Las propuestas de gracia (ver: Proyecto de Indulto y Proyecto de Amnistía) que actualmente recorren los pasillos congresales, dirigidas a favorecer a los militares implicados en la lucha contrasubversiva ya las hemos vivido antes. Nadie olvida el año 1995, cuando la mayoría del Congreso, y el entonces presidente Alberto Fujimori aprobaron y promulgaron una ley amnistiando a militares, policías y civiles que estuvieran siendo procesados por actos “derivados u originados con ocasión o como consecuencia de la lucha contra el terrorismo”. En ese entonces se esgrimían argumentos -en parte- parecidos a los de ahora: “amnistía no implica impunidad”[1]; Martha Chávez, entonces congresista, alegaba que con estas leyes se iniciaba “la consolidación de un clima de paz, la convivencia pacífica y comprensión de lo que significó la guerra interna”[2]; Fujimori discursaba que con estas leyes se cerraba una etapa de odio y resentimiento, ya que que los militares actuaron en un “clima social envenenado por el terrorismo”[3]; mientras que Efraín Goldenberg, Presidente del Consejo de Ministros de entonces, defendía estas normas indicando que “la ley de amnistía para militares trascendía de su contenido, inaugura[ndo] una nueva etapa y constitu[ía] un compromiso con el futuro en que no se tolerará actos de violencia, ni excesos de represión, ni impunidad alguna”[4], finalmente monseñor Luís Cipriani, entonces arzobispo de Ayacucho, apoyó esta medida pontificando que esta norma “apunta[ba] a pacificar, reconciliar y dar tranquilidad a los peruanos”[5].
Todo esto bajo la ferviente oposición de muchas instituciones de sociedad civil y de organismos de derechos humanos nacionales e internacionales. El tiempo nos dio la razón: a fuerza de normas no se puede borrar de la memoria lo inolvidable. Con la amnistía no hubo reconciliación, ni perdón. Hubo sí degradación y rencor, de un sector de peruanos y peruanas, víctimas de graves crímenes. Al final, como tenía que ser, hubo sentencias a nivel de la Corte Interamericana que declararon, para nuestra vergüenza, sin efectos jurídicos (inexistentes) las leyes de amnistía (Caso Barrios Altos (2001), Cantuta (2006). Es más, el tiempo develó que los discursos de reconciliación, paz y entendimiento de la actuación de un Ejército en guerra, eran sólo excusas que utilizaron la mayoría de fujimontesinistas con un objetivo: la impunidad de sanguinarios y malos elementos del Ejército.
Ahora, en el 2008, 13 años después, aquello que no debía suceder más sigue atrayendo a distraídas, olvidadizas y, en no pocos casos, malintencionadas mentes. Parece que la historia quiere repetirse con el uso de frases parecidas: reconciliación, paz, no persecusión; aunque con un argumento adicional: la injusticia judicial contra los militares. Vamos a ahondar en esta novedad, con que han remozado una vieja estrategia.
Hay que indicar que los integrantes de nuestras Fuerzas Armadas y de la Policía son ante todo ciudadanos, con iguales derechos y deberes que el resto de la población. Es justo por ello decir que, si tienen problemas de falta de debido proceso (plazo irrazonable de detención, o un proceso lento), o casos de sentencias injustas o inmotivadas, ello resulta un hecho grave y por supuesto constituye una afectación a sus derechos fundamentales. Si el Poder Judicial, la Fiscalía y otras instancias jurisdiccionales demoran o no tienen suficiente diligencia en llevar sus procesos penales, amerita una llamada de atención, o incluso sanción de ser el caso; como de igual forma debería ocurrir con la lentitud e impunidad en procesos de violencia sexual, feminicidio, graves violaciones de derechos humanos, corrupción y otros más.
En definitiva, los policías y militares, al igual que cualquier poblador, tienen todo el derecho de reclamar, acudir a las autoridades correspondientes y buscar a nuestros representantes en el Congreso para que mejoren su inmerecida situación. Sin embargo, lo que no podemos aceptar, y que nos preocupa e indigna, es que pese a que los integrantes de las fuerzas del orden son iguales ante nuestras instituciones, en la actualidad muchos funcionarios del gobierno, empezando por el Presidente de la República -que indicaba que los procesos judiciales por violaciones de derechos humanos son “una persecución política contra los militares que nos defendieron del terrorismo”-, o ministros y también congresistas, se empeñan en continuar la pésima e histórica tradición de separarlos, alejarlos y colocarlos en un estándar de personas de superior jerarquía, incapaces de ser afectadas por nuestras históricas taras, como el de tener un sistema judicial lento; y que a diferencia de las víctimas civiles de la violencia política, los de verde sí merecen rapidez, diligencia e incluso el olvido de sus “errores”, (algunos nada benignos pues, en diversos casos, significaron la vida de 130 personas, como en la matanza de Putis).
Mientras en el año 1993, en pleno gobierno fujimontesinista, la población civil vivía bajo el imperio de leyes draconianas y violatorias de todo estándar penal internacional, y bajo un sistema de justicia parcial y dependiente del poder de turno[6], los Colina y los asesinos de Putis estaban libres. No hay que olvidar que es por eso que excepcionalmente -recordemos que tanto la amnistía como el indulto son prerrogativas que se aplican en casos estrictos y excepcionales- se crea la Comisión de Indultos, para víctimas inocentes que habían sido sometidos a procesos militares en plena dictadura.
Ahora la situación es distinta, vivimos en democracia, con un Sistema Judicial con serias deficiencias, pero independiente. En verdad no hay justificación para crear comisiones de indultos, y menos para amnistiar a nadie. Incluso algunos militares, como el ex comandante general del Ejército, José Graham Ayllón, considera que lo más acertado es garantizar un debido proceso y un juicio justo a los militares involucrados en denuncias de violaciones a los derechos humanos (La República, 12/11/2008).
Y es que las amnistías e indultos en temas de derechos humanos simplemente no sirven. No son derechos, sino prerrogativas de ciertos funcionarios (Congresistas y Presidente) por lo que tiene límites; siendo uno de los principales los derechos y principios fundamentales como el acceso a la justicia, al debido proceso, la verdad y la dignidad del ser humano.
Por ello, si alguno de nuestros congresistas están preocupados por la injusticia con algunos procesados militares, que por cierto son sólo 348 según la Defensoría del Pueblo (y en el caso de los procesados por el Chavín de Huantar, sólo 4: nada menos que Vladimiro Montesinos, Roberto Huamán, Nicolás Hermoza y Jesús Zamudio), lo que tendrían que buscar es una mejora del sistema judicial que viene procesando a los integrantes de nuestra fuerza del orden por graves crímenes. Crear un mecanismo para que exista un subsistema penal ágil, con presupuesto y que tenga la suficiente fuerza coactiva para que sea atendida por las demás instancias estatales, como el Ministerio de Defensa que se niega a entregar información. Sólo así pensaremos que nuestros legisladores buscan justicia para los integrantes de las Fuerzas Armadas, y no complicidad en impunidad de terribles actos que malos elementos efectuaron. No cometan nuevamente el error de pensar que ciertas normas van a borrar lo inolvidable.
(Lilia Ramírez Varela)
1. El Comercio, 15 de junio de 1995.
2. El Mundo, 15 de junio de 1995.
3. La República, 17 de junio de 1995.
4. La República, 17 de junio de 1995.
5. La República, 18 de junio de 1995.
6. Ver: Informe sobre la situación de los derechos humanos en Perú año 2000, de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.