ESTADOS UNIDOS PROCESA A TELMO HURTADO
POR LA MATANZA DE ACCOMARCA

 

14 de febrero del 2008

La justicia tarda, pero debe llegar. El 14 de agosto de 1985, un grupo de efectivos del Ejército comandado por el entonces subteniente Telmo Hurtado, fue autor de lo que fatídicamente es conocido como la Matanza de Accomarca: el asesinato cruel de 69 campesinos de la comunidad de Accomarca; 16 hombres, 30 mujeres y 23 niños muertos a causa de la sospecha de ser terroristas. El caso, luego de 22 años, no ha conseguido aún la justicia en sede nacional, y por ello, el juicio de reparación civil que ha comenzado en Estados Unidos contra Telmo Hurtado es, en cierta forma, una esperanza para comenzar a sancionar y reparar (aunque civilmente, por los daños y perjuicios) las graves violaciones a los derechos humanos.

En sede nacional, a pesar de haber sido investigado por una Comisión del Congreso (1985) ante la que confesó su participación y a pesar de la existencia de testigos de la Matanza, el caso fue juzgado por la justicia militar que nunca debió juzgarlo (por tratarse de violaciones a los derechos humanos) y que al final decidió sancionarlo, por abuso de autoridad, a una condena leve de cárcel por los hechos sucedidos y 500 soles como reparación civil a los deudos de las víctimas. A pesar de la exigencia de justicia desde varios frentes, la oportunidad de procesarlo comenzó claramente a abrirse paso cuando desde la jurisdicción internacional se señaló que las leyes de amnistía (a las que Hurtado se había acogido) vulneraban la obligación del Estado de investigar, juzgar y sancionar -de ser el caso- este tipo de violaciones a los derechos humanos (Caso Barrios Altos), pero lamentablemente, Telmo Hurtado salió del país y llegó a Estados Unidos en el 2002 (luego de que se anularan las leyes de amnistía). Actualmente, el caso está siendo procesado por el Cuarto Juzgado Supraprovincial, con la jueza Miluska Cano. (ver: AdehrPerú.org)

¿Y cómo así se abrió la posibilidad de procesarlo en Estados Unidos? El Centro de Justicia y Responsabilidad (CJA), organización de derechos humanos ubicada en San Francisco (EEUU) interpuso la demanda en nombre y representación de dos víctimas y testigos del caso Accomarca, Teófila Ochoa y Cirila Pulido, contra Telmo Hurtado y Juan Rivera Rondón. La base de la demanda: el asesinato extrajudicial de los familiares de ambas demandantes, la tortura que experimentaron al temer por sus vidas, y el que se estime que son hechos que constituyen parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil (ver: The Center for Justice and Accountability).

De acuerdo al CJA, si se gana el proceso los demandados deberán pagar a las demandantes una cantidad por daños y perjuicios, que puede ser satisfecha a través del derecho de los demandantes de tomar posesión de cualquier bien de los demandados. Como puede observarse, la consecuencia del proceso es civil y no penal (no conlleva a una sanción privativa de libertad). La norma que hace posible esta reparación civil es la Ley de Acciones Civiles para Extranjeros (ATS), aprobada en 1789 y confirmada en apelación en el 2004 por la Corte Suprema de Justicia de EE.UU. en el caso de Sosa v. Alvarez-Machain. ¿Y por qué no un proceso penal? CJA nos lo explica:

"Solo el Departamento de Justicia de los Estados Unidos (DOJ) tiene la autoridad de iniciar procesos criminales.  Existe sin embargo una Ley Federal que otorga jurisdicción a los tribunales de Estados Unidos en casos de tortura cometida en cualquier parte del mundo pero la ley no es de aplicación a otro tipo de violaciones de derechos humanos. Esta ley entró en vigor el 14 de Noviembre de 1994.  DOJ mantiene, por lo tanto, que solo puede procesar casos de tortura que ocurrieron después de Noviembre de 1994." (ver: The Center for Justice and Accountability).

Sin duda, la justicia tarda, pero debe llegar. Es necesario que el discurso y las acciones en pro de la defensa y reparación de los derechos humanos, que por lo general son impulsadas por las propias víctimas y la sociedad civil interesada, sea canalizada por los jueces y autoridades judiciales. Por ello, el proceso que se viene desarrollando en sede nacional luego de más de 20 años de sucedidos los hechos, así como el proceso civil contra Telmo Hurtado en Estados Unidos (llevado por la Corte del Distrito Sur de Florida, división Miami[1]), son un paso hacia la no impunidad. Por cierto, señales contradictorias y esperanzadoras, por ser acciones que vienen a suceder en el seno de países que han tenido o tienen una larga y crítica historia de vulneraciones de los derechos humanos.
(Cruz Silva Del Carpio)

[1] Es preciso señalar que un proceso similar se ha llevado contra Rivera Rondón, ante la Corte del Distrito de Maryland división Greenbelt; de acuerdo a lo informado por CJA.