EL PERÚ ANTE EL SISTEMA INTERAMERICANO:
ENTRE EL DESINTERÉS Y LA IMPROVISACIÓN

 

07 de agosto del 2008

Al revisar la relación actual del Estado peruano con el Sistema Interamericano llama la atención una grave omisión: el gobierno del presidente Alan García carece de una política de derechos humanos[1] dentro de la cual, una parte importante debería estar dedicada a la política del gobierno ante los órganos del Sistema Interamericano, al menos por una razón estadística: Perú es el país del continente con el mayor número de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte): (23)[2], las cuales se encuentran en etapa de supervisión de cumplimiento de sentencia, y es el país que mayor número de denuncias ha recibido en los últimos dos años ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): en el 2006 se presentaron 304 denuncias y la CIDH abrió quince peticiones contra Perú[3]; en el 2007 se recibieron 290 denuncias y la CIDH le comunicó 33 peticiones al Estado[4].

Frente a este panorama, ni el primer Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Derechos Humanos designado por el gobierno de Alan García, Luis Alberto Salgado Tante, ni el actual, Luis Augusto Alarcón Quintana, -para no mencionar el fugaz paso de Miguel Facundo Chingel- han informado al país o a los órganos del Sistema sobre la política gubernamental para atender este volumen de denuncias, peticiones en trámite ante la CIDH, y sentencias pendientes de cumplimiento ante la Corte.

En los dos años del gobierno de Alan García, además de las 48 peticiones abiertas, que hacen parte de los 177 casos actualmente en trámite ante la CIDH[5], ésta ha aprobado tres informes de admisibilidad[6], uno de los cuales fue decidido sin las observaciones del Estado debido a su falta de respuesta[7]; y ha enviado dos demandas ante la Corte: el 1 de abril del 2008 la CIDH envió el caso de la Asociación de Cesantes y Jubilados de la Contraloría General de la República[8] y el 11 de julio pasado envió el caso de la desaparición forzada de Keneth Ney Ansualdo[9].

No tener una política estatal ante el Sistema Interamericano con objetivos definidos y acciones concretas que sirvan de guía para atender los casos oportuna y adecuadamente, además de perjudicar a las víctimas de las violaciones de derechos humanos, tiene evidentes costos políticos y grandes costos económicos para el país. Para citar solo un ejemplo, si el Perú hubiera atendido las recomendaciones de la CIDH respecto del caso de la Asociación de Cesantes y Jubilados de la Contraloría General de la República, habría podido evitar el envío del mismo a la Corte. Su omisión no sólo implicará otra sentencia más en que la Corte vuelva a recordar que el incumplimiento de sentencias judiciales constituye una violación de las obligaciones internacionales del Estado, sino que el monto que este tenga que pagar como consecuencia de la sentencia que en su momento emita la Corte sea muchísimo más alto que el que se adeudaba en el 2001, cuando el Tribunal Constitucional ordenó el pago a 273 personas de montos pensionarios que no habían sido, y aún no han sido, pagados. Hasta un lego en finanzas sabe que la falta de pago de una obligación dineraria únicamente crece si pasan los años y ésta sigue sin cancelarse.

La falta de parámetros oficiales en la conducta a seguir ante los órganos del Sistema, permite que sean la improvisación y los cálculos políticos de corto plazo frente a los actores internos los que guíen y determinen las decisiones y acciones ante el SIDH. Así, estrategias claramente perjudiciales para el Estado como la satanización de figuras procesales legítimas como el allanamiento -al parecer inspirada en la lógica de cuestionamiento del gobierno anterior- son las que terminan prevaleciendo en la gestión gubernamental ante el SIDH. El allanamiento no sólo es tomado por la Corte como una contribución positiva de los Estados a la vigencia de los principios que inspiran la Convención Americana, sino que, realizado apropiadamente, puede contribuir a poner fin a las controversias ante los órganos del Sistema, como ocurre cada vez con más frecuencia en varios Estados del continente. Así, en dos de los casos concluidos por la Corte en el último año, respecto de otros países, los Estados se han allanado: Colombia, en el caso Escué Zapata, y Argentina, en el caso Kimel.

A la ausencia de una política pública de derechos humanos se suma la falta de voluntad política para cumplir con el Plan Nacional de Derechos Humanos adoptado durante el gobierno del presidente Alejandro Toledo, que contiene una política estatal en esta materia. Así, en lo que se refiere a una política que guíe la gestión gubernamental ante el Sistema Interamericano, el gobierno de Alan García no sólo no ha avanzado sino que ha retrocedido respecto del lugar en que estábamos al finalizar el gobierno anterior.

Por otra parte, en cuanto a las acciones que reflejan la postura del gobierno frente a los órganos interamericanos, encontramos, en estos dos años, signos y señales preocupantes: 1) la presentación de un proyecto de ley sobre pena de muerte, que implicaba una violación de las obligaciones internacionales contraídas por el Perú; 2) las recurrentes propuestas de funcionarios del gobierno de retirarse de la competencia de la Corte, 3) las propuestas de integrantes del gobierno de crear una segunda instancia en la Corte Interamericana; 4) los llamados de miembros del gabinete ministerial y del propio vicepresidente de la República a incumplir las sentencias de la Corte.

Si bien estas propuestas no se han traducido en propuestas oficiales del gobierno ante la OEA, sí reflejan el temperamento del mismo frente al Sistema, y el desprecio por el Estado de Derecho y el orden jurídico internacional.

Por otra parte, el Estado peruano ha presentado propuestas de reforma de los reglamentos de la CIDH y la Corte que, entre otros aspectos, pretenden que los tribunales nacionales fijen el monto de las reparaciones en los casos ante la Corte y que, ante las demoras de la CIDH en emitir informes de admisibilidad, opere la figura del silencio administrativo negativo. Además de reflejar un gran desconocimiento del derecho internacional, estas propuestas buscan debilitar el Sistema Interamericano, restarle autonomía y someterlo al derecho interno.

Así, el desconocimiento de cómo funcionan las instancias y procedimientos internacionales, la falta de definición de una política ante el SIDH, la improvisación, la sujeción de las decisiones a las lógicas de la política interna, han determinado la manera de relacionarse con los órganos interamericanos. Es ésta una fórmula que garantiza seguir aplazando la reparación de las víctimas, seguir aumentando el número de sentencias de la Corte interamericana contra el Perú, y seguir generando mayores costos políticos y económicos para el Estado.
(María Clara Galvis)

[1] Durante los dos primeros años del gobierno del presidente Alan García no ha sido anunciada ni publicada la adopción de una política de derechos humanos ni de una política ante el Sistema Interamericano. En la página de Internet de la Presidencia de la República (www.presidencia.gob.pe) y del Ministerio de Justicia (www.minjus.gob.pe) no aparece información alguna en este sentido. Dentro de los "lineamientos de la política exterior peruana", publicados en el sitio de Internet del Ministerio de Relaciones Exteriores (ver: enlace), se menciona "el afianzamiento de la gobernabilidad democrática y la defensa y protección internacional de los derechos humanos" como el segundo lineamiento. En la parte sobre derechos humanos de la sección de promoción de la democracia y defensa de los derechos humanos se señala como lineamiento "promover el fortalecimiento de los sistemas internacionales de protección de derechos humanos a los cuales el Perú está integrado". Sin embargo, más allá de estas afirmaciones y de una referencia genérica a que "Perú otorga la mayor atención tanto al Sistema Interamericano de Derechos Humanos que comprende la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CDH) y las relatorías ad-hoc, como al Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos que se desarrolla a nivel de las Naciones Unidas que comprende a la Oficina de Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos" no se detallan ni se explican las políticas, acciones o mecanismos que concretarían esa "mayor atención" al SIDH y el objetivo de fortalecerlo.
[2] Le siguen Guatemala y Colombia con once y nueve sentencias, respectivamente.
[3] Cfr. http://www.cidh.org/annualrep/2006sp/cap3.2006.sp.htm
[4] Cfr. http://www.cidh.org/annualrep/2007sp/cap3ab.sp.htm
[5] Ídem.
[6] Se trata de los informes de admisibilidad adoptados mediante los informes 10/07 (caso 735/05); 42/07 (caso 156/05); y 58/07 (caso 1101/05).
[7] "la Comisión Interamericana procede a dejar constancia de que a la fecha de elaboración del presente informe referido a la admisibilidad de la petición Nº 1101-05 bajo estudio, presentada por Miguel Orlando Vera Navarrete, el Estado peruano se abstuvo de presentar su respuesta a la referida petición transmitida mediante comunicación de fecha 4 de octubre de 2005, como así también de presentar observaciones referidas a las informaciones que le habrían remitido posteriormente". CIDH. Informe No 58/07 de 25 de julio de 2007. Petición 1101-05. Gabriel Orlando Vera Navarrete vs. Perú.
[8] Comunicado de prensa de la CIDH No 18/08.
[9] Comunicado de prensa de la CIDH No 31/08.