| Durante estas últimas semanas, la Comisión de Defensa del Congreso de la República ha colocado sobre el tapete la discusión de un Proyecto de Ley presentado por la bancada aprista que versa sobre la organización y funciones de la justicia militar. El resultado del debate fue la aprobación por unanimidad del dictamen de la ley, cuyo contenido toma como fuente principal el proyecto presentado por el APRA.
Este hecho es preocupante, en tanto el proyecto de la ley orgánica de justicia militar, sobre el que se fundamenta el dictamen, estructura la organización del fuero militar siguiendo patrones y modelos de leyes anteriores que ya fueron declarados inconstitucionales y expulsadas del ordenamiento por el Tribunal Constitucional, por no ajustarse a los estándares mínimos de un Estado Constitucional de Derecho.
En efecto, en el proyecto de ley se insiste en que los jueces y fiscales del fuero militar sean militares o policías en situación de actividad, tema en el que el Congreso se aparta de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional que reiteradamente ha señalado que una disposición de este tipo afecta los principios de independencia y separación de poderes. Es incompatible con la independencia judicial la pertenencia y sujeción, simultánea, a una organización jerárquica y disciplinada como las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional.
Asimismo, el proyecto continúa manteniendo la inconstitucional figura de un Ministerio Publico Militar Policial que funciona como una entidad autónoma e independiente respecto del Ministerio Público, a pesar que este extremo ha sido declarado inconstitucional en las sentencias recaídas en los expedientes 0004-2006-PI/TC y 0006-20006-PI/TC.
Igualmente, otro de los temas cuestionables es que, al igual que la ley 28665, se promueva la existencia de un cuerpo jurídico militar policial a partir del cual se selecciona a los jueces y fiscales del fuero castrense y que se encuentra conformado únicamente por personas que, además de contar con el título de abogado, deben tener necesaria formación militar policial.
Una disposición de este tipo, tal y como ha establecido el Tribunal Constitucional en la sentencia recaída en el expediente 0006-2006-PI/TC, atenta contra el principio de igualdad. En efecto, el hecho que se pretenda que solo puedan ejercer el cargo de juez o fiscal aquellos que se encuentran vinculados a los institutos armados porque han realizado la carrera militar o policial mas no los ciudadanos que, habiendo tenido una óptima especialización en derecho penal militar, no han participado de la "vivencia militar", es inconstitucional, pues afecta el principio en mención.
Ahora bien, no cabe duda que los temas abordados aquí son de fundamental importancia ya que de aprobarse el dictamen, nuevamente tendríamos una ley que se apartaría totalmente de la jurisprudencia del máximo intérprete de la Constitución. Asimismo, quedaría demostrado -una vez más- la escasa voluntad del Congreso para resolver una situación que, efectivamente, configura un estado de cosas inconstitucional y que más bien lo que busca es mantener un modelo de fuero castrense totalmente opuesto a los estándares y garantías mínimas (con las que debe contar cualquier órgano que ejerza funciones jurisdiccionales).
Esperamos que el Congreso de la República tome conciencia de la importancia de emitir una ley de organización y funciones de la justicia militar que asegure los principios básicos de independencia, imparcialidad e igualdad, en tanto éstas son garantías de la labor jurisdiccional y derecho de los justiciables, así como la autonomía del Ministerio Publico y las atribuciones constitucionales del CNM.
De otro lado, esta semana ha habido declaraciones públicas del General EP Juan Pablo Ramos Espinoza, Presidente del Consejo Supremo de Justicia Militar, en las que señala que organizaciones no gubernamentales promueven la desaparición del fuero militar. Estas declaraciones no tienen asidero alguno, y no tienen otro propósito que desinformar a la opinión pública, pues la posición de las organizaciones no gubernamentales -al contrario de lo que declara Ramos Espinoza- más bien plantea la adecuación de la justicia militar a los parámetros constitucionales y de derechos humanos.
(Natalia Torres Zúñiga) |