CASO LA CANTUTA: JUSTICIA MILITAR NO ACATA
SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA

 

07 de junio del 2007

El 29 de noviembre del 2006, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió su sentencia en relación al caso de La Cantuta. Esto, en base a la demanda contra el Estado peruano presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la que se referían a la presunta violación del derecho a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a las garantías judiciales y a la protección judicial de nueve estudiantes y un profesor integrantes de la Universidad "Enrique Guzmán y Valle", La Cantuta.

En dicha sentencia, que tuvo como base el allanamiento del Estado Peruano, la Corte (párrafo 198) ".. declaró que el Estado es responsable por la violación de los artículos 4.1. (Derecho a la Vida), 5.1 y 5.2. (Derecho a la Integridad Personal) y 7 (Derecho a la Libertad Personal) de la Convención, en perjuicio de los estudiantes y el profesor de la Universidad La Cantuta. Estableció además, en su sentencia, que se violó los derechos consagrados en los artículos 5.1., 8.1. y 25, en perjuicio de los familiares de esas personas ." .

En el párrafo 207 de la sentencia, la Corte señaló ". que la derivación irregular de las investigaciones al Fuero Militar constituyó un incumplimiento por parte del Estado de su obligación de investigar y en su caso juzgar y sancionar, a los responsables de los hechos y una violación del derecho a las garantías judiciales consagrado en el artículo 8.1. de la Convención, esto en perjuicio de los familiares de las víctimas .." . De tal manera (párrafo 226), ". en cumplimiento de su obligación de investigar y en su caso sancionar a los responsables de los hechos, el Estado debe remover todos los obstáculos, de facto y de jure, que mantengan la impunidad, y utilizar todos los medios disponibles para hacer expedita la investigación y los procedimientos respectivos y así evitar la repetición de hechos tan graves como los presentes. El Estado no podrá argüir ninguna ley ni disposición de derecho interno para eximirse de la orden de la Corte de investigar y, en su caso, sancionar penalmente a los responsables de los hechos de la Cantuta..., el Estado no podrá volver a aplicar las leyes de amnistía, las cuales no generarán efectos en el futuro..., ni podrá argumentar prescripción, irretroactividad de la ley penal, cosa juzgada, ni el principio non bis in idem, o cualquier excluyente similar de responsabilidad, para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables. Por ende, también deberán activarse, según corresponda, las investigaciones pertinentes contra quienes fueron investigados, condenados, absueltos o cuyas causas fueron sobreseídas en los procesos penales militares .." .

A pesar de lo dispuesto por la Corte Interamericana, el Consejo Supremo de Justicia Militar se ha negado a anular la sentencia absolutoria en el juicio que habían seguido el año 1994 contra Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás de Bari Hermoza y Luis Pérez Documet, juicio que se desarrolló de manera irregular y sin las garantías del debido proceso para las víctimas. Esta resolución de la justicia militar, que preside el Gral EP Juan Pablo Ramos Espinoza, es atentatoria del derecho de las víctimas del caso La Cantuta, en especial de lo dispuesto por la sentencia, y vulnera los compromisos internacionales asumidos por el Estado Peruano.

Dicha resolución ha provocado la reacción de diferentes personalidades. Uno de los primeros fue el Presidente del Tribunal Constitucional, doctor César Landa Arroyo, quien señaló que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso La Cantuta debe ser cumplida por el Consejo Supremo de Justicia Militar (CSJM), pues así lo establecen la Constitución y los tratados internacionales firmados por el Perú. "La aplicación de esta sentencia de la CIDH está dentro del marco de nuestro régimen jurídico y los organismos nacionales deben cumplirlas y no evadirlas", sostuvo Landa en el programa No Hay Derecho de Radio San Borja.

Al respecto, el Fiscal Coordinador de las Fiscalías Supranacionales para casos de Derechos Humanos, Víctor Cubas Villanueva, señaló que: "Si el Consejo Supremo de Justicia Militar decidió no anular la sentencia que absuelve a Vladimiro Montesinos, y los generales Nicolás de Bari Hermoza y Luis Pérez Documet, el Ministerio Público debe ampliar la denuncia en contra de estos personajes e incluirlos en el caso de la matanza de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad Enrique Guzmán y Valle.". "No habría ningún inconveniente de tipo legal para que el fiscal del fuero común amplíe la denuncia contra los imputados que no fueron comprendidos en este proceso (La Cantuta), porque los juicios, en base a los cuales no fueron denunciados son nulos, carecen de efecto jurídico y además las amnistías fueron declaradas inejecutables por la jurisprudencia internacional.", manifestó igualmente en al programa No Hay Derecho de Radio San Borja.

Del mismo modo se pronunció el doctor Samuel Abad, Primer Adjunto de la Defensoría del Pueblo, quien calificó como una decisión desacertada, que el Consejo Supremo de Justicia Militar no haya decidido anular el fallo que favorece a Vladimiro Montesinos y otros implicados en el caso La Cantuta y aclaró que dicho tribunal no tiene competencia en materia de derechos humanos. Señaló que es importante tener en cuenta que independientemente de este fallo, igual puede iniciarse un proceso ante el fuero ordinario. "El Ministerio Público debería investigar y el Poder Judicial asumir estos hechos e iniciar el proceso correspondiente. La indebida competencia que asumió la Justicia Militar y la inexistencia de un pronunciamiento en materia de derechos humanos no tiene ningún valor y por lo tanto esta competencia usurpada carece de valor alguno" aseguró en el programa No Hay Derecho de Radio San Borja.

Desde el Ministerio de Justicia se pronunciaron la Ministra, doctora María Zavala, quien sostuvo que "La resolución del Consejo Supremo de Justicia Militar de no anular el proceso seguido en dicho fuero por el crimen La Cantuta, no es ningún obstáculo para que el fiscal formalice denuncia y el juez abra proceso contra Vladimiro Montesinos." (La República, 07/06/07). Asimismo, el Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos, Luis Salgado, no descartó la posibilidad de denunciar constitucionalmente a los miembros del Consejo Supremo de Justicia Militar.

Es evidente el repudio que ha ocasionado la resolución emitida por la justicia castrense. Pero como han señalado las diferentes personalidades, es necesaria una inmediata reacción del Ministerio Público en su rol de defensor de la legalidad y responsable de la acción penal. La participación en un crimen como el de La Cantuta no puede ni debe quedar impune. Todos los implicados deben ser investigados, procesados y sentenciados, es una forma de resarcir el tremendo daño ocasionado a las víctimas y al país.
(Antonio Salazar García)