| La Junta de Decanos del Colegio de Abogados del Perú, a través de su presidente Walter Gutiérrez, ha señalado que planteará al Ministerio de Justicia tres medidas de reforma para mejorar la calidad de la enseñanza legal en las facultades de Derecho, mientras no se implemente un sistema de acreditación. De esta forma, la eliminación del bachillerato automático, la suspensión de la creación de nuevas facultades de derecho y la suspensión de la enseñanza legal a distancia vuelven al tapete el olvidado debate de la reforma de la educación de los abogados.[1]
Sin duda, es importante que uno de los actores del sistema de justicia (los abogados) traiga nuevamente a la agenda pública de la reforma institucional, la de las facultades de Derecho; sobre todo si, como ya se ha señalado (por ejemplo, en: La experiencia de la carrera judicial en Colombia: apostando por la eficiencia) éstas tienen responsabilidad estructural para la buena marcha del sistema de justicia: en ellas se forman los abogados que -con sus conocimientos, destrezas jurídicas y ética laboral- serán los jueces, fiscales, procuradores, abogados litigantes o defensores de oficio cuyo ejercicio profesional decidirá la calidad del servicio de justicia que el sistema ofrece a los justiciables. Además de ello, son las facultades de Derecho las que, desde la academia, tienen el potencial papel de apoyar y fiscalizar la actuación del sistema de justicia. No es, pues, poca cosa lo que la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados pretende.
No obstante ello, en general, el impulso estatal de esta trascendental reforma no se siente. En lo últimos tiempos, hubo un primer paso, cuando el Congreso aprobó la Ley que prohibió la creación de nuevas filiales universitarias a mediados del 2005 (en: Congreso prohíbe creación de nuevas filiales universitarias), ley que la CONAFU la reglamentó al mes siguiente. Luego, por lo que se sabe, ahí quedó la reforma. Esto, a pesar de haber existido en el Congreso proyectos de ley relacionados al tema; mientras que, por el lado de las facultades de Derecho, la necesidad de un cambio que incida en beneficio del sistema de justicia, generalmente, se ha hecho esperar.
La comentada propuesta de los abogados -como se observa- es mientras no se implemente un sistema de acreditación. En efecto, ya existe para todas las universidades e instituciones de educación el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación de la Calidad Educativa, aprobado por Ley 28740 del 23 mayo del 2006 y reglamentado, a mediados del 2007, mediante el Decreto Supremo N° 018-2007-ED. Sobre el particular creemos que, entre otras cosas, la normatividad de este Sistema debe considerar necesariamente un espacio de debate, consenso y coordinación entre el ente estatal y (en nuestro caso) las facultades de Derecho, a fin de viabilizar la comunidad de criterios de evaluación y mecanismos de implementación, así como la fiscalización de la evaluación de la calidad de la enseñanza legal.
Las medidas propuestas en sí son interesantes; no obstante, el debate célere e informado no debe estar ausente, así como tampoco la voluntad política del Estado y el interés institucional de las facultades de Derecho para comenzar a mejorar la alicaída calidad promedio de la educación legal.
Sólo un comentario más, en relación al medio legal que la Junta de Decanos ha señalado que empleará: la propuesta de un decreto legislativo y no de una ley; en razón de que la Ley 29157[2] (que delegó al Ejecutivo la potestad de legislar a fin de facilitar la implementación del Acuerdo de Promoción Comercial Perú-Estados Unidos) permitiría que el tema de la educación legal se impulsara por decretos legislativos. Hay duda si en verdad ello puede efectivizarse por tal vía, toda vez que dicha norma delegativa de la facultad legislativa señala que la materia en que se puede legislar es en la "mejora de la administración de justicia en materia comercial y contencioso administrativa", precisión que no abarcaría la delegación legislativa para regular temas de educación legal en general. Esto, por supuesto, no es impedimento para que la intención de la Junta de Decanos se concrete a través de los medios pertinentes.
(Cruz Silva Del Carpio)
[1] Noticias del Colegio de Abogados de Lima, de los días 24 y 26 de mayo del 2008 y del diario Perú.21. En: http://www.cal.org.pe/Noticiaprensa026.html, http://www.peru21.com/p21impreso/Html/2008-05-26/imp2ciudad0898588.html, http://www.cal.org.pe/Noticiaprensa024.html.
[2] Publicada el 20 de diciembre del 2007, en el diario oficial El Peruano.
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