deberán enfrentar, y en el que -más temprano que tarde- tendrá que rendir cuentas ante la justicia.
(Carlos Rivera Paz)