LAS RATIFICACIONES DE MAGISTRADOS SUPREMOS:
UNA EVALUACIÓN CON SUS BEMOLES

 

28 de agosto del 2008


El Consejo Nacional de la Magistratura está próximo a convocar para proceso de ratificación a 6 magistrados supremos. La convocatoria no sólo despierta especial interés por el resultado en sí de la evaluación (es decir, si se quedan o se van); sino además por el hecho de que los llamados son magistrados supremos que dirigen instituciones del sistema de justicia. Ello hace que el CNM deba “adecuar” sus criterios de evaluación y agudizar su criterio de objetividad.

Lo dicho, “adecuar” los criterios de evaluación y agudizar la objetividad en el proceso, son los actuales retos del Consejo. El primero surge a raíz de las labores que los magistrados supremos han realizado (con motivo de su cargo) en puestos especiales del Poder Judicial o externos a él. Así, por ejemplo, si de acuerdo al reglamento actual de ratificaciones, las resoluciones a evaluarse puede ser sentencias, autos que ponen fin al proceso, autos en medidas cautelares o dictámenes (salvo para fiscales adjuntos); el Consejo podría considerar para el caso de los magistrados supremos Francisco Távara y Elcira Vásquez, las resoluciones disciplinarias en las que hayan participado, a partir de su trabajo en la Oficina del Control de la Magistratura (OCMA). De igual forma, el CNM habrá de considerar cuáles son las resoluciones a evaluar para el caso de Enrique Mendoza, actual Presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE); a fin de analizar adecuadamente su desempeño en el ejercicio de su función.

Paralelo a lo anterior, los procesos de ratificación de magistrados supremos próximos, considerando además que Almenara Bryson será entrevistado el 09 de septiembre próximo, representan una prueba de fuego para la objetividad de la evaluación, la adecuada ponderación y la independencia del examinador. Ello, no sólo porque el Consejo ha de sortear la grave deficiencia de su reglamento de ratificaciones en pos de una evaluación objetiva y verificable que es garantía de un proceso de evaluación ajeno a la arbitrariedad (el actual reglamento, por ejemplo, no establece el peso de cada uno de los rubros de evaluación, ni mínimos de aprobación en cada uno de ellos); sino porque además, el CNM habrá de valorar con absoluta imparcialidad e independencia a quienes ejercen la dirección de importantes instituciones del sistema de justicia, como el Presidente del Poder Judicial, la Jefa de la Oficina de Control de la Magistratura, la Fiscal de la Nación y el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones.

La ciudadanía, por supuesto, tiene un importante rol de fiscalización que cumplir en estos procesos de ratificación, aportando sus conocimientos sobre la actuación de los magistrados, así como monitoreando la evaluación a realizarse por el Consejo. Respecto de lo primero, los ciudadanos contamos en principio con 10 días a partir del día de publicación de la fecha de inicio del proceso de ratificación. Los magistrados sobre los que debemos aportar información son los siguientes:

  1. Francisco Távara (nombrado magistrado supremo en el 2001). Hoy es el Presidente de la Corte Suprema.
  2. Elcira Vásquez (ratificada como vocal supremo en el 2001). Hoy es Jefa de la OCMA.
  3. Enrique Mendoza (nombrado como magistrado supremo en el 2001). Hoy es Presidente del JNE).
  4. Hugo Sivina (ratificado como vocal supremo en el 2001, ex presidente de la Corte Suprema).
  5. Gladys Echaíz (nombrada como fiscal suprema en el 2001). Hoy es la Fiscal de la Nación.
  6. Javier Román Santisteban (ratificado como vocal supremo en el 2001). Hoy es integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Sin duda, los procesos de ratificación que se avecinan son de especial relevancia, tanto para la administración de justicia como para el Consejo Nacional de la Magistratura del que se espera, esté a la altura de las circunstancias.
(Cruz Silva Del Carpio)