Luego de largos debates, postergaciones incomprensibles y años de espera, la ley de carrera judicial fue aprobada por el Congreso y promulgada por Alan García en noviembre del 2008. Sin embargo, el 16 de marzo de este año, el Ministerio Público ha decidido acudir al Tribunal Constitucional para cuestionar la inconstitucionalidad de algunas disposiciones de dicha ley (Expediente Nº 006-2009-PI/TC).
Si bien el Ministerio Público sostiene aceptar la necesidad de contar con una ley de carrera judicial, expresa preocupación por el régimen de evaluación parcial del que serían objeto los jueces superiores, especializados y/o mixtos y jueces de paz letrados. Es decir, todos menos los jueces supremos. Esto se debería, de acuerdo a su opinión, a que la Constitución prescribe la existencia procedimientos de ratificación cada 7 años y no evaluaciones de desempeño cada 3 años y medio.
Es pertinente recordar que no es la primera reacción en contra de los procesos de evaluación parcial que hemos escuchado. Así es, el propio Poder Judicial, a través de oficios remitidos al Congreso, al Presidente de la República y comunicados públicos en distintos medios de comunicación, había manifestado su incomodidad con la frecuencia de las evaluaciones.
El Tribunal Constitucional tiene hasta el día 30 de marzo para admitir la demanda. Luego de lo cual el Congreso tendrá 30 días para contestarla.
(Juan Luis Balarezo Revilla)