| Es lugar común en los trabajos sobre reforma de la justicia el reconocer que la actuación ética de los abogados juega un rol central. Como diversos estudios muestran, si los letrados no respetan las normas éticas de la profesión ejerciendo una correcta defensa de los intereses de sus clientes, la administración de justicia se ve seriamente perjudicada.
Es por este motivo que nos parece muy positiva la reciente realización de la conferencia internacional "Responsabilidad Profesional del Abogado y Declaración Pro bono de las Américas". Y es que, esta conferencia, que fue co-organizada por Ciudadanos al Día, el Vance Center del Colegio de Abogados de Nueva York y la Pontificia Universidad Católica del Perú, tuvo como motivo principal el promover el debate entorno al Proyecto de Código de Ética elaborado por la Facultad de Derecho de la PUCP (ver: proyecto); código que busca justamente introducir cambios en la actuación de los abogados con respecto a la ética. En ese sentido, se trataron temas de gran relevancia regulados en el proyecto, tales como: i) Conflictos de interés, ii) Responsabilidad Social y Pro bono, iii) Honorarios Profesionales y Bienes del Cliente, iv) Responsabilidad del Abogado con Poder de Dirección, v) Secreto Profesional y Renuncia al Patrocinio; y, vi) Publicidad.
Es importante señalar, ahora bien, que lo se busca con el mencionado proyecto es que quede, luego de un proceso de consulta en el país, como Código Modelo para que los abogados a nivel nacional lo suscriban y lo implementen sobre la base del principio de autorregulación. Este esfuerzo, cabe recalcar, no tiene precedentes a nivel nacional e internacional.
Sin duda, todos los temas tratados en la Conferencia tienen mucha importancia para la correcta administración de justicia. Sin perjuicio de ello, queremos dedicar unas líneas a dos de ellos: la publicidad y el pro bono. En ambos casos, al igual que en el resto de temas, el Proyecto de Código introduce cambios centrales respecto del anacrónico Código de Ética vigente; modificaciones que son de gran relevancia para la administración de justicia. Veamos.
En el caso de la publicidad el Código actual la prohíbe, es decir, los abogados no pueden hacer publicidad de sus servicios. Esta regulación choca con la realidad ya que, en definitiva, muchos abogados publicitan sus servicios. Lo lamentable es que, al no existir una regulación razonable, los métodos de publicitarlos no siempre respetan principios de importante cumplimiento para evitar perjudicar a los clientes. El proyecto señala, por ende, que la publicidad está permitida pero con limitaciones tales como: i) no engañar ni inducir a error, ii) no garantizar resultados que no dependan de su labor, iii) no puede sugerir el empleo de medios contrarios a la ley, entre otros.
Como puede advertirse, estos cambios son de gran relevancia para la correcta administración de justicia ya que, entre otras cosas, no solo garantizan a las personas no ser engañadas por sus abogados sino también impide que estos promuevan el uso de medios contrarios a la ley para influir, por ejemplo, en un juez.
En lo relativo al pro bono, el código vigente establece que los abogados deben defender a quienes no pueden costear un abogado, salvo que el Estado tenga un servicio de defensa pública. Al existir la defensa de oficio, los abogados no tienen deber alguno. El proyecto establece, por el contrario, y sobre la base de la autorregulación, que los abogados: i) deben prestar servicios gratuitos a personas de escasos recursos, ii) deben contribuir a la consolidación del Estado de Derecho a través -entre otros- del seguimiento de casos de interés público y publicación de propuestas e investigaciones, iii) deben hacer docencia del derecho, por ejemplo, absolviendo consultas en medios de comunicación masivos o participando en programas de capacitación; y, iv) deben realizar estas labores con la misma calidad y estándares de excelencia profesional con que realizan las trabajos remunerados.
Son evidentes las bondades de la autorregulación propuesta. En efecto, si se logra diseñar, sobre la base de estas reglas, un buen sistema de pro bono en el país, no dudamos que la labor de los abogados privados puede ser muy útil para reducir la falta de acceso a la justicia, promover cambios a través de casos de interés público, entre otros.
En suma, consideramos que los esfuerzos de las personas que están detrás de este proyecto son muy relevantes para introducir reformas en la administración de justicia en el Perú y que, luego de que el Código sea oficialmente presentado, el principal reto estará en diseñar mecanismos para que los abogados puedan implementar debidamente estas reglas.
(Fernando Del Mastro Puccio) |