| La situación de la reforma procesal penal a nivel nacional es preocupante, principalmente por dos motivos:
I. Ausencia de información y de debida planificación
Para poder hacer un balance detallado de la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP), a nivel cuantitativo y cualitativo, se debe contar con información muy concreta tanto de los distritos judiciales que ya comenzaron la aplicación del NCPP como los que se están preparando para ello.
Los distritos judiciales que ya comenzaron la aplicación son cuatro: Huaura, Tacna, Moquegua y La Libertad. En estos casos, como mínimo, se requeriría contar con la siguiente información:
Información sobre la preparación: cursos de capacitación, presupuesto otorgado, cambios organizacionales y gastos en infraestructura y tecnología.
Producción y celeridad: cantidad de casos ingresados y resueltos, de decisiones adoptadas por entidad y por órganos, duración de los procesos y de sus etapas, cantidad de procedimientos especiales resueltos.
Calidad de la actuación de funcionarios públicos: número de apelaciones interpuestas y sentido de lo resuelto, número de quejas presentadas contra funcionarios públicos, evaluación de las actuaciones en las audiencias.
Calidad de decisiones. Es preciso revisar muestras de sentencias, autos, resoluciones -entre otras-, a fin de analizar su idoneidad.
A su vez, son seis los distritos judiciales que comienzan, como máximo, hasta inicios del 2009: Arequipa y Lambayeque (en octubre de este año) y Cañete, Ica, Tumbes y Piura (primeros meses de 2009). En estos casos, como mínimo, se requeriría contar con la siguiente información:
Presupuesto y gasto. Se requiere saber cuánto se tiene, cuánto se va a pedir, en qué se va a gastar o en qué se ha gastado (capacitación, infraestructura, recursos tecnológicos, entre otros).
Plan de capacitación y aumento de recursos humanos. Tanto a nivel de jueces, fiscales, abogados y policías, como a nivel de personal administrativo. Se necesita saber cuántas capacitaciones han tenido, cuántas van a tener y cuál ha sido el contenido de las mismas. Asimismo, es necesario saber qué criterios se han seguido para la selección del nuevo personal.
Modificaciones organizacionales, normativas y órgano interinstitucional. Las diferentes entidades del sistema de justicia deben establecer cambios organizacionales a fin de operar eficientemente. Asimismo, es necesario ir adoptando normas (circulares, manuales, entre otros), que fijen criterios comunes. Para ello, es esencial la coordinación interinstitucional.
Lamentablemente, no es posible a la fecha contar con la información que hemos indicado, de manera adecuada. Basta revisar las diferentes páginas web de muchas de las Cortes Superiores para corroborar esta información.
¿Cuál es la consecuencia de lo dicho en el párrafo anterior? Que no se puede saber qué problemas están teniendo lugar. Ello es perjudicial no solo para los que ya comenzaron con la aplicación del NCPP -porque no pueden solucionar sus problemas-, sino también para los que van a comenzar pronto, porque no pueden prevenir los problemas que han tenido otras cortes. Así, no se respeta la lógica de la progresividad, esto es: que unos aprendan de otros y cada vez la aplicación sea mejor.
El balance del distrito judicial de Huaura (ver: La aplicación del Nuevo Código Procesal Penal en Huaura. Una experiencia positiva) ha demostrado que, aun cuando la aplicación es positiva (en este caso, principalmente por el impulso de los propios operadores), existen diversos problemas que deben ser abordados. Estos problemas, evidentemente, pueden aumentar en distritos judiciales con mayor carga. Lamentablemente, salvo algunas excepciones, la experiencia no se está teniendo en cuenta para establecer planes de implementación debidamente diseñados. Ése es el caso, por ejemplo, del distrito judicial de La Libertad que no ha tomado en cuenta a Huaura como ejemplo (incluso rechazando invitaciones) y, a pesar de tener un año de aplicación, aun no brinda adecuadamente la debida información respecto de cómo va la reforma en su distrito judicial, lo que, sumado a determinadas versiones que llegan desde la sociedad civil, da cuenta de la existencia de ciertos problemas.
Así, no existe debida información y, aun aquella con la que se cuenta, no se usa debidamente.
II. Corriendo en la aplicación, sin información
Como señalamos a inicio del año (ver: Una nueva modificación del cronograma de aplicación del NCPP que preocupa), a pesar de que no se cuenta con información clara (salvo la de Huaura, que, como hemos dicho, no se aprovecha bien) y de que no existen planes que, sobre esa base, planteen cómo comenzar en aquellos distritos que aun no están aplicando el NCPP, el Presidente García promovió que se adelantaran todas las fechas. Fue tan absurda la medida que nos obligó a preguntarnos:
"A Cañete e Ica se les ha adelantado un año; Ancash y Santa, dos años y medio; Huánuco, Pasco y Madre de Dios, más de tres años; Loreto y Ucayalli, tres años. Nos preguntamos, por poner solo un ejemplo, si Huánuco tenía programado aplicar en Nuevo Código Procesal Penal en el 2012, ¿podrá hacerlo de modo adecuado a mediados del próximo año?".
A pesar de que es evidente el error, la intensión de seguir acelerando la reforma sin planificación debida, continúa y ya, a partir del discurso presidencial, se habla de una segundo adelanto de las fechas. Esto, evidentemente, preocupa.
¿Qué hacer?
Cosas muy concretas para que la aplicación esté bien encaminada, entre ellas:
Implementar un software en todos los distritos judiciales que permita, como en Chile, contar con información clara y específica.
Establecer mecanismos que sirvan para que esa información sea puesta en conocimiento de la ciudadanía (transparencia), así como para que pueda ser evaluada a nivel cuantitativo y cualitativo. Ello permitiría luego adoptar los correctivos del caso.
De parte del gobierno y de los altos funcionarios del Poder Judicial, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y del Interior, se deben exigir planes de trabajo debidamente fundamentados y presupuestados que incluyan planes de capacitación, aumento de infraestructura, cambios organizacionales, niveles eficientes de coordinación interinstitucional, entre otros. El dinero que, coherentemente con su discurso, debe dar el Poder Ejecutivo, debería tener como presupuesto dichos planes.
Es lamentable que un tema de tanta importancia como la reforma procesal penal se tome como un modo de tener algo más que decir en un discurso presidencial, y no como un cambio sustancial que exige esfuerzo y planificación. Esperamos, sin embargo, que el esfuerzo de los distritos judiciales, junto con el de otras entidades de gran relevancia dentro del sistema de justicia (como la AMAG y las facultades de derecho, por ejemplo), terminen por sacar la reforma adelante.
(Fernando Del Mastro Puccio) |