Nuevamente la Corte Superior de Huaura se pone en el ojo de la tormenta, el 23 de noviembre último se hizo público el fallo de la Sala Penal Permanente de este distrito judicial que, por tres votos contra dos, revocaba la sentencia emitida por la jueza Rosa Gómez en contra de José Enrique Crousillat López Torres, y le ordenaba investigar las circunstancias en que se dictó la condena contra el ex empresario televisivo, razón por la cual existe gran preocupación por la posibilidad de que se anule la sentencia de ocho años de prisión efectiva dictada contra éste (Perú.21, 03/23/07).
De confirmarse esta información, esta decisión sería la segunda a favor (al menos en lo que se tiene conocimiento) que consigue un procesado por corrupción dentro de esta Corte Superior. Como se recordará en la quincena de noviembre el juez provisional del Primer Juzgado Penal Transitorio de Huaral, Edgard Chávez Leonardo, declaró fundado un pedido de hábeas corpus, que buscaba la excarcelación de Moisés Wolfenson (ver: ¿Nuevo escándalo en lucha anticorrupción?: preocupante resolución a favor de Moisés Wolfenson); decisión que, tras el escándalo, sería revocada por la instancia superior (ver: Caso Wolfenson II: Alan García, compañero presidente y… abogado).
La estrategia legal del abogado de José Crousillat, Jorge Castro, parece ser la misma que la del abogado de Moisés Wolfenson: la interposición de un hábeas corpus debido a la afectación de los derechos de libertad; sólo que esta vez, en vez de alegar un exceso de carcelería, el asesor invocó la violación del derecho al debido proceso durante el desarrollo del juicio. Según declaraciones del abogado Castro, su representado habría sido sentenciado sin haber rendido su instructiva (La República, 24/11/07), hecho que afectaría el debido proceso de su causa penal.
Ante esta nueva sentencia polémica, la Oficina de Control de la Magistratura (OCMA) ya tomó rápidamente conocimiento y ha ordenado investigar a los vocales Alberto Vásquez, Néstor Riveros y Juan de Dios León, quienes, con su fallo, habrían obligado a la jueza Gómez a admitir nuevamente el hábeas corpus a favor del ex broadcaster televisivo, en contra su inicial decisión, e instándole a seguir las pautas de éstos, pues los tres magistrados presumen que se le habrían vulnerados sus derechos al procesado (La República, 24/11/07 y Perú.21, 03/23/07).
Este nuevo hecho refuerza la impresión de que esta Sala Penal de la Corte de Huaura se estaría jugando a favor de los sentenciados por corrupción adecuando la ley de forma muy cuestionable. Pues resulta, por lo menos delicado, que normas procesales (artículo 28 del Código Procesal Constitucional) que tienen por finalidad facilitar el acceso a las garantías constitucionales de las personas con menos recursos y con mayor afectación a sus derechos, sirvan para que procesados interpongan recursos, de manera indiscriminada, en instancias judiciales con la finalidad de encontrar una decisión a su favor.
Finalmente hay que indicar que, lamentablemente, la actuación de este colegiado refuerza la sensación negativa que la mayoría de la población peruana tiene del Poder Judicial, que, con estos hechos, se presenta como una institución en donde la persona con poder y dinero saldrá mejor atendido y beneficiado, aunque no le toque.
(Lilia Ramírez Varela)
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