ACCESO A LA JUSTICIA Y SEGURIDAD CIUDADANA: UN BALANCE DE LOS JUZGADOS DE PAZ LETRADOS EN COMISARÍA

 

18 de diciembre del 2008

Una señora de 34 años acude con su pequeña hija a la comisaría de Zarate, en San Juan de Lurigancho, denuncia que su ex esposo la golpeó. Señala: “siempre tuve constantes problemas con él y desde que me separé fue peor, por que no pasa dinero para sus dos hijos”. Ella menciona que fue agredida por él antes, pero esta es la primera vez que denuncia, pues las peleas ahora son más frecuentes.

Minutos después acude a la misma comisaría un joven de 23 años, quien le cuenta al teniente encargado de recibir las denuncias, que es dueño de un puesto de venta de recuerdos y objetos publicitarios; y denuncia que minutos antes entró a su tienda un cliente ebrio que quería que le devuelva el monto que había pagado, se encontró con otro cliente y discutieron, se pelearon y rompieron dos lunas de las vitrinas[1].

Si bien ambos problemas son diferentes, en cuanto a los contextos en los que se dan y los derechos y bienes jurídicos afectados, algunas de las víctimas de estas y otras situaciones cotidianas acuden en primer lugar a la comisaría en busca de ayuda o “solución”. Lo especial de esta comisaría es que una vez hechas las denuncias, si el policía las califica como Faltas, las envía de inmediato al Juzgado de Paz Letrado, ubicado a unos cuantos metros del área de recepción de denuncias policiales.

Una vez en el juzgado, las victimas se enteran que hay un juez, un abogado de oficio y funcionarios del INPE; se enteran que están frente a un caso de Lesiones y de daño patrimonial según el Código Penal; y continúan el procedimiento, de manera muy intuitiva, de acuerdo a la información que reciben de los operadores de justicia.

Esta es la manera cómo se presentan y procesan los casos en la Justicia de Paz Letrada en Comisaría (JPLC), proyecto piloto diseñado y ejecutado, desde el 2004, por el Poder Judicial, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Justicia, que busca responder de manera pronta y sencilla a uno de los principales problemas que preocupan y afectan el bienestar de la población: la delincuencia menor.

El Consorcio Justicia Viva realizó un balance de esta experiencia piloto, en esta investigación se describe y analiza el funcionamiento de siete de estos juzgados, cuatro en Lima y tres en el interior del país (ver: Publicación). De las conclusiones, destacamos las siguientes:

  • Como balance general consideramos que la JPLC constituye un modelo de ampliación de acceso a la justicia, de respuesta a la inseguridad ciudadana y de especialización de los actores en el sistema penal de faltas.
  • En la actualidad no hay un ente de dirección ni una conducción coordinada entre las instituciones que participan en la Justicia de Paz Letrada en Comisarías (el Poder Judicial, los ministerios de Justicia y del Interior), lo que conlleva el estancamiento del impulso y perfeccionamiento de esta experiencia. Además, esta descoordinación interinstitucional se ve reflejada en cada uno de los juzgados creados donde no hay una gestión integrada.
  • La JPLC fue pensada para dar una respuesta rápida a la delincuencia menor. Sin embargo, en la mayoría de los juzgados gran parte de los casos que conocen son de lesiones producidas en un contexto de violencia familiar. Esta particular situación es invisibilizada dentro del proceso al ingresar como Faltas: no se hace mayor alusión a esta situación, no se aplica el agravante previsto en el tipo penal de lesiones, no se ponen en práctica medidas de protección para la víctima, su derecho a la defensa no está garantizado y la mayoría de casos concluye a través de una conciliación, transacción o desistimiento. Así, se ha construido un sistema que no ha tomado en cuenta una respuesta adecuada a las situaciones de violencia familiar, lo que genera la desprotección de la víctima.
  • El número de sentencias incumplidas o con dificultades en el cumplimiento es elevado. Este resultado es consecuencia de la forma cómo vienen participando los actores del INPE, del Poder Judicial y de las entidades receptoras, de la deficiente coordinación entre ellos, de la escasa difusión de la pena de prestación de servicios comunitarios en la población, y de la inexistencia de mecanismos de coerción efectivos frente al incumplimiento.
  • No hubo una adecuada estrategia de difusión del sistema de los JPLC, por lo tanto, no se generó un impacto importante entre los vecinos del ámbito más cercano y en la población en general. Esto se ve reflejado en que los vecinos que se agrupan y organizan para enfrentar la delincuencia e inseguridad, mediante las Juntas Vecinales, no tienen conocimiento del funcionamiento de los JPLC ni del sistema de aplicación de los servicios comunitarios.

Como recomendación, consideramos que es urgente que los actores involucrados ratifiquen su compromiso con esta novedosa y buena experiencia. Asimismo, que se replantee y adecue a las necesidades encontradas.

Finalmente, esperamos que esta investigación sea tomada en cuenta y utilizada por las autoridades involucradas; y que este esfuerzo de hacer un balance cuidadoso contribuya con la mejora de esta experiencia piloto.
(Jimena Salazar Montoya)

1. Casos observados y entrevistas recogidas el 22 de mayo de 2007.